C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240610-27)
Bases ayudas –  Orden 1696/2024, de 20 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para incorporación de jóvenes agricultores, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado, y se aprueba la convocatoria para el año 2024 de la ayuda para financiar el establecimiento de personas jóvenes agricultores
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 137

LUNES 10 DE JUNIO DE 2024

Pág. 145

zo, o bien en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (en adelante, REA) según se regula en el Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, y de acuerdo con la entrada en vigor del mismo, con las siguientes características:
a) Tener una dimensión mínima que posibilite la ocupación de una unidad de trabajo
agrario (UTA) por cada titular de conformidad con el modelo que se incorporará
como anexo I en las convocatorias. La dimensión máxima será la que posibilite la
ocupación de 10 UTA por cada titular. Ser viable técnica y económicamente. La viabilidad económica se entenderá a partir de una renta unitaria de trabajo igual o superior al salario mínimo interprofesional.
b) En el caso de producciones ecológicas (agrícolas o ganaderas), estar inscrito en el
Comité de Agricultura Ecológica.
c) Tener más del 50 por 100 de su superficie en la Comunidad de Madrid.
d) En el caso de explotaciones ganaderas en extensivo, la carga ganadera de la explotación deberá ser, como máximo, de 1,5 Unidades de Ganado Mayor (UGM) por
hectárea. Se utilizará la siguiente tabla de conversión:
Bovinos

De menos de 1 año

0,400 UGM

De un año a menos de dos años

0,700 UGM

Machos, de dos años o más

1,000 UGM

Novillas, de dos años o más

0,800 UGM

Vacas de aptitud láctea, de dos años o más

1,000 UGM

Otras vacas, de dos años o más

0,800 UGM

Ovinos y caprinos

0,100 UGM

Equinos

0,800 UGM

Porcinos

Lechones > 20 Kg de peso vivo

0,027 UGM

Cerdas de cría > 50 Kg

0,500 UGM

Otros cerdos

0,300 UGM

Para el cálculo de la carga ganadera la superficie a tener en cuenta será la superficie
neta de pastos, esto es, la superficie forrajera total de la explotación resultante tras aplicar
el coeficiente de subvencionabilidad de pastos (CSP) para cada recinto de pastos.
3. Ser agricultor activo y el 25 por 100 o más de sus ingresos totales son ingresos
agrarios.
4. Estar dado de alta en el Sistema Especial para Trabajadores por cuenta propia
Agrarios (SETA) del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el correspondiente régimen de la Seguridad Social por su actividad agraria.
5. Ser jefe de explotación.
Artículo 42
1. Los solicitantes deberán presentar junto con la solicitud la documentación que se
indica a continuación:
a) NIF/NIE del solicitante. El NIF/NIE podrá ser obtenido de oficio por la Comunidad de Madrid si el solicitante lo autoriza en su solicitud.
b) Acreditación de la cualificación profesional mediante alguno de los documentos
recogidos en el artículo 4.7.
En el caso que no se haya completado la cualificación profesional se deberá acreditar,
al menos, el 50 por 100 de las horas lectivas exigidas y presentar un compromiso de
adquirirlas (modelo que se incorporará como anexo V en las convocatorias).
c) Informe actualizado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
d) Las 3 últimas declaraciones de IRPF o certificado de la AEAT de no haber presentado declaración.
e) Declaración del solicitante del cumplimiento de los compromisos que adquiere en
el momento de la concesión de esta ayuda, o el compromiso de su cumplimiento
en el plazo máximo de 18 meses desde la fecha de notificación de la concesión de
la ayuda (modelo que se incorporará como anexo V en las convocatorias).
f) Declaración de no haber recibido o estar pendiente de recibir ninguna ayuda de incorporación de joven agricultor en ninguna convocatoria anterior ni en otra comunidad autónoma.

BOCM-20240610-27

Documentación a presentar con la solicitud