D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240619-53)
Bien de interés cultural – Resolución de 4 de junio de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, por la que se incoa el expediente de declaración como bien de interés cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de conjunto histórico, de la Quinta de los Molinos en Madrid
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 178
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 145
Quinto
Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la
Comunidad de Madrid, con indicación del plazo máximo para resolver.
Sexto
Ordenar que la presente Resolución se comunique al Ministerio de Cultura, para su
inscripción en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, y se proceda a su inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid y en el Catálogo de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, a los efectos procedentes.
En Madrid, a 4 de junio de 2024.—El Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, Bartolomé González Jiménez.
ANEXO
A) Descripción del bien objeto de la declaración
1. Identificación y localización
La Quinta de los Molinos, con una superficie de 21,26 hectáreas, se localiza en el distrito de San Blas-Canillejas en Madrid, en la calle Alcalá, 527, donde se sitúa su entrada
principal. El límite norte se localiza en la calle de Juan Ignacio Luca de Tena, a la que da
una de las fachadas del palacete y un gran portón de acceso.
El bien objeto de la declaración comprende el conjunto formado por la Quinta de los
Molinos, en la que quedan incluidas las formaciones vegetales que la caracterizan y los distintos elementos patrimoniales localizados en la misma. Quedan afectadas por la presente
declaración las parcelas con las referencias catastrales 6875110VK4767F0001UO y
6875131VK4767F0001RO, propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
Las quintas de recreo constituían un tipo de organización en el que las casas tenían
siempre el complemento imprescindible de jardines, huertas y, en ocasiones, tierras de labor. Muy características de Madrid, definían un paisaje de transición entre lo urbano y el
espacio rural que se desarrollaba en torno a la ciudad. Proliferaron desde finales del XVIII
y durante el siglo XIX, aunque su origen se remonta al menos a la Roma clásica.
La villa romana sentó el modelo de los desarrollos posteriores, encontrándose en ella
los elementos comunes que definirán las distintas variantes, producidas a lo largo de siglos:
la casa, el jardín, la huerta, los prados y el bosque. Muy frecuentes en la Península Ibérica,
reaparecerán en distintas épocas en forma de almunias y alquerías, cármenes, sones, cigarrales o pazos. En ellas se posibilitaba el otium, o recreo, frente al negotium, actividad urbana. Se produce en ese momento una visión idílica de la vida rural, se da una identificación de lo campestre con la virtud, la salud, la economía o lo espiritual.
En el Renacimiento la villa asumirá, además de funciones de recreo, un carácter de representación del poder de su propietario. Convirtiéndose también en un espacio donde escapar del medio urbano, con fines variados: filosóficos, de estudio, meditación e, incluso,
de recuperación de la salud y, además, en un reflejo de la vida urbana en la que se plasmaban la cultura o inclinaciones de su propietario. Igualmente, en la Europa renacentista se
observa un interés creciente por el desarrollo agrícola del territorio.
El carácter agrícola ha caracterizado desde sus orígenes a las villas de recreo realizadas en España. En Madrid, el desarrollo de las villas suburbanas está bien documentado a
partir de la decisión de Felipe II de trasladar la corte a la ciudad en 1561. Aparecen en este
momento algunos rasgos distintivos de la villa de recreo española, que asume sus características típicas (buena comunicación, posición elevada, construcción aislada, presencia de
la torre, extensos jardines y vistas panorámicas) añadiéndole además algunas particularidades. El enlace entre arquitectura y naturaleza se producía, en los ejemplos españoles, mediante la progresiva pérdida de la regularidad; así, desde la casa hasta el campo cultivado,
se sucedían los jardines formales, la arboleda, la huerta y el bosque de caza. Sobre esta gradación se superponían tres entramados ingenieriles básicos: el viario, el sistema hidráulico
y el cultivado o vegetal.
