C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240618-24)
Crédito presupuestario ayudas –  Orden 2345/2024, de 6 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para financiar en el año 2024, las ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para incentivar el uso de servicios de I+D e innovación por las pequeñas y medianas empresas, programa “Cheque Innovación”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 144

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE JUNIO DE 2024

Pág. 71

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 2345/2024, de 6 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para financiar
en el año 2024, las ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para incentivar el uso de servicios de I+D e innovación por las pequeñas y
medianas empresas, programa “Cheque Innovación”.

Mediante Acuerdo del Consejo del Gobierno, de 9 de octubre de 2018, se aprobaron las
normas reguladoras del procedimiento para la concesión directa de ayudas cofinanciadas por
el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para incentivar el uso de servicios de I+D e innovación por las pequeñas y medianas empresas, programa “Cheque Innovación”, en el marco
de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una especialización inteligente,
dentro del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020, al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid, al haberse apreciado razones de interés público, económico y social
debidamente justificadas que dificultan su convocatoria pública.
Una vez finalizado el anterior período de programación de fondos europeos para 2014-2020,
y aprobado el Programa Operativo FEDER 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, ha considerado oportuno continuar en el
año 2024 con este programa con el objetivo de impulsar el uso de servicios de innovación y
la transferencia de conocimiento científico y tecnológico por parte de las pymes madrileñas,
mediante la concesión directa de ayudas, en la modalidad de subvención, dirigidas a las pequeñas y medianas empresas, y en especial, a las pertenecientes a sectores tradicionales, no
productoras de tecnología o cuyo modelo de negocio no esté basado en el uso intensivo de
tecnología, fomentándose así la implantación de la innovación por las pequeñas y medianas
empresas, como valor añadido y como instrumento para el incremento de su productividad.
Para este período de programación 2021-2027 y en relación con las actuaciones financiadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), la UE ha aprobado la siguiente normativa:
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio
de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de
Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el
Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (en adelante, Reglamento 2021/1060).
Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio
de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión (en adelante, Reglamento (UE) 2021/1058).
Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
De acuerdo con el mismo, se establece un límite máximo de 300.000 euros para todas las
ayudas de minimis que perciba cada beneficiario, cualquiera que sea la Administración que
las conceda, durante cualquier período de tres años. En aplicación de la normativa de minimis, se excluyen del presente régimen de ayudas las empresas pertenecientes a cualquiera de
los sectores expresamente excluidos de su ámbito de aplicación por el Reglamento señalado
anteriormente.
Los reglamentos del nuevo período de programación son en general continuistas respecto
de los reglamentos hasta ahora vigentes (período de programación 2014-2020), a saber, el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013
por el que se establecen disposiciones comunes relativas a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (en adelante, Reglamento 1303/2013) y el Reglamento (UE) 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (en adelante, Reglamento 1301/2013) y la incidencia de la normativa

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