Mancomunidad Intermunicipal de La Encina (BOCM-20240611-87)
Ofertas de Empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 138
MARTES 11 DE JUNIO DE 2024
Pág. 203
La puntuación máxima para cada una de estas materias será de 5 puntos.
Se valorarán en función de las horas de duración, a razón de:
— Ente 20 y 49 horas: 3 puntos.
— De 50 en adelante: 5 puntos
Asimismo, se valorará estar en posesión de la acreditación justificativa referida a las siguientes herramientas informáticas vinculadas a la plaza objeto
de esta convocatoria a razón de 2,5 puntos cada acreditación:
— Sistema de Información Usuarios Servicios Sociales (SIUSS).
— Aplicación de Gestión del Registro y Expedientes municipales
(atmGERES).
— Aplicación Contabilidad Pública (atmContanet).
— Aplicación Gestión de Personal Entidades Locales (atmNominet).
9. Calificación final
La calificación final será el resultado de la suma de los puntos obtenidos en base a los
diferentes méritos evaluables recogidos en la base 8. La puntuación máxima que se podrá
obtener en el concurso será de 100 puntos entre la suma de la experiencia profesional, con
un máximo de 60 puntos, y los méritos relativos a conocimientos y formación, con un máximo de 40 puntos.
En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo:
1. Al mayor número de meses computables en el apartado A.1 recogido en “Experiencia Profesional”.
2. A la mayor puntuación obtenida en el apartado B.2 Formación Específica recogido en “Méritos relativos a conocimientos y formación”.
3. De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido
de los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que se determine en el sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se
refiere el artículo 17 del RGI, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
Una vez terminada la baremación y consideradas las reclamaciones presentadas, el
Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en el Tablón de
Anuncios y en la sede electrónica de la Mancomunidad.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de 20 días
hábiles desde que se publican en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en
la sede electrónica de esta Mancomunidad los documentos justificativos de las condiciones
de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las
condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo
presentar únicamente certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
La presidenta deberá nombrar funcionario al aspirante propuesto, en el plazo de un mes.
El nombramiento mencionado se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en la sede electrónica de esta Mancomunidad. Una vez publicado el nombramiento de funcionario, este deberá tomar posesión o incorporarse en el plazo de un mes.
11. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable
BOCM-20240611-87
10. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 138
MARTES 11 DE JUNIO DE 2024
Pág. 203
La puntuación máxima para cada una de estas materias será de 5 puntos.
Se valorarán en función de las horas de duración, a razón de:
— Ente 20 y 49 horas: 3 puntos.
— De 50 en adelante: 5 puntos
Asimismo, se valorará estar en posesión de la acreditación justificativa referida a las siguientes herramientas informáticas vinculadas a la plaza objeto
de esta convocatoria a razón de 2,5 puntos cada acreditación:
— Sistema de Información Usuarios Servicios Sociales (SIUSS).
— Aplicación de Gestión del Registro y Expedientes municipales
(atmGERES).
— Aplicación Contabilidad Pública (atmContanet).
— Aplicación Gestión de Personal Entidades Locales (atmNominet).
9. Calificación final
La calificación final será el resultado de la suma de los puntos obtenidos en base a los
diferentes méritos evaluables recogidos en la base 8. La puntuación máxima que se podrá
obtener en el concurso será de 100 puntos entre la suma de la experiencia profesional, con
un máximo de 60 puntos, y los méritos relativos a conocimientos y formación, con un máximo de 40 puntos.
En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo:
1. Al mayor número de meses computables en el apartado A.1 recogido en “Experiencia Profesional”.
2. A la mayor puntuación obtenida en el apartado B.2 Formación Específica recogido en “Méritos relativos a conocimientos y formación”.
3. De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido
de los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que se determine en el sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se
refiere el artículo 17 del RGI, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
Una vez terminada la baremación y consideradas las reclamaciones presentadas, el
Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en el Tablón de
Anuncios y en la sede electrónica de la Mancomunidad.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de 20 días
hábiles desde que se publican en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en
la sede electrónica de esta Mancomunidad los documentos justificativos de las condiciones
de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos,
no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las
condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo
presentar únicamente certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
La presidenta deberá nombrar funcionario al aspirante propuesto, en el plazo de un mes.
El nombramiento mencionado se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en la sede electrónica de esta Mancomunidad. Una vez publicado el nombramiento de funcionario, este deberá tomar posesión o incorporarse en el plazo de un mes.
11. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable
BOCM-20240611-87
10. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento