Villamantilla (BOCM-20240617-90)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 143
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE JUNIO DE 2024
Pág. 297
d Ocuparse de las instalaciones de calefacción, controlando su buen funcionamiento, así como del control de combustible, llevando para ello un estadillo
diario de horas y consumo.
d Mantener en buen estado todos los elementos eléctricos, térmicos, de fontanería,
sonido, etc., realizando si fuera necesario pequeñas reparaciones y comunicando a los Servicios Municipales todas aquellas que por su naturaleza no pudieran
ser efectuadas, así como los desperfectos observados en el edificio o en alguna
de sus instalaciones.
d Atender los botiquines del colegio, controlar los consumibles higiénicos y
reponer los mismos en su caso.
d Conducir el vehículo de pasajeros (autobuses o camionetas) que le ponga a disposición el Ayuntamiento, a través de rutas preestablecidas, o transportes determinados específicamente por el Ayuntamiento o el Centro Escolar, respetando los horarios fijados y las paradas indicadas, cumpliendo con las leyes de
tránsito terrestre, y velando por la seguridad de los pasajeros. Regulando los
sistemas de ventilación, calefacción e iluminación dentro del vehículo, para
proporcionar una temperatura e iluminación adecuadas. Controlando el acceso
de pasajeros que se le indique o transmita por el Ayuntamiento o Centro Escolar. Inspeccionar los vehículos antes de la puesta en marcha, revisando niveles
de gasolina, aceite o refrigerante, o cualquier pieza que se perciba que no funciona de manera óptima. Así como revisar los frenos, limpiaparabrisas, luces o
cualquier elemento de uso habitual. Asistir a los pasajeros en cuanto a rutas y
horarios, ayudando a los pasajeros con movilidad limitada a ingresar o salir del
vehículo si este estuviera dotado de un equipamiento especial, verifican que
estén bien sentados y seguros. Ayudar a los pasajeros con su equipaje, si fuera necesario. Conservar el orden entre los pasajeros, indicándoles que permanezcan sentados y en orden durante el viaje. Realizar a los pasajeros los primeros auxilios o RCP de ser necesarios, o asistirles en caso de accidente.
Hacer reparaciones menores de los vehículos, como cambiar llantas o líquidos
de uso habitual de los mismos. Deberá reportar comunicación al Ayuntamiento de cualquier incidencia, incidente o emergencia o solicitar asistencia al
Ayuntamiento de cualquier asistencia.
d Conducir otros vehículos titularidad del Ayuntamiento o de los que el Ayuntamiento de Villamantilla tenga a su disposición, por cualquier título, dentro de las funciones que tiene asignadas o las ordenes que reciba de la Alcaldía o su jefe directo.
d Todas aquellas funciones que, dentro del marco de su actividad, se le encomienden bajo las directrices de la Alcaldía o su jefe inmediato.
Segunda. Modalidad del contrato
La modalidad del contrato que se formalizará con el aspirante seleccionado es la de
personal laboral de carácter fijo a tiempo completo, regulada en el artículo 76 del texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. El carácter del contrato es a tiempo completo.
La jornada de trabajo será de 37,50 horas semanales, fijando como días de descanso el
sábado y el domingo, salvo necesidades del servicio en casos excepcionales. El horario de
trabajo será de 7:30 horas a 14:30 horas, coincidiendo con el horario de colegio.
Se fijará una retribución bruta de 21.114,10 euros.
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o esta-
BOCM-20240617-90
Tercera. Condiciones de admisión de aspirantes
B.O.C.M. Núm. 143
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE JUNIO DE 2024
Pág. 297
d Ocuparse de las instalaciones de calefacción, controlando su buen funcionamiento, así como del control de combustible, llevando para ello un estadillo
diario de horas y consumo.
d Mantener en buen estado todos los elementos eléctricos, térmicos, de fontanería,
sonido, etc., realizando si fuera necesario pequeñas reparaciones y comunicando a los Servicios Municipales todas aquellas que por su naturaleza no pudieran
ser efectuadas, así como los desperfectos observados en el edificio o en alguna
de sus instalaciones.
d Atender los botiquines del colegio, controlar los consumibles higiénicos y
reponer los mismos en su caso.
d Conducir el vehículo de pasajeros (autobuses o camionetas) que le ponga a disposición el Ayuntamiento, a través de rutas preestablecidas, o transportes determinados específicamente por el Ayuntamiento o el Centro Escolar, respetando los horarios fijados y las paradas indicadas, cumpliendo con las leyes de
tránsito terrestre, y velando por la seguridad de los pasajeros. Regulando los
sistemas de ventilación, calefacción e iluminación dentro del vehículo, para
proporcionar una temperatura e iluminación adecuadas. Controlando el acceso
de pasajeros que se le indique o transmita por el Ayuntamiento o Centro Escolar. Inspeccionar los vehículos antes de la puesta en marcha, revisando niveles
de gasolina, aceite o refrigerante, o cualquier pieza que se perciba que no funciona de manera óptima. Así como revisar los frenos, limpiaparabrisas, luces o
cualquier elemento de uso habitual. Asistir a los pasajeros en cuanto a rutas y
horarios, ayudando a los pasajeros con movilidad limitada a ingresar o salir del
vehículo si este estuviera dotado de un equipamiento especial, verifican que
estén bien sentados y seguros. Ayudar a los pasajeros con su equipaje, si fuera necesario. Conservar el orden entre los pasajeros, indicándoles que permanezcan sentados y en orden durante el viaje. Realizar a los pasajeros los primeros auxilios o RCP de ser necesarios, o asistirles en caso de accidente.
Hacer reparaciones menores de los vehículos, como cambiar llantas o líquidos
de uso habitual de los mismos. Deberá reportar comunicación al Ayuntamiento de cualquier incidencia, incidente o emergencia o solicitar asistencia al
Ayuntamiento de cualquier asistencia.
d Conducir otros vehículos titularidad del Ayuntamiento o de los que el Ayuntamiento de Villamantilla tenga a su disposición, por cualquier título, dentro de las funciones que tiene asignadas o las ordenes que reciba de la Alcaldía o su jefe directo.
d Todas aquellas funciones que, dentro del marco de su actividad, se le encomienden bajo las directrices de la Alcaldía o su jefe inmediato.
Segunda. Modalidad del contrato
La modalidad del contrato que se formalizará con el aspirante seleccionado es la de
personal laboral de carácter fijo a tiempo completo, regulada en el artículo 76 del texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. El carácter del contrato es a tiempo completo.
La jornada de trabajo será de 37,50 horas semanales, fijando como días de descanso el
sábado y el domingo, salvo necesidades del servicio en casos excepcionales. El horario de
trabajo será de 7:30 horas a 14:30 horas, coincidiendo con el horario de colegio.
Se fijará una retribución bruta de 21.114,10 euros.
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o esta-
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Tercera. Condiciones de admisión de aspirantes