D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - O. A. Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (BOCM-20240615-4)
Convenio –  Adenda de 30 de mayo de 2024, al convenio de colaboración entre la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y la Asociación para la Gestión de la Integración Social (GINSO), por la que se prorroga su vigencia para el período comprendido entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025 y se determina el número de plazas reservadas en el Centro de Ejecución de Medidas Judiciales “Teresa de Calcuta”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 142

Toda vez que el objetivo básico de dicha entidad está orientado a desarrollar programas
y actuaciones que contribuyan a la reinserción y educación de menores y jóvenes a tenor de
lo establecido en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de Responsabilidad Penal de los
Menores y de su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 1774/2004,
de 30 de julio, GINSO se compromete a realizar, durante el período comprendido entre el 1
de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025, las siguientes actuaciones, sin que ello suponga generar ningún coste adicional a los importes reflejados en la cláusula cuarta de esta Adenda:
1) Llevar a cabo las adaptaciones técnicas que sean factibles y necesarias en las infraestructuras del Centro Teresa de Calcuta que se deriven de recomendaciones y
sugerencias remitidas a tal efecto por el Defensor del Pueblo, siempre que estas se
reflejen por escrito en comunicaciones remitidas por dicha Institución a esta
Agencia a través de la Consejería a la que se adscriba este Organismo. En cualquier caso, la realización de dichas adaptaciones técnicas obedecerá a los criterios
de racionalidad y de proporcionalidad tanto en su período de ejecución como en
el coste económico que las mismas representen para la entidad GINSO.
2) Desarrollar la atención a los menores y jóvenes sujetos al cumplimiento de la medida judicial de libertad vigilada (incluidas las que sean impuestas tras internamiento), mediante el seguimiento y la supervisión individualizada de los mismos.
3) Ejecutar las medidas judiciales consistentes en prestaciones en beneficio de la comunidad que hayan de cumplir los menores y jóvenes, desarrollando las actividades asistenciales y medioambientales propias de esta medida.
4) Poner en marcha actuaciones integrales de inserción social y laboral, incluida la
formación y orientación, el apoyo al inicio y el mantenimiento laboral, así como
el establecimiento o fijación, en su caso, de la residencia de los menores y jóvenes que no cuentan con una red familiar o social de soporte.
Para el desarrollo de las actuaciones contenidas en los apartados 2), 3) y 4) de esta
cláusula la entidad GINSO se compromete a servir de interlocutor a la Agencia en aras a facilitar el acceso de los menores y jóvenes que cumplan una medida judicial al siguiente catálogo de recursos existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid:
— Ayuntamientos.
— Servicios Sociales adscritos a los municipios y a los distritos del municipio de
Madrid.
— Servicios de Empleo de titularidad pública y privada.
— Instituciones Sociales de titularidad pública y privada (Comedores Sociales, Residencias de Personas Mayores, Centros de Personas con Discapacidad, etc.).
— Instituciones Formativas (Institutos de Secundaria, Escuelas de Adultos, Unidades
de Formación e Inserción Laboral, etc.).
— Servicios Municipales de Tratamiento a Drogodependientes.
Séptima

A su vez, para el ejercicio de las actuaciones contenidas en la cláusula anterior la Entidad GINSO aportará, sin que ello puede representar ningún coste adicional a los reflejados
en la cláusula cuarta, un mínimo de 17 efectivos con titulación superior y media (Psicólogos,
Técnicos de Libertad Vigilada, Educadores, Orientadores Laborales, etc.), que resulten necesarios para el cumplimiento de las siguientes actuaciones de acuerdo con la distribución y
las cifras de capacidad de atención simultánea que se relacionan a continuación:
— Director-Coordinador.
— Ejecución de Tareas Socioeducativas y de Prestaciones en Beneficio de la Comunidad), hasta 175 medidas a las que se asignarían 7 Técnicos de Medio Abierto.
— Libertades Vigiladas, hasta 125 medidas para cuya ejecución serían asignados 5
Técnicos de Libertad Vigilada.
— Programas de Apoyo Psicológico, hasta 20 usuarios a los que se adscribirán 2
Psicólogos.

BOCM-20240615-4

Medios personales habilitados por la entidad GINSO para dar cumplimiento
a los compromisos contraídos en materia de ejecución de medidas judiciales
de medio abierto no privativas de libertad y actividades de inserción
sociolaboral dirigidas a menores y jóvenes infractores