Alcobendas (BOCM-20240617-59)
Organización y funcionamiento. Ordenanza movilidad
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 143
2.4. Acreditación de los requisitos de expedición de los distintivos: la determinación
de los documentos necesarios para acreditar la condición de beneficiario de los distintivos
como residente será desarrollada por el concejal-delegado de Seguridad, de acuerdo con lo
señalado en la disposición final primera.
Propuesta para el artículo 54
Art. 54. Infracciones de la ORA.—Tendrán la consideración de infracciones a lo dispuesto en la presente ordenanza las siguientes:
a) Aparcamiento efectuado sin haber realizado el pago de la tasa.
b) Aparcamiento efectuado por tiempo superior al que señala el ticket exhibido en el
parabrisas del vehículo, o el registro telemático del medio de pago empleado.
c) Aparcamiento realizado fuera del perímetro señalado en la calzada para este fin.
d) Permanecer aparcado más de tres horas en Zona Ora Azul y en una misma calle.
e) Utilización de tickets manipulados o falsificados.
f) Permanecer aparcado más de una hora en Zona Ora Verde y en una misma calle
(excepto residentes con distintivo, colectivos cualificados y cuadriciclos ligeros
en Distrito Urbanizaciones).
g) Utilización de tarjetas-distintivos de cualquier tipo manipuladas o falsificadas.
Las infracciones descritas serán denunciadas por los Agentes de la Policía Local, y los
Agentes de Movilidad en su caso, pudiendo los vigilantes de la empresa concesionaria
formular denuncia voluntaria, que anunciarán documentalmente, salvo las excepciones previstas en la Ley, en el parabrisas del vehículo, en la que se indicarán los datos de este, así
como la infracción cometida.
Sólo en el supuesto de que no hubiere sobrepasado en más de una hora el tiempo de
estacionamiento permitido, el usuario podrá anular la denuncia dirigiéndose al expendedor
más próximo, y siguiendo las instrucciones indicadas en el mismo, abonando la tarifa que
por anulación esté vigente en cada momento según lo recogido en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa.
Sin perjuicio de lo expuesto, se denunciarán por los Agentes de la Policía Local las infracciones no previstas anteriormente que se cometan en la zona ORA y que se recogen
como tales en el Reglamento General de Circulación y en la ordenanza reguladora de la movilidad del Ayuntamiento de Alcobendas. Asimismo y por medio de denuncia voluntaria,
los vigilantes de la ORA podrán denunciar las mismas infracciones indicadas que se produzcan dentro o en las inmediaciones del perímetro de las zonas reguladas.
Propuesta modificaciones Anexo I
ANEXO I
LISTADO DE CALLES ZONA ORA
BOCM-20240617-59
Añadir las siguientes calles o tramos de calles:
Zona Centro (Nueva Implantación):
— Calle Miraflores, en su totalidad.
— Calle Fuego, en su totalidad.
— Avenida de España, números pares, solo en fachada coincidente por el portal de
acceso.
— Paseo de la Chopera en número pares, solo en fachada coincidente por el portal de
acceso.
Alcobendas, a 6 de junio de 2024.—La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez
Marcos.
(03/9.006/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 238
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LUNES 17 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 143
2.4. Acreditación de los requisitos de expedición de los distintivos: la determinación
de los documentos necesarios para acreditar la condición de beneficiario de los distintivos
como residente será desarrollada por el concejal-delegado de Seguridad, de acuerdo con lo
señalado en la disposición final primera.
Propuesta para el artículo 54
Art. 54. Infracciones de la ORA.—Tendrán la consideración de infracciones a lo dispuesto en la presente ordenanza las siguientes:
a) Aparcamiento efectuado sin haber realizado el pago de la tasa.
b) Aparcamiento efectuado por tiempo superior al que señala el ticket exhibido en el
parabrisas del vehículo, o el registro telemático del medio de pago empleado.
c) Aparcamiento realizado fuera del perímetro señalado en la calzada para este fin.
d) Permanecer aparcado más de tres horas en Zona Ora Azul y en una misma calle.
e) Utilización de tickets manipulados o falsificados.
f) Permanecer aparcado más de una hora en Zona Ora Verde y en una misma calle
(excepto residentes con distintivo, colectivos cualificados y cuadriciclos ligeros
en Distrito Urbanizaciones).
g) Utilización de tarjetas-distintivos de cualquier tipo manipuladas o falsificadas.
Las infracciones descritas serán denunciadas por los Agentes de la Policía Local, y los
Agentes de Movilidad en su caso, pudiendo los vigilantes de la empresa concesionaria
formular denuncia voluntaria, que anunciarán documentalmente, salvo las excepciones previstas en la Ley, en el parabrisas del vehículo, en la que se indicarán los datos de este, así
como la infracción cometida.
Sólo en el supuesto de que no hubiere sobrepasado en más de una hora el tiempo de
estacionamiento permitido, el usuario podrá anular la denuncia dirigiéndose al expendedor
más próximo, y siguiendo las instrucciones indicadas en el mismo, abonando la tarifa que
por anulación esté vigente en cada momento según lo recogido en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa.
Sin perjuicio de lo expuesto, se denunciarán por los Agentes de la Policía Local las infracciones no previstas anteriormente que se cometan en la zona ORA y que se recogen
como tales en el Reglamento General de Circulación y en la ordenanza reguladora de la movilidad del Ayuntamiento de Alcobendas. Asimismo y por medio de denuncia voluntaria,
los vigilantes de la ORA podrán denunciar las mismas infracciones indicadas que se produzcan dentro o en las inmediaciones del perímetro de las zonas reguladas.
Propuesta modificaciones Anexo I
ANEXO I
LISTADO DE CALLES ZONA ORA
BOCM-20240617-59
Añadir las siguientes calles o tramos de calles:
Zona Centro (Nueva Implantación):
— Calle Miraflores, en su totalidad.
— Calle Fuego, en su totalidad.
— Avenida de España, números pares, solo en fachada coincidente por el portal de
acceso.
— Paseo de la Chopera en número pares, solo en fachada coincidente por el portal de
acceso.
Alcobendas, a 6 de junio de 2024.—La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez
Marcos.
(03/9.006/24)
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