C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240610-27)
Bases ayudas – Orden 1696/2024, de 20 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para incorporación de jóvenes agricultores, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado, y se aprueba la convocatoria para el año 2024 de la ayuda para financiar el establecimiento de personas jóvenes agricultores
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BOCM
LUNES 10 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 137
ción de intervenciones incluidas en el Plan Estratégico de la PAC de España y sus anexos 20232027 de la Comunidad de Madrid (PEPAC-CM) y, este PEPAC-CM fue sometido a consulta
con el objeto de recibir observaciones tanto de los aspectos ambientales del mismo en el marco del procedimiento ambiental como de otros aspectos que se encuadraban dentro del proceso de aprobación del PEPAC tal y como se refiere detenidamente en el apartado relativo a la
tramitación de la norma (anexo I sobre la evaluación ex ante y la evaluación estratégica medioambiental (EEM) contemplada en la Directiva 2001/42/CE). Por lo que los interesados han
podido participar en la definición del contenido del PEPAC-CM que es el que marca los aspectos esenciales que se desarrollan normativamente a través de estas bases reguladoras. Por otro
lado, estas ayudas están previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de
Medio Ambiente, Agricultura e Interior, para el período 2024-2027, aprobado mediante Orden
396/2024, de 2 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 38 de
14 de febrero de 2024), como Línea de subvención 34 del anexo I, corregida a través de la Orden 613/2024, de 16 de febrero, de corrección de errores de la Orden 396/2024, de 2 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, para el período 2024-2027 (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 51, de 29 febrero de 2024), modificada a través de la Orden
1214/2024, de 9 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la
que se crean las líneas de subvención 71, 72, 73 y 74 y se modifican las líneas 20, 29, 30, 31,
32, 33, 34, 35, 38, 39 y 40 del anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería
para el período 2024-2027, aprobado mediante Orden 396/2024, de 2 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 95, de 22 de abril 2024), y de la Orden
1415/2024, de 25 de abril, de corrección de errores de la Orden 396/2024, de 2 de febrero, por
la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, para el período 2024-2027 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 107, de 6 de mayo de 2024).
Se garantiza la aplicación del principio de eficiencia ya que hace un uso razonable de
los recursos públicos por tratarse de ayudas financiadas por el FEADER y no se han establecido cargas administrativas innecesarias o accesorias.
Por todo ello, cumplidos los preceptivos trámites reglamentarios, vistas las disposiciones citadas y demás de general y pertinente aplicación y de acuerdo con lo establecido en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba su Reglamento de aplicación, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto por
el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 222/1998, de 23 de
diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto de la Orden
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas económicas destinadas a fomentar la incorporación de jóvenes agricultores en la Comunidad
de Madrid, así como aprobar la convocatoria para el año 2024 de la ayuda para financiar el
establecimiento de personas jóvenes agricultores (Intervención 6961.1).
Las bases reguladoras de estas ayudas se establecen en el capítulo I y la convocatoria
para la anualidad 2024 de la ayuda para financiar el establecimiento de personas jóvenes
agricultores (Intervención 6961.1)se establece en el capítulo II de la presente Orden.
Capítulo I
Bases reguladoras
SECCIÓN 1.a
Disposiciones generales
Artículo 2
Finalidad de las ayudas
1. La finalidad de las subvenciones previstas en la presente Orden es el rejuvenecimiento de la población activa agraria fomentando el relevo generacional que contribuya a
la mejora de la competitividad y dinamización del sector, así como el mantenimiento de la
actividad agraria y la creación de empleo en las zonas rurales.
BOCM-20240610-27
Pág. 124
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 137
ción de intervenciones incluidas en el Plan Estratégico de la PAC de España y sus anexos 20232027 de la Comunidad de Madrid (PEPAC-CM) y, este PEPAC-CM fue sometido a consulta
con el objeto de recibir observaciones tanto de los aspectos ambientales del mismo en el marco del procedimiento ambiental como de otros aspectos que se encuadraban dentro del proceso de aprobación del PEPAC tal y como se refiere detenidamente en el apartado relativo a la
tramitación de la norma (anexo I sobre la evaluación ex ante y la evaluación estratégica medioambiental (EEM) contemplada en la Directiva 2001/42/CE). Por lo que los interesados han
podido participar en la definición del contenido del PEPAC-CM que es el que marca los aspectos esenciales que se desarrollan normativamente a través de estas bases reguladoras. Por otro
lado, estas ayudas están previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de
Medio Ambiente, Agricultura e Interior, para el período 2024-2027, aprobado mediante Orden
396/2024, de 2 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 38 de
14 de febrero de 2024), como Línea de subvención 34 del anexo I, corregida a través de la Orden 613/2024, de 16 de febrero, de corrección de errores de la Orden 396/2024, de 2 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, para el período 2024-2027 (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 51, de 29 febrero de 2024), modificada a través de la Orden
1214/2024, de 9 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la
que se crean las líneas de subvención 71, 72, 73 y 74 y se modifican las líneas 20, 29, 30, 31,
32, 33, 34, 35, 38, 39 y 40 del anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería
para el período 2024-2027, aprobado mediante Orden 396/2024, de 2 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 95, de 22 de abril 2024), y de la Orden
1415/2024, de 25 de abril, de corrección de errores de la Orden 396/2024, de 2 de febrero, por
la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, para el período 2024-2027 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 107, de 6 de mayo de 2024).
Se garantiza la aplicación del principio de eficiencia ya que hace un uso razonable de
los recursos públicos por tratarse de ayudas financiadas por el FEADER y no se han establecido cargas administrativas innecesarias o accesorias.
Por todo ello, cumplidos los preceptivos trámites reglamentarios, vistas las disposiciones citadas y demás de general y pertinente aplicación y de acuerdo con lo establecido en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba su Reglamento de aplicación, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto por
el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 222/1998, de 23 de
diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto de la Orden
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas económicas destinadas a fomentar la incorporación de jóvenes agricultores en la Comunidad
de Madrid, así como aprobar la convocatoria para el año 2024 de la ayuda para financiar el
establecimiento de personas jóvenes agricultores (Intervención 6961.1).
Las bases reguladoras de estas ayudas se establecen en el capítulo I y la convocatoria
para la anualidad 2024 de la ayuda para financiar el establecimiento de personas jóvenes
agricultores (Intervención 6961.1)se establece en el capítulo II de la presente Orden.
Capítulo I
Bases reguladoras
SECCIÓN 1.a
Disposiciones generales
Artículo 2
Finalidad de las ayudas
1. La finalidad de las subvenciones previstas en la presente Orden es el rejuvenecimiento de la población activa agraria fomentando el relevo generacional que contribuya a
la mejora de la competitividad y dinamización del sector, así como el mantenimiento de la
actividad agraria y la creación de empleo en las zonas rurales.
BOCM-20240610-27
Pág. 124
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID