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Convenio – Convenio de 24 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid (CERMI Comunidad de Madrid), para impulsar acciones de inclusión y accesibilidad universal en los servicios de atención e información al ciudadano de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 141
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE JUNIO DE 2024
Pág. 79
Comunidad de Madrid, para promover la accesibilidad universal (física, sensorial, cognitiva…) de las personas con discapacidad en el ámbito del servicio de atención e información
al ciudadano en la Comunidad de Madrid.
Segunda
Líneas de actuación
La Comunidad de Madrid y CERMI Comunidad de Madrid colaborarán en el desarrollo de acciones que contribuyan al cumplimiento de la accesibilidad universal en los
términos establecidos en el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas
con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013,
de 29 de noviembre. Para ello colaborarán en el desarrollo y realización de los siguientes
tipos de actividades y líneas de actuación conjunta:
a) Elaboración y divulgación de material informativo y de buenas prácticas sobre inclusión y accesibilidad universal.
b) Realizar actividades de comunicación y concienciación sobre las necesidades en
materia de inclusión y accesibilidad universal.
c) Realizar y asistir a jornadas formativas y de concienciación orientadas a la mejora
de los servicios y trámites de la Comunidad de Madrid.
d) Apoyar y asistir a personas con discapacidad en las oficinas de atención e información al ciudadano de la Comunidad de Madrid para lograr una adecuada prestación
del servicio.
e) Asesoramiento técnico y jurídico en materia de inclusión y accesibilidad universal.
Tercera
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, asume las siguientes obligaciones:
a) Participar en jornadas y seminarios de concienciación y visibilización promovidos
por CERMI Comunidad de Madrid, cuyo objetivo sea el conocimiento de la accesibilidad universal en el ámbito del objeto del presente convenio.
b) Participar en las acciones formativas, orientadas tanto al ciudadano como al empleado público, promovidas por CERMI Comunidad de Madrid cuyo objetivo sea
la capacitación técnica en el ámbito del objeto de este convenio.
c) Comunicar y facilitar a CERMI Comunidad de Madrid las necesidades y oportunidades de asesoramiento en materia de accesibilidad universal en el ámbito del
objeto de este convenio.
d) Realizar, en la medida de sus posibilidades organizativas y presupuestarias, las
indicaciones propuestas por CERMI Comunidad de Madrid en materia de accesibilidad universal en el ámbito del objeto de este convenio.
e) Elaborar folletos, manuales, y/o guías de actuación en materia de atención e información al ciudadano contando con el asesoramiento de CERMI Comunidad de
Madrid en materia de accesibilidad universal y diseño atendiendo a las necesidades de todas las personas a las que pretende beneficiar el presente convenio.
f) Dar apoyo y asesoramiento del personal técnico de la Consejería a CERMI Comunidad de Madrid para garantizar la plena realización de los compromisos en
los diferentes ámbitos de actuación.
g) Aportación del presupuesto previsto en la cláusula sexta para el adecuado desarrollo
y ejecución de las actuaciones previstas al amparo del presente convenio.
h) Llevar a cabo en todo momento un seguimiento, coordinación y dirección de la
ejecución de las actividades a desarrollar.
i) Cuantas otras sean consideradas de interés mutuo, dentro de la disponibilidad de
las partes y de las actividades que constituyen el objeto del presente convenio.
Cuarta
Obligaciones de CERMI Comunidad de Madrid
CERMI Comunidad de Madrid llevará a cabo el desarrollo y ejecución de las actuaciones previstas en el presente convenio, con el apoyo del presupuesto aportado por la
BOCM-20240614-21
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 141
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE JUNIO DE 2024
Pág. 79
Comunidad de Madrid, para promover la accesibilidad universal (física, sensorial, cognitiva…) de las personas con discapacidad en el ámbito del servicio de atención e información
al ciudadano en la Comunidad de Madrid.
Segunda
Líneas de actuación
La Comunidad de Madrid y CERMI Comunidad de Madrid colaborarán en el desarrollo de acciones que contribuyan al cumplimiento de la accesibilidad universal en los
términos establecidos en el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas
con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013,
de 29 de noviembre. Para ello colaborarán en el desarrollo y realización de los siguientes
tipos de actividades y líneas de actuación conjunta:
a) Elaboración y divulgación de material informativo y de buenas prácticas sobre inclusión y accesibilidad universal.
b) Realizar actividades de comunicación y concienciación sobre las necesidades en
materia de inclusión y accesibilidad universal.
c) Realizar y asistir a jornadas formativas y de concienciación orientadas a la mejora
de los servicios y trámites de la Comunidad de Madrid.
d) Apoyar y asistir a personas con discapacidad en las oficinas de atención e información al ciudadano de la Comunidad de Madrid para lograr una adecuada prestación
del servicio.
e) Asesoramiento técnico y jurídico en materia de inclusión y accesibilidad universal.
Tercera
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, asume las siguientes obligaciones:
a) Participar en jornadas y seminarios de concienciación y visibilización promovidos
por CERMI Comunidad de Madrid, cuyo objetivo sea el conocimiento de la accesibilidad universal en el ámbito del objeto del presente convenio.
b) Participar en las acciones formativas, orientadas tanto al ciudadano como al empleado público, promovidas por CERMI Comunidad de Madrid cuyo objetivo sea
la capacitación técnica en el ámbito del objeto de este convenio.
c) Comunicar y facilitar a CERMI Comunidad de Madrid las necesidades y oportunidades de asesoramiento en materia de accesibilidad universal en el ámbito del
objeto de este convenio.
d) Realizar, en la medida de sus posibilidades organizativas y presupuestarias, las
indicaciones propuestas por CERMI Comunidad de Madrid en materia de accesibilidad universal en el ámbito del objeto de este convenio.
e) Elaborar folletos, manuales, y/o guías de actuación en materia de atención e información al ciudadano contando con el asesoramiento de CERMI Comunidad de
Madrid en materia de accesibilidad universal y diseño atendiendo a las necesidades de todas las personas a las que pretende beneficiar el presente convenio.
f) Dar apoyo y asesoramiento del personal técnico de la Consejería a CERMI Comunidad de Madrid para garantizar la plena realización de los compromisos en
los diferentes ámbitos de actuación.
g) Aportación del presupuesto previsto en la cláusula sexta para el adecuado desarrollo
y ejecución de las actuaciones previstas al amparo del presente convenio.
h) Llevar a cabo en todo momento un seguimiento, coordinación y dirección de la
ejecución de las actividades a desarrollar.
i) Cuantas otras sean consideradas de interés mutuo, dentro de la disponibilidad de
las partes y de las actividades que constituyen el objeto del presente convenio.
Cuarta
Obligaciones de CERMI Comunidad de Madrid
CERMI Comunidad de Madrid llevará a cabo el desarrollo y ejecución de las actuaciones previstas en el presente convenio, con el apoyo del presupuesto aportado por la
BOCM-20240614-21
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