Ciempozuelos (BOCM-20240618-57)
Organización y funcionamiento. Ordenanza movilidad y tráfico
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 216

MARTES 18 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 144

ANEXO I
CUADRO RESUMEN VELOCIDADES DE CIRCULACIÓN
Con carácter general, el límite máximo de velocidad a que podrán circular los vehículos por vías urbanas y travesías será el establecido en el Reglamento General de Circulación.
Las velocidades genéricas establecidas para vías urbanas y travesías podrán ser rebajadas
previa señalización específica, por la Autoridad Municipal.
Para todas las vías del municipio de un único carril por sentido de circulación, la velocidad máxima será de 30 km/h, excepcionalmente la Autoridad Municipal, podrá aumentar la velocidad hasta una velocidad máxima de 50 km/h, previa señalización específica, sin
perjuicio de lo establecido en esta misma Ordenanza para las calles peatonales, residenciales y zonas de coexistencia de diferentes tipos de personas usuarias, para todos los ciclos y
los VMP, así como los casos de moderación de velocidad que contempla el Reglamento General de Circulación. A los efectos de contabilizar el número de carriles por sentido de un
viario para la aplicación de este artículo, no se consideran carril de circulación los reservados para determinados vehículos (bus, taxi, bici, etc.).
Se podrá reducir la velocidad máxima permitida en las vías urbanas y travesías.
FIGURA 1. LÍMITES MÁXIMOS DE VELOCIDAD PARA CICLOS EN FUNCIÓN DE LA TIPOLOGÍA DE LA VÍA
VELOCIDAD
MÁXIMA

Ciclos*

CALLE
A 40KM/H

CALLE A 30 KM/H
CICLOCALLE ZONA 30

CALLES
RESIDENCIALES

CARRIL BICI
CALZADA

CARRIL BICI
ACERA

SENDA CICLABLE
Y PARQUES

CALLE
PEATONAL

ACERA (HASTA
12 AÑOS)

40

30

20

30

15

10

10

10

*La velocidad máxima en calles compartidas o zonas de coexistencia será la indicada en la señal.
FIGURA 2. LÍMITES MÁXIMOS DE VELOCIDAD PARA CICLOS DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS EN FUNCIÓN
DE LA TIPOLOGÍA DE LA VÍA
VELOCIDAD
MÁXIMA

CALLE
A 40KM/H

CALLE A 30 KM/H
CICLOCALLE
ZONA 30

CALLES
RESIDENCIALES

Ciclos
mercancías*

40

30

20

CARRIL BICI
CALZADA

30
Solo si la
anchura de
vehículo no
afecta al
resto de
personas
usuarias

CARRIL BICI
ACERA

15
Solo si la
anchura de
vehículo no
afecta al resto
de personas
usuarias

SENDA CICLABLE
(PARQUES)

X
Acceso permitido
solo para realizar
la carga o
descarga

CALLE
PEATONAL

X
Acceso
permitido
solo para
realizar la
carga o
descarga

ACERA

X
Acceso
permitido solo
para realizar
la carga o
descarga

*La velocidad máxima en calles compartidas o zonas de coexistencia será la indicada en la señal.
FIGURA 3. LÍMITES MÁXIMOS DE VELOCIDAD PARA VMP EN FUNCIÓN DE LA TIPOLOGÍA DE LA VÍA
VELOCIDAD
MÁXIMA

VMP*

CALLE
USO GENERAL

X
Solo permitido
excepcionalmente
25

CALLE A 30 KM/H
CALLES
CICLOCALLE
RESIDENCIALES
ZONA 30

25

20

CARRIL BICI
CALZADA

CARRIL BICI
ACERA

SENDA CICLABLE
(PARQUES)

CALLE
PEATONAL

ACERA

25

15

10

X

X

*La velocidad máxima en calles compartidas o zonas de coexistencia no podrá ser superior a 25 Km/h.
FIGURA 4. LÍMITES MÁXIMOS DE VELOCIDAD PARA MONOPATINES, PATINES Y APARATOS SIMILARES SIN MOTOR
EN FUNCIÓN DE LA TIPOLOGÍA DE LA VÍA
VELOCIDAD
MÁXIMA

CALLE
USO GENERAL

Dispositivos
sin motor*

X

CALLE A 30 KM/H
CALLES
CICLOCALLE
RESIDENCIALES
ZONA 30

X

20

CARRIL BICI
CALZADA

CARRIL BICI
ACERA

SENDA CICLABLE
(PARQUES)

CALLE
PEATONAL

ACERA

X

10

10

5

5

*La velocidad máxima en calles compartidas o zonas de coexistencia será la indicada en la señal.

TRANSPORTE ESCOLAR
Documentación a entregar junto con la solicitud:
1. Solicitud disponible en la web del Ayuntamiento de Ciempozuelos, apartado de
Trámites.
2. Documentación Técnica de Vehículo/s.
3. Datos del Seguro (obligatoriamente, debe especificar la cláusula complementaria
de 50.000.000 de euros).

BOCM-20240618-57

ANEXO II