D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240614-21)
Convenio –  Convenio de 24 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid (CERMI Comunidad de Madrid), para impulsar acciones de inclusión y accesibilidad universal en los servicios de atención e información al ciudadano de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 141

convenio, así como de los efectos, evolución y objetivos conseguidos. A estos efectos, de
acuerdo con la justificación prevista en la cláusula séptima, una vez enviada la justificación
correspondiente al último de los pagos, ambas partes se reunirán para efectuar la revisión y
evaluación de los resultados derivados de los compromisos asumidos por ambas partes.
Décima
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
La Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local y CERMI Comunidad
de Madrid se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal al servicio de una de las partes a los
que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del mismo, serán tratados por la Dirección General de Atención al Ciudadano y Transparencia de la Comunidad de Madrid o por
CERMI Comunidad de Madrid, respectivamente, como responsables del tratamiento, con
la única finalidad de gestionar la relación del presente convenio.
Por lo que respecta a los datos personales tratados por ambas partes, serán tratados e
incorporados a la actividad de tratamiento “Convenios Administrativos”, cuya finalidad es
la tramitación, gestión, ejecución y seguimiento de convenios administrativos suscritos con
otras Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de derecho privado, dentro del ámbito competencia de la
Dirección General, y cuya base legal es el artículo 6.1.c) y e) del Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD).
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando se cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones
Públicas, conforme a lo previsto legalmente.
En ambos casos, la intervención de los encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo, conforme a
lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la
que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran
derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGDP, y las reclamaciones, en su
caso, a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración
de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza,
resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar las medidas técnicas y organizativas
necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por la concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Undécima
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por sus propias normas
y, en todo caso, por lo establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015,

BOCM-20240614-21

Protección de datos personales