Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240610-68)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 137

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JUNIO DE 2024

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Varadero Solar, S.L.U., autorización administrativa de construcción para la instalación
fotovoltaica Varadero Solar, de 47,71 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de
evacuación, en los términos municipales de Arganda del Rey y Loeches, en la Comunidad
de Madrid, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
Varadero Solar, S.L.U., solicitó, con fecha 6 de agosto de 2020, subsanada posteriormente con fecha 3 de noviembre de 2020, autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de la instalación fotovoltaica Varadero Solar de 50,5 MWp,
así como de su infraestructura de evacuación.
Mediante Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Varadero Solar, S.L.U., autorización administrativa previa para
la instalación fotovoltaica Varadero Solar, de 47,71 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Arganda del Rey y Loeches,
en la Comunidad de Madrid (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 101, de 28 de abril de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, en el marco de la evaluación de impacto ambiental practicada, el promotor presentó, con fecha 20 de abril de 2023, documentación ambiental complementaria y adenda
al proyecto técnico administrativo de la instalación fotovoltaica. Según la adenda presentada, se reduce el área de ocupación de la planta solar fotovoltaica en 63 hectáreas, de 160
hectáreas iniciales a 97 hectáreas, sin variar la potencia instalada de la planta, para cumplir
con los condicionantes indicados en la declaración de impacto ambiental, sin producir nuevas afecciones sobre organismos públicos ni sobre nuevos propietarios.
Varadero Solar, S.L.U. (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 20 de abril de 2023,
autorización administrativa de construcción aportando el proyecto técnico administrativo, la
adenda al proyecto técnico administrativo de la instalación fotovoltaica y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como declaración,
en concreto, de utilidad pública, para la instalación fotovoltaica Varadero Solar, de 47,71 MW
de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de
Arganda del Rey y Loeches, en la Comunidad de Madrid.
Considerando que el artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
permite que las modificaciones de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa obtengan autorización administrativa de construcción sin requerir una nueva autorización administrativa previa cuando se cumplan la totalidad de las
condiciones dispuestas en el mismo.
El promotor presenta, con fecha 20 de abril de 2023, escrito justificando el cumplimiento de la totalidad de las condiciones establecidas en el citado artículo y, entre ellas, que
no se requiera declaración, en concreto, de utilidad pública para la realización de las modificaciones planteadas.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 131 y
146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la
Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y de la Dirección
General de Promoción Económica e Industrial de la Viceconsejería de Economía de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid. Se ha dado traslado
al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las mismas.

BOCM-20240610-68

Dirección General de Política Energética y Minas