Villamantilla (BOCM-20240617-90)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 143

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE JUNIO DE 2024

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La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
El número de los miembros de los tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su
composición será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
La abstención y recusación de los miembros del tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por decreto de la Alcaldía u órgano en quien delegue se establecerá la composición del
órgano de selección que, en todo caso, estará compuesto por un presidente, un secretario y
tres vocales.
La designación de los miembros del tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.
El tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría tercera de las recogidas en el
artículo 30.1.c) del Real Decreto 462/2002, de 24 de marzo.

Procedimiento de selección:
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
— Concurso.
— Oposición.
Fase concurso:
La fase de concurso tendrá un máximo de 13 puntos. Esta fase no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar a las pruebas de la fase de oposición.
Serán méritos puntuables:
Experiencia (máximo 11 puntos):
— Por servicios prestados realizando funciones propias de conserje-conductor en régimen laboral o funcionarial: 2 puntos por cada seis meses o fracción superior a
tres meses con un máximo de 11 puntos.
— Por servicios prestados en cualquiera de las restantes Administraciones Públicas
realizando funciones propias de conserje en otras Administraciones Públicas distintas a las indicadas en el punto anterior en régimen laboral o funcionarial: 0,75
puntos por cada seis meses con un máximo de 6 puntos.
Los méritos relativos a la experiencia profesional en cualquier Administración Pública se acreditarán mediante certificado de funciones en el que se conste el tiempo de
permanencia, acreditado por el órgano correspondiente con competencias en materia de
recursos humanos.
Formación (máximo 2 puntos):
Por cada curso, congreso, seminario, jornadas técnicas, másteres u otra formación superior directamente relacionados con la especialidad de la plaza convocada.
— De 0 a 7 horas: 0,10 puntos.
— De 8 a 10 horas: 0,20 puntos.
— De 11 a 20 horas: 0,30 puntos.
— De 21 a 60 horas: 0,40 puntos.
— De 61 a 99 horas: 0,60 puntos.
— De 100 a 299 horas: 0,80 puntos.
— De 300 o más horas: 1,20 puntos.
Por cada curso, congreso, seminario, jornadas técnicas, másteres u otra formación superior cuyo contenido se considere de aplicación transversal a toda la organización como calidad, prevención de riesgos laborales, promoción de la salud, protección de datos y procedimiento administrativo, etc., así como conocimientos de ofimática, informática e idiomas:
— De 0 a 7 horas: 0,10 puntos.
— De 8 a 10 horas: 0,15 puntos.
— De 11 a 20 horas: 0,20 puntos.
— De 21 a 60 horas: 0,25 puntos.
— De 61 o más horas: 0,30 puntos.
El Tribunal examinará las solicitudes presentadas, valorando únicamente aquellos méritos documentalmente que hayan sido justificados documentalmente. No se valorarán las

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Séptima. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos