C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240617-24)
Convocatoria ayudas –  Resolución de 11 de junio de 2024, del Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de las ayudas por gastos de desplazamiento, durante el curso escolar 2023-2024, destinadas a los profesores de Religión y otro personal docente no sujeto ni a Convenio Colectivo ni a Acuerdo Sectorial docente, al servicio de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 143

En ningún caso, la cuantía que se perciba por esta ayuda podrá ser superior a lo que
corresponde a la zona C2. Y en el caso de Cercanías y presentación de abono “Tarjeta Plus
Renfe” la cuantía máxima no superará la zona 7.
6. Publicación de relaciones de adjudicatarios y excluidos de las ayudas.
6.1. Relaciones provisionales y subsanaciones:
Publicada la Resolución provisional de adjudicatarios por el tramo I, mediante Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos se hará pública la relación provisional
de los adjudicatarios del tramo II, incluyendo la modalidad, el tipo de abono y el número de
meses por los que se concede la ayuda, así como la relación de los excluidos y de las causas
de exclusión. Ambas relaciones se expondrán en los lugares señalados en el punto 4 de la
base quinta de la presente convocatoria: “Procedimiento para la asignación de las ayudas al
desplazamiento (tramo I)”.
Contra la Resolución provisional se podrá presentar escrito de alegaciones a la misma
o subsanación, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución, que se cumplimentará exclusivamente por medios electrónicos,
a través de la aplicación informática que se encuentra disponible en los mismos lugares que
los indicados en la base segunda.
6.2. Relaciones definitivas y percepción de la ayuda.
Examinadas las alegaciones, mediante Resolución de la Dirección General de Recursos
Humanos, se hará pública la relación definitiva de adjudicatarios de las ayudas al desplazamiento y el importe de las cuantías asignadas, así como la relación definitiva de excluidos y de
sus causas de exclusión, en los mismos lugares que fueron señalados en el apartado anterior.
A los adjudicatarios de ayudas por este tramo, se les abonará el importe de la misma
en la nómina correspondiente.
Séptima
Incompatibilidad y cuantía máxima de las ayudas
1. Las ayudas objeto de esta convocatoria son incompatibles con cualesquiera otra, que
con la misma finalidad procedan de cualquier Administración o entidad pública o privada.
2. La cuantía de las ayudas concedidas por los tramos I y II no podrá superar el importe total del abono transporte que cubra los desplazamientos entre el domicilio habitual
durante el curso escolar 2023-2024 y el centro de trabajo del personal docente, ni el gasto
efectivamente realizado en abono de transporte.
Octava
Habilitación
La Dirección General de Recursos Humanos resolverá cuantas incidencias se susciten
en el desarrollo de esta convocatoria.

Décima
Recursos contra la convocatoria
De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Resolución,
que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de
su publicación.
Madrid, a 11 de junio de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/9.295/24)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240617-24

Novena
Lenguaje no sexista
De conformidad con el artículo 14.11, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de
Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres, todas las denominaciones que, en virtud del
principio de economía del lenguaje, se hagan en género masculino incluidas en esta Resolución, se entenderán tanto en género femenino como en masculino.