Villamantilla (BOCM-20240617-90)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

LUNES 17 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 143

titulaciones académicas exigidas por el artículo 76, del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, para el acceso a los distintos Grupos de clasificación ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas.
La calificación de la fase de concurso será la nota obtenida por la suma de los méritos
puntuables en esta fase (experiencia y formación) y no tendrá carácter eliminatorio.
Fase oposición:
La fase de oposición se valorará con un máximo de 20 puntos, esta fase tendrá carácter obligatorio y eliminatorio y constará de dos ejercicios:
— Primer ejercicio: consistirá en contestar a un cuestionario, tipo test, compuesto
por 40 preguntas que versarán sobre el contenido del programa que figura como
Anexo I de las presentes bases.
Este cuestionario estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas,
siendo una de ellas correcta. El tiempo para la realización de este ejercicio será
de 60 minutos.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de 5 puntos.
Las calificaciones se adoptarán de acuerdo a la plantilla de respuestas y no se aplicará ninguna penalización por las respuestas contestadas de forma incorrecta.
— Segundo ejercicio: consistirá en la resolución de una prueba práctica, propuesta
por el Tribunal que estará relacionado con las funciones de la plaza objeto de la
convocatoria.
El tiempo para la realización de la prueba lo determinara el tribunal.
Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos y para superar el mismo será preciso
obtener una calificación mínima de 5 puntos. La puntuación final de la fase de
oposición será la suma de los dos ejercicios.
Octava. Calificación definitiva del proceso selectivo
La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de
la calificación final de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso, ordenados de mayor a menor puntuación.
En caso de empate obtendrá el puesto el aspirante que haya obtenido la nota más alta
en la fase de concurso. En caso de persistir el empate se recurrirá al primer ejercicio de la
fase de oposición y a continuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.
Novena. Relación de aprobados, acreditación de los requisitos
exigidos y formalización del contrato
Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos para
la formalización de los contratos, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas
convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa acreditación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria (anexo III).
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica
de los contratos celebrados.
Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los
puestos de trabajo correspondientes, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.
Décima. Funcionamiento de la Bolsa de Trabajo
Las personas integrantes de las Bolsas de Trabajo, ocuparan el puesto de la lista que
corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su
constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo
es de 5 puntos.
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa
de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes

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