Leganés (BOCM-20240619-99)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
Pág. 292
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 145
BOCM-20240619-99
puntuación obtenida en titulaciones académicas y en último lugar a la puntuación obtenida
en publicaciones, actividad docente; si aún así persistiese el empate, en la fecha de ingreso
como funcionario de carrera en el cuerpo o escala desde el que se concursa y a igualdad de
fecha, la de antigüedad reconocida en las administraciones públicas. Si esto no fuese suficiente, se seguirá el criterio de pertenecer al sexo infrarrepresentado en esta categoría profesional (I Plan de igualdad de oportunidades de empleadas y empleados del Ayuntamiento de Leganés). En último lugar, se resolverá por orden alfabético, de los apellidos y
nombre, teniendo en cuenta la letra resultante del sorteo realizado en la Secretaría de Estado de Función Pública relativa al orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas (artículo ll del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado). Dicha letra será la que estuviera vigente
en la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo.
Duodécima. Resolución.—1. La resolución de nombramiento estará motivada con
referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
En todo caso deberán quedar acreditadas en el procedimiento como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos.
2. Los puestos de trabajo adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar
el plazo de adjudicación se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Decimotercera. Toma de posesión.—El plazo posesorio será el establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puesto de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración del Estado.
Decimocuarta. Referencias genéricas.—Toda referencia hecha al género masculino
en las presentes bases incluye necesariamente su homónimo en femenino. Los géneros han
sido empleados conforme a la práctica y uso generalmente admitidos en aras de la agilidad
lingüística.
Decimoquinta.—Las presentes bases y la convocatoria, así como cuantos actos administrativos se deriven de ellas, podrán ser impugnados en los plazos y forma establecidos
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Leganés, a 7 de junio de 2024.—La concejala-delegada de Hacienda y Recursos Humanos, María del Pilar Estévez Sánchez.
(03/9.168/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 292
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MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 145
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puntuación obtenida en titulaciones académicas y en último lugar a la puntuación obtenida
en publicaciones, actividad docente; si aún así persistiese el empate, en la fecha de ingreso
como funcionario de carrera en el cuerpo o escala desde el que se concursa y a igualdad de
fecha, la de antigüedad reconocida en las administraciones públicas. Si esto no fuese suficiente, se seguirá el criterio de pertenecer al sexo infrarrepresentado en esta categoría profesional (I Plan de igualdad de oportunidades de empleadas y empleados del Ayuntamiento de Leganés). En último lugar, se resolverá por orden alfabético, de los apellidos y
nombre, teniendo en cuenta la letra resultante del sorteo realizado en la Secretaría de Estado de Función Pública relativa al orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas (artículo ll del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado). Dicha letra será la que estuviera vigente
en la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo.
Duodécima. Resolución.—1. La resolución de nombramiento estará motivada con
referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
En todo caso deberán quedar acreditadas en el procedimiento como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos.
2. Los puestos de trabajo adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar
el plazo de adjudicación se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Decimotercera. Toma de posesión.—El plazo posesorio será el establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puesto de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración del Estado.
Decimocuarta. Referencias genéricas.—Toda referencia hecha al género masculino
en las presentes bases incluye necesariamente su homónimo en femenino. Los géneros han
sido empleados conforme a la práctica y uso generalmente admitidos en aras de la agilidad
lingüística.
Decimoquinta.—Las presentes bases y la convocatoria, así como cuantos actos administrativos se deriven de ellas, podrán ser impugnados en los plazos y forma establecidos
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Leganés, a 7 de junio de 2024.—La concejala-delegada de Hacienda y Recursos Humanos, María del Pilar Estévez Sánchez.
(03/9.168/24)
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