Loeches (BOCM-20240619-101)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 145
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024
3. Cronometraje proporcionado por un Sistema de Transpondedores.
En el desarrollo de estas pruebas se podrá realizar el pertinente control
antidopaje al número de aspirantes que, previo acuerdo, determine el Tribunal. De obtenerse en este control niveles de sustancias prohibidas superiores a los establecidos como máximas admisibles por los órganos con
competencia en la materia, el/la aspirante será eliminado/a de las pruebas
por el Tribunal. Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de
las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de las pruebas, quedando
la calificación, en el caso de que superase todas la demás, condicionada
a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron
el aplazamiento. Dicho aplazamiento no podrá superar los seis meses de
duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá aplazar otros seis meses más.
4.1.d) Reconocimiento médico practicado por personal facultativo del servicio
de prevención ajeno del Ayuntamiento de Loeches.
Se realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas y complementarias o de
otra clase se consideren necesarias para comprobar que la aptitud psicofísica de la persona opositora, no está incursa en el cuadro médico de exclusiones que figura en el Anexo III de las presentes bases.
Cuando el procedimiento a realizar por dificultades técnicas o de otra índole así lo aconseje, el Tribunal, podrá disponer la incorporación de asesores/as especialistas, para la realización de las pruebas psicofísicas. Sin perjuicio de la finalidad de esta prueba de reconocimiento médico, a las
personas aspirantes se les podrá realizar en cualquier fase del proceso selectivo análisis de sangre y orina o cualquier otra prueba o valoración psicofísica que se estime conveniente para detectar el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos o la aptitud psicofísica para el
desarrollo de sus funciones. La participación en el proceso lleva implícita
la autorización expresa para la realización de estos análisis y pruebas. Si la
persona interesada se negara a someterse a la realización de dichos análisis
o pruebas, el Tribunal, previa audiencia de la misma, acordará su exclusión
del proceso. Las mujeres embarazadas que prevean, por las circunstancias
derivadas de su avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días del puerperio, su coincidencia con las fechas de
realización de cualquiera de los exámenes o pruebas previstos en el proceso selectivo, podrán ponerlo en conocimiento del Tribunal uniendo a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación
deberá realizarse con el tiempo suficiente y el Tribunal determinará en base
a la información de que disponga, si procede o no realizar la prueba en un
lugar alternativo o bien un aplazamiento de la prueba, o ambas medidas
conjuntamente.
4.2. Desarrollo de la fase de concurso.
A esta fase del proceso selectivo tan solo pasarán las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Serán méritos puntuables en esta fase del proceso selectivo:
— Servicios prestados como agente auxiliar o agente de movilidad.
— Titulaciones académicas.
— Titulaciones oficiales acreditativas del conocimiento de idiomas extranjeros.
— Cursos de interés policial.
Los/las aspirantes dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente a la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición para presentar los méritos a valorar. En ningún caso se valorarán los méritos que no hayan sido alegados ni acreditados documentalmente en dicho plazo. Los méritos alegados por cada aspirante se presentarán mediante instancia general dirigida al Tribunal del proceso selectivo,
a la que se acompañará fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos alegados.
No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando
la declaración jurada del interesado/a sobre la autenticidad de los mismos, así como de los
datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal
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BOCM-20240619-101
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024
3. Cronometraje proporcionado por un Sistema de Transpondedores.
En el desarrollo de estas pruebas se podrá realizar el pertinente control
antidopaje al número de aspirantes que, previo acuerdo, determine el Tribunal. De obtenerse en este control niveles de sustancias prohibidas superiores a los establecidos como máximas admisibles por los órganos con
competencia en la materia, el/la aspirante será eliminado/a de las pruebas
por el Tribunal. Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de
las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de las pruebas, quedando
la calificación, en el caso de que superase todas la demás, condicionada
a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron
el aplazamiento. Dicho aplazamiento no podrá superar los seis meses de
duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá aplazar otros seis meses más.
4.1.d) Reconocimiento médico practicado por personal facultativo del servicio
de prevención ajeno del Ayuntamiento de Loeches.
Se realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas y complementarias o de
otra clase se consideren necesarias para comprobar que la aptitud psicofísica de la persona opositora, no está incursa en el cuadro médico de exclusiones que figura en el Anexo III de las presentes bases.
Cuando el procedimiento a realizar por dificultades técnicas o de otra índole así lo aconseje, el Tribunal, podrá disponer la incorporación de asesores/as especialistas, para la realización de las pruebas psicofísicas. Sin perjuicio de la finalidad de esta prueba de reconocimiento médico, a las
personas aspirantes se les podrá realizar en cualquier fase del proceso selectivo análisis de sangre y orina o cualquier otra prueba o valoración psicofísica que se estime conveniente para detectar el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos o la aptitud psicofísica para el
desarrollo de sus funciones. La participación en el proceso lleva implícita
la autorización expresa para la realización de estos análisis y pruebas. Si la
persona interesada se negara a someterse a la realización de dichos análisis
o pruebas, el Tribunal, previa audiencia de la misma, acordará su exclusión
del proceso. Las mujeres embarazadas que prevean, por las circunstancias
derivadas de su avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días del puerperio, su coincidencia con las fechas de
realización de cualquiera de los exámenes o pruebas previstos en el proceso selectivo, podrán ponerlo en conocimiento del Tribunal uniendo a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación
deberá realizarse con el tiempo suficiente y el Tribunal determinará en base
a la información de que disponga, si procede o no realizar la prueba en un
lugar alternativo o bien un aplazamiento de la prueba, o ambas medidas
conjuntamente.
4.2. Desarrollo de la fase de concurso.
A esta fase del proceso selectivo tan solo pasarán las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Serán méritos puntuables en esta fase del proceso selectivo:
— Servicios prestados como agente auxiliar o agente de movilidad.
— Titulaciones académicas.
— Titulaciones oficiales acreditativas del conocimiento de idiomas extranjeros.
— Cursos de interés policial.
Los/las aspirantes dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente a la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición para presentar los méritos a valorar. En ningún caso se valorarán los méritos que no hayan sido alegados ni acreditados documentalmente en dicho plazo. Los méritos alegados por cada aspirante se presentarán mediante instancia general dirigida al Tribunal del proceso selectivo,
a la que se acompañará fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos alegados.
No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando
la declaración jurada del interesado/a sobre la autenticidad de los mismos, así como de los
datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal
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