En el siglo XVII las quintas de recreo en los alrededores de Madrid se incrementaron
y, con el cambio de siglo, la llegada a España de las nuevas teorías fisocráticas que veían
BOCM-20240619-53
2. Evolución histórica
Pág. 178
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 145
Quinto
Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la
Comunidad de Madrid, con indicación del plazo máximo para resolver.
Sexto
Ordenar que la presente Resolución se comunique al Ministerio de Cultura, para su
inscripción en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, y se proceda a su inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid y en el Catálogo de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, a los efectos procedentes.
En Madrid, a 4 de junio de 2024.—El Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, Bartolomé González Jiménez.
ANEXO
A) Descripción del bien objeto de la declaración
1. Identificación y localización
La Quinta de los Molinos, con una superficie de 21,26 hectáreas, se localiza en el distrito de San Blas-Canillejas en Madrid, en la calle Alcalá, 527, donde se sitúa su entrada
principal. El límite norte se localiza en la calle de Juan Ignacio Luca de Tena, a la que da
una de las fachadas del palacete y un gran portón de acceso.
El bien objeto de la declaración comprende el conjunto formado por la Quinta de los
Molinos, en la que quedan incluidas las formaciones vegetales que la caracterizan y los distintos elementos patrimoniales localizados en la misma. Quedan afectadas por la presente
declaración las parcelas con las referencias catastrales 6875110VK4767F0001UO y
6875131VK4767F0001RO, propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
Las quintas de recreo constituían un tipo de organización en el que las casas tenían
siempre el complemento imprescindible de jardines, huertas y, en ocasiones, tierras de labor. Muy características de Madrid, definían un paisaje de transición entre lo urbano y el
espacio rural que se desarrollaba en torno a la ciudad. Proliferaron desde finales del XVIII
y durante el siglo XIX, aunque su origen se remonta al menos a la Roma clásica.
La villa romana sentó el modelo de los desarrollos posteriores, encontrándose en ella
los elementos comunes que definirán las distintas variantes, producidas a lo largo de siglos:
la casa, el jardín, la huerta, los prados y el bosque. Muy frecuentes en la Península Ibérica,
reaparecerán en distintas épocas en forma de almunias y alquerías, cármenes, sones, cigarrales o pazos. En ellas se posibilitaba el otium, o recreo, frente al negotium, actividad urbana. Se produce en ese momento una visión idílica de la vida rural, se da una identificación de lo campestre con la virtud, la salud, la economía o lo espiritual.
En el Renacimiento la villa asumirá, además de funciones de recreo, un carácter de representación del poder de su propietario. Convirtiéndose también en un espacio donde escapar del medio urbano, con fines variados: filosóficos, de estudio, meditación e, incluso,
de recuperación de la salud y, además, en un reflejo de la vida urbana en la que se plasmaban la cultura o inclinaciones de su propietario. Igualmente, en la Europa renacentista se
observa un interés creciente por el desarrollo agrícola del territorio.
El carácter agrícola ha caracterizado desde sus orígenes a las villas de recreo realizadas en España. En Madrid, el desarrollo de las villas suburbanas está bien documentado a
partir de la decisión de Felipe II de trasladar la corte a la ciudad en 1561. Aparecen en este
momento algunos rasgos distintivos de la villa de recreo española, que asume sus características típicas (buena comunicación, posición elevada, construcción aislada, presencia de
la torre, extensos jardines y vistas panorámicas) añadiéndole además algunas particularidades. El enlace entre arquitectura y naturaleza se producía, en los ejemplos españoles, mediante la progresiva pérdida de la regularidad; así, desde la casa hasta el campo cultivado,
se sucedían los jardines formales, la arboleda, la huerta y el bosque de caza. Sobre esta gradación se superponían tres entramados ingenieriles básicos: el viario, el sistema hidráulico
y el cultivado o vegetal.
En el siglo XVII las quintas de recreo en los alrededores de Madrid se incrementaron
y, con el cambio de siglo, la llegada a España de las nuevas teorías fisocráticas que veían
BOCM-20240619-53
2. Evolución histórica