Madrid (BOCM-20240617-56)
Régimen económico. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Concesión subvenciones
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BOCM
LUNES 17 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 143
las ayudas del Plan Cambia 360 destinadas a la renovación de vehículos particulares de las
anualidades 2021, 2022 y 2023, habiéndose formalizado el correspondiente convenio de
colaboración en fecha 26 de julio de 2021.
Según lo estipulado en el apartado 3 de la Cláusula Quinta del citado convenio, con fecha de registro de entrada de 26 de diciembre de 2023, AECIM hizo entrega de la relación
de interesados que cumplían los requisitos para recibir la ayuda y puso a disposición del
Ayuntamiento de Madrid, los documentos electrónicos contenidos en los expedientes relativos a cada solicitud de subvención recibida.
Cuarto.—Con fecha de 15 de febrero de 2024 (“Boletín Oficial del Ayuntamiento de
Madrid” número 9.572) fue publicada la Propuesta de 9 de febrero de 2024, del Director
General de Sostenibilidad y Control Ambiental, de Resolución Provisional de la Convocatoria, y con fecha 8 de abril de 2024 (“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 9.607), la Propuesta de 3 de abril de 2024, de Resolución Definitiva, otorgando un plazo de diez días hábiles para que los beneficiarios incluidos en esta última pudieran expresar
su oposición o manifestar su renuncia a aceptar la subvención.
Quinto.—Con fecha 21 de mayo de 2024, el Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental hace constar que durante el plazo anteriormente indicado se han recibido 7 escritos, de los cuales 6 son renuncias a la subvención, y uno de ellos corresponde a un solicitante cuya pretensión fue denegada y formula alegaciones a la propuesta, procediendo su
estimación, por lo que, en consecuencia, eleva al Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, propuesta de Decreto de resolución de la Convocatoria.
A los anteriores antecedentes de hecho, resultan de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.—Como se establece en el apartado 11.3 de la Convocatoria, en relación con
lo dispuesto en el artículo 27.3 de la OBRGS, se ha de entender aceptada la subvención por
todos los solicitantes propuestos como beneficiarios, a excepción de los interesados que han
manifestado su oposición o comunicado su renuncia a la propuesta.
De igual modo, en el último párrafo del referido apartado 11.3 de la Convocatoria se
indica que en el caso de que se renunciase a la subvención por alguno de los beneficiarios,
en el decreto por el que se proceda a la resolución definitiva de la convocatoria se acordará la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes, conforme al orden
de la lista de espera, siempre y cuando con la renuncia se haya liberado crédito suficiente
para atender al menos una de las solicitudes denegadas.
En cumplimiento de las previsiones anteriores, y habiéndose recibido 6 renuncias en
el plazo concedido desde la publicación de la Propuesta de Resolución Definitiva, procede
su aceptación, por lo que no tendrán la condición de beneficiarios, los siguientes solicitantes de la subvención:
a) Ámbito “Cero Emisiones”:
— Raúl Acitores Parra: 6.000 euros.
b) Ámbito “Eco”:
— Hugo Ramírez Morales: 3.000 euros.
— María Eva García Rivas: 3.000 euros.
— María Rosa Torrado Vas: 5.500 euros.
— Pablo Cid Lacárcel: 5.500 euros.
— Diana Carmona Rodrigo: 3.000 euros.
Estas renuncias suman un importe de 26.000 euros, lo que permite destinar fondos para
incorporar de la lista de espera un total de 6 expedientes “Eco”, cuya suma asciende a un
importe de 23.000 euros, y cuyos beneficiarios son los siguientes:
— María Belén García Pérez: 5.500 euros.
— Ana Ávila Ropero: 3.000 euros.
— María Isabel González Maestre: 5.500 euros.
— Irene Pilar Medina Rupérez: 3.000 euros.
— Pablo Gutiérrez Redondo: 3.000 euros.
— Antonio Frutos Romera: 3.000 euros.
Segundo.—De acuerdo con lo estipulado en el apartado 4.1 de la Convocatoria, en su
tramitación se ha seguido el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva previsto en el artículo 26.5.a) de la OBRGS, otorgando un plazo de alegaciones de diez días
hábiles a la Propuesta de Resolución Provisional, garantizando de este modo la audiencia a
BOCM-20240617-56
Pág. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 143
las ayudas del Plan Cambia 360 destinadas a la renovación de vehículos particulares de las
anualidades 2021, 2022 y 2023, habiéndose formalizado el correspondiente convenio de
colaboración en fecha 26 de julio de 2021.
