D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240614-23)
Autorización estación ITV –  Resolución de 11 de abril de 2023, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por la que se autoriza la puesta en servicio y explotación de la estación de inspección técnica de vehículos de la sociedad “ITV Barbastro, S. A. U.”, situada en la avenida San Nicasio Martín, número 4, Polígono Industrial Sector 8 Parcela PR16, en el municipio de Algete 28110
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 141

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2023, de la Dirección General de Promoción
Económica e Industrial, por la que se autoriza la puesta en servicio y explotación de la estación de inspección técnica de vehículos de la sociedad “ITV Barbastro, S. A. U.”, situada en la avenida San Nicasio Martín, número 4, Polígono
Industrial Sector 8 Parcela PR16, en el municipio de Algete 28110.
ANTECEDENTES DE HECHO

Primero
Con fecha 15 de octubre de 2022, D. David Domper Carruesco, en nombre y representación de la mercantil “ITV Barbastro, S. A. U.”, con NIF: A-22047310 y con domicilio
social en polígono Valle del Cinca, número 51, en la localidad de Barbastro, 22300 Huesca,
solicita autorización administrativa para la puesta en servicio y explotación de la estación de
inspección técnica de vehículos, situada en la avenida Nicasio Martín, número 4, Polígono
Industrial Sector 8 Parcela PR16, 28110 Algete (Madrid), de acuerdo con lo previsto en el
Decreto 8/2011, de 17 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos en la Comunidad de Madrid.
Segundo
En fechas 24 de octubre, 14 y 29 de noviembre, mediante oficios de esta Dirección General, se requiere al interesado documentación para completar su solicitud, de acuerdo con
lo establecido en el anexo del Decreto 8/2011, de 17 de febrero, y el Real Decreto 920/2017,
de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos.
Tercero
Con fechas 25 de octubre, 22 de noviembre, 14 de diciembre de 2022, “ITV Barbastro, S. A. U.”, presenta contestación a los citados requerimientos. Entre la documentación
aportada, se encuentra el acuerdo de la Comisión de Acreditación de la Entidad Nacional
de Acreditación (ENAC), de 2 de septiembre de 2022, por el que se acuerda ampliar el alcance de la acreditación número 38/EI/ITV043, en los términos que recoge el Anexo Técnico Revisión 26.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Segundo
El Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica
de vehículos, establece en su artículo 14.1 que “La ejecución material de las inspecciones
técnicas será realizada en estaciones ITV, de acuerdo con el modelo de gestión que establezca la comunidad autónoma en ejercicio de sus competencias. Dicha ejecución material podrá ser realizada por las comunidades autónomas directamente, o a través de sociedades de
economía mixta, o por empresas privadas, en régimen de concesión administrativa o autori-

BOCM-20240614-23

La competencia de esta Dirección General de Promoción Económica e Industrial para
iniciar el procedimiento sobre la cuestión planteada viene determinada por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, y por
el artículo 21 del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
que otorga a esta dirección general las competencias administrativas en relación con la inspección técnica de vehículos.