C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240618-24)
Crédito presupuestario ayudas – Orden 2345/2024, de 6 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para financiar en el año 2024, las ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para incentivar el uso de servicios de I+D e innovación por las pequeñas y medianas empresas, programa “Cheque Innovación”
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BOCM
Pág. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 144
anteriormente mencionada no supone, respecto a la concesión de las ayudas en el presente ejercicio, una modificación sustancial que pueda afectar directamente a los derechos y obligaciones
de los posibles beneficiarios.
Procede, por tanto mantener, para la concesión de las ayudas en el presente ejercicio, las normas reguladoras aprobadas mediante Acuerdo del Consejo del Gobierno de 9 de
octubre de 2018, adaptándolas al marco regulatorio del nuevo período de programación 2021-2027 en el sentido de que todas las referencias contenidas en las normas reguladoras enumeradas en esta propuesta relativas al Reglamento (UE) 1303/2013 y el Reglamento
(UE) 1301/2013, se entienden referidas en adelante a los reglamentos (UE) 2021/1060 y Reglamento (UE) 2021/1058.
Las ayudas concedidas serán cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con una tasa de cofinanciación del 40 por 100 dentro del Programa Operativo FEDER de la Comunidad de Madrid 2021-2027, dentro del Objetivo Político 1 “Una Europa
más inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente”,
Prioridad Específica 1.A, “Transición digital e inteligente”.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de
las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo, y de
conformidad con los artículos 59 y 65 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, cuyo capítulo V “De la gestión de fondos
vinculados al Instrumento de Recuperación de la Unión Europea” del título IV “Procedimientos de gestión presupuestaria” permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2030,
DISPONGO
Primero
El importe del crédito presupuestario disponible para financiar en el año 2024, las ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para incentivar el uso de
servicios de I+D e innovación por las pequeñas y medianas empresas, programa “Cheque
Innovación”, en el marco de la Estrategia de Especialización Inteligente y Sostenible (S3)
de la Comunidad de Madrid y del Programa Operativo FEDER 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, asciende a 1.000.000,00 de euros.
Segundo
Este gasto se financiará con cargo al subconcepto 79002 “Planes Específicos de I+D+i.
Transferencia Tecnológica” del Programa 466A “Investigación” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
Madrid, a 6 de junio de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20240618-24
(03/9.226/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MARTES 18 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 144
anteriormente mencionada no supone, respecto a la concesión de las ayudas en el presente ejercicio, una modificación sustancial que pueda afectar directamente a los derechos y obligaciones
de los posibles beneficiarios.
Procede, por tanto mantener, para la concesión de las ayudas en el presente ejercicio, las normas reguladoras aprobadas mediante Acuerdo del Consejo del Gobierno de 9 de
octubre de 2018, adaptándolas al marco regulatorio del nuevo período de programación 2021-2027 en el sentido de que todas las referencias contenidas en las normas reguladoras enumeradas en esta propuesta relativas al Reglamento (UE) 1303/2013 y el Reglamento
(UE) 1301/2013, se entienden referidas en adelante a los reglamentos (UE) 2021/1060 y Reglamento (UE) 2021/1058.
Las ayudas concedidas serán cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con una tasa de cofinanciación del 40 por 100 dentro del Programa Operativo FEDER de la Comunidad de Madrid 2021-2027, dentro del Objetivo Político 1 “Una Europa
más inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente”,
Prioridad Específica 1.A, “Transición digital e inteligente”.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de
las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo, y de
conformidad con los artículos 59 y 65 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, cuyo capítulo V “De la gestión de fondos
vinculados al Instrumento de Recuperación de la Unión Europea” del título IV “Procedimientos de gestión presupuestaria” permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2030,
DISPONGO
Primero
El importe del crédito presupuestario disponible para financiar en el año 2024, las ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para incentivar el uso de
servicios de I+D e innovación por las pequeñas y medianas empresas, programa “Cheque
Innovación”, en el marco de la Estrategia de Especialización Inteligente y Sostenible (S3)
de la Comunidad de Madrid y del Programa Operativo FEDER 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, asciende a 1.000.000,00 de euros.
Segundo
Este gasto se financiará con cargo al subconcepto 79002 “Planes Específicos de I+D+i.
Transferencia Tecnológica” del Programa 466A “Investigación” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
Madrid, a 6 de junio de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20240618-24
(03/9.226/24)
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ISSN 1989-4791