Según lo estipulado en el apartado 3 de la Cláusula Quinta del citado convenio, con fecha de registro de entrada de 26 de diciembre de 2023, AECIM hizo entrega de la relación
de interesados que cumplían los requisitos para recibir la ayuda y puso a disposición del
Ayuntamiento de Madrid, los documentos electrónicos contenidos en los expedientes relativos a cada solicitud de subvención recibida.
Cuarto.—Con fecha de 15 de febrero de 2024 (“Boletín Oficial del Ayuntamiento de
Madrid” número 9.572) fue publicada la Propuesta de 9 de febrero de 2024, del Director
General de Sostenibilidad y Control Ambiental, de Resolución Provisional de la Convocatoria, y con fecha 8 de abril de 2024 (“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 9.607), la Propuesta de 3 de abril de 2024, de Resolución Definitiva, otorgando un plazo de diez días hábiles para que los beneficiarios incluidos en esta última pudieran expresar
su oposición o manifestar su renuncia a aceptar la subvención.
Quinto.—Con fecha 21 de mayo de 2024, el Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental hace constar que durante el plazo anteriormente indicado se han recibido 7 escritos, de los cuales 6 son renuncias a la subvención, y uno de ellos corresponde a un solicitante cuya pretensión fue denegada y formula alegaciones a la propuesta, procediendo su
estimación, por lo que, en consecuencia, eleva al Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, propuesta de Decreto de resolución de la Convocatoria.
A los anteriores antecedentes de hecho, resultan de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.—Como se establece en el apartado 11.3 de la Convocatoria, en relación con
lo dispuesto en el artículo 27.3 de la OBRGS, se ha de entender aceptada la subvención por
todos los solicitantes propuestos como beneficiarios, a excepción de los interesados que han
manifestado su oposición o comunicado su renuncia a la propuesta.
De igual modo, en el último párrafo del referido apartado 11.3 de la Convocatoria se
indica que en el caso de que se renunciase a la subvención por alguno de los beneficiarios,
en el decreto por el que se proceda a la resolución definitiva de la convocatoria se acordará la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes, conforme al orden
de la lista de espera, siempre y cuando con la renuncia se haya liberado crédito suficiente
para atender al menos una de las solicitudes denegadas.
En cumplimiento de las previsiones anteriores, y habiéndose recibido 6 renuncias en
el plazo concedido desde la publicación de la Propuesta de Resolución Definitiva, procede
su aceptación, por lo que no tendrán la condición de beneficiarios, los siguientes solicitantes de la subvención:
a) Ámbito “Cero Emisiones”:
— Raúl Acitores Parra: 6.000 euros.
b) Ámbito “Eco”:
— Hugo Ramírez Morales: 3.000 euros.
— María Eva García Rivas: 3.000 euros.
— María Rosa Torrado Vas: 5.500 euros.
— Pablo Cid Lacárcel: 5.500 euros.
— Diana Carmona Rodrigo: 3.000 euros.
Estas renuncias suman un importe de 26.000 euros, lo que permite destinar fondos para
incorporar de la lista de espera un total de 6 expedientes “Eco”, cuya suma asciende a un
importe de 23.000 euros, y cuyos beneficiarios son los siguientes:
— María Belén García Pérez: 5.500 euros.
— Ana Ávila Ropero: 3.000 euros.
— María Isabel González Maestre: 5.500 euros.
— Irene Pilar Medina Rupérez: 3.000 euros.
— Pablo Gutiérrez Redondo: 3.000 euros.
— Antonio Frutos Romera: 3.000 euros.
Segundo.—De acuerdo con lo estipulado en el apartado 4.1 de la Convocatoria, en su
tramitación se ha seguido el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva previsto en el artículo 26.5.a) de la OBRGS, otorgando un plazo de alegaciones de diez días
hábiles a la Propuesta de Resolución Provisional, garantizando de este modo la audiencia a
BOCM-20240617-56
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID