C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240618-25)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2794/2024, de 14 de junio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la realización de actividades extraescolares en Colegios Públicos de la Comunidad de Madrid y la apertura de los Colegios Públicos los días no lectivos, durante el curso 2024-2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE JUNIO DE 2024
Pág. 73
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
25
EXTRACTO de la Orden 2794/2024, de 14 de junio, de la Consejería de Educación,
Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la realización de actividades extraescolares en Colegios Públicos de la Comunidad de Madrid y la
apertura de los Colegios Públicos los días no lectivos, durante el curso 2024-2025.
BDNS: 768446
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden por la que se declara el importe de los créditos disponibles, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index ),
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web institucional de la
Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Primero
Normas reguladoras
Las normas que regulan el procedimiento para la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la realización de actividades extraescolares en Colegios Públicos de la Comunidad de Madrid y la apertura de los Colegios Públicos los días no lectivos, se recogen
en el Acuerdo de 21 de febrero de 2024 del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 28 de febrero de 2024).
Tercero
Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la Orden 2794/2024, de 14 de junio, en extracto, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial que podrá obtenerse y cumplimentarse a
través de la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid
) y se presentará en los lugares establecidos en el artículo 8.2 de las normas reguladoras.
Las entidades locales deberán aportar junto con la solicitud, en el momento de su presentación y envío, o durante la tramitación del expediente, a través de la opción “Aportación de Documentos”, disponible en el portal de Administración Electrónica, la siguiente
documentación:
a) Anexo I: Plan de actividades extraescolares.
b) Anexo II: Actividades que se realizarán en cada uno de los centros.
— Anexo II-A: Actividades extraescolares por centro.
— Anexo II-B: Actividades por centro, en días no lectivos y vacaciones de Navidad y Semana Santa.
BOCM-20240618-25
Segundo
Créditos disponibles
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la
realización de actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid
y la apertura de los colegios públicos los días no lectivos, durante el curso 2024-2025, es
de 12.000.000 euros, correspondiendo 4.800.000 euros a la anualidad 2024 y 7.200.000
euros a la anualidad 2025.
Las referidas obligaciones se imputarán al Presupuesto de la Comunidad de Madrid,
ejercicios 2024 y 2025, a través del Programa presupuestario 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, subconcepto 46309 “Corporaciones locales”.
B.O.C.M. Núm. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE JUNIO DE 2024
Pág. 73
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
25
EXTRACTO de la Orden 2794/2024, de 14 de junio, de la Consejería de Educación,
Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la realización de actividades extraescolares en Colegios Públicos de la Comunidad de Madrid y la
apertura de los Colegios Públicos los días no lectivos, durante el curso 2024-2025.
BDNS: 768446
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden por la que se declara el importe de los créditos disponibles, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index ),
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web institucional de la
Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Primero
Normas reguladoras
Las normas que regulan el procedimiento para la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la realización de actividades extraescolares en Colegios Públicos de la Comunidad de Madrid y la apertura de los Colegios Públicos los días no lectivos, se recogen
en el Acuerdo de 21 de febrero de 2024 del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 28 de febrero de 2024).
Tercero
Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la Orden 2794/2024, de 14 de junio, en extracto, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial que podrá obtenerse y cumplimentarse a
través de la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid
) y se presentará en los lugares establecidos en el artículo 8.2 de las normas reguladoras.
Las entidades locales deberán aportar junto con la solicitud, en el momento de su presentación y envío, o durante la tramitación del expediente, a través de la opción “Aportación de Documentos”, disponible en el portal de Administración Electrónica, la siguiente
documentación:
a) Anexo I: Plan de actividades extraescolares.
b) Anexo II: Actividades que se realizarán en cada uno de los centros.
— Anexo II-A: Actividades extraescolares por centro.
— Anexo II-B: Actividades por centro, en días no lectivos y vacaciones de Navidad y Semana Santa.
BOCM-20240618-25
Segundo
Créditos disponibles
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de la concesión directa de ayudas a ayuntamientos para la
realización de actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad de Madrid
y la apertura de los colegios públicos los días no lectivos, durante el curso 2024-2025, es
de 12.000.000 euros, correspondiendo 4.800.000 euros a la anualidad 2024 y 7.200.000
euros a la anualidad 2025.
Las referidas obligaciones se imputarán al Presupuesto de la Comunidad de Madrid,
ejercicios 2024 y 2025, a través del Programa presupuestario 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, subconcepto 46309 “Corporaciones locales”.