Móstoles (BOCM-20240607-68)
Urbanismo. Plan especial
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 135

con el artículo 3.4 del Real Decreto 9/2005, de 14 enero, al encontrarse incluida la actividad
de venta al por menos de carburantes para automoción en el Anexo I de este Real Decreto.
Según recoge el Estudio, el estudio histórico pone de manifiesto que el único uso al
que ha sido destinado el emplazamiento propuesto es el agrario, aunque en 2009, se detecta lo que parece ser un aparcamiento de vehículos. Se llevan a cabo tres sondeos para el
muestreo de los suelos. Estos sondeos se sitúan junto al futuro tanque enterrado y a los surtidores, con la instalación de piezómetros de control, de 10 m de profundidad, para el muestreo de las aguas subterráneas.
El suelo bajo las futuras instalaciones de la Estación de Servicio estará constituido por
un relleno antrópico que alcanza una profundidad de entre 1,90 y 2,40 m formado por arenas
finas con restos vegetales y limos arenosos y posteriormente, arena de mida. En los sondeos
S1 y S2 se detecta presencia de agua subterránea a una profundidad de 7,5 y 8 m, mientras
que el sondeo S3, la detecta a 10 m. En cada uno de estos sondeos se procede a la toma de
dos muestras, la 1.a entre 1,80 m y 2,60 m de profundidad, excepto en S1 que se alcanzan
los 4-4,20 m (buscando la base del futuro deposito enterrado) y la 2.a entre 7 y 7,40 m.
El estudio concluye que no se han detectado concentraciones por encima de los valores normativos de referencia para uso industrial, ni en suelos ni en aguas subterráneas.
Por lo tanto, de los datos aportados por el Estudio de Caracterización no se deduce la
existencia de indicios de afección a la calidad del suelo ni a las aguas subterráneas.
1.3. Informe sanitario-ambiental.
Según el Informe Sanitario-Ambiental el “Plan Especial para la implantación de una
Estación de Servicio de Combustible con Centro de Lavado de Vehículos en parcela situada en la calle Benito Pérez Galdós, sin número, con vuelta a la avenida de Iker Casillas, en
la localidad de Móstoles (Madrid)” emitido con fecha 13 de abril de 2023, por Dirección General de Salud Pública, Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, en relación a la
Memoria Ambiental presentada el 3 de agosto de 2023 (registro de entrada número 38714),
se deberán tener en cuenta los requisitos y recomendaciones propuestos. Estos serán:
— Definición de los indicadores del medio: características de la población que puede
verse afectada y distancia a la que se encuentran de la actuación.
El resto se incluirán en la documentación del Proyecto de Ejecución ya que corresponden a las fases de ejecución de la obra y al funcionamiento del establecimiento: Serán:
— Aplicación de las Mejoras Técnicas Disponibles (MTDs) durante la fase de ejecución de las obras con el fin de minimizar la afección a la población afectada.
— Durante la fase de ejecución, vigilancia de la proliferación de plagas.
— En la fase de funcionamiento los principales impactos sobre la población.
— Prevención del desarrollo de la legionelosis en la instalación de lavados de vehículos. Por ello, en el funcionamiento rutinario de la instalación se implantará un programa de mantenimiento y control en base a las medidas higiénico sanitarias establecidas en el RD 487/2022, de 21 junio, por el que se establecen los requisitos
sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.
1.4. Informe de la Subdirección General de Protección Civil.
Según el Informe de la Subdirección General de Protección Civil recibido (número expediente 10-UB2-00030.4/2023 SIA:23/030), en relación al “Plan Especial para la implantación
de una Estación de Servicio de Combustible con Centro de Lavado de Vehículos en parcela situada en la calle Benito Pérez Galdós, sin número, con vuelta a la avenida de Iker Casillas, en
la localidad de Móstoles (Madrid)” presentado, se informa que dentro de sus competencias, no
tiene ninguna observación o sugerencia que realizar al Plan Especial presentado.
1.5. Informe de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular
de la CAM, respecto a la Evaluación Ambiental.
Con fecha 6 de marzo de 2023, la Consejería de Medio Ambiente solicita ampliación
del Estudio de Contaminación Acústica e relación al estudio acústico del tráfico rodado.
Para ello se debe aportar:
— Delimitación de áreas de sensibilidad acústica en el ámbito y sus zonas colindantes.
— Mapa de ruido de la situación post operacional en los períodos de día, tarde y noche.
— Estudio de cumplimiento de los valores objetivo tanto en el ámbito como en las
zonas colindantes a la actividad objeto del plan especial.
Con fecha 6 de junio de 2023, y registro número 2023/30298, se remite al Excmo.
Ayuntamiento de Móstoles la información requerida, resultando de nuevo insuficiente la
información aportada para la emisión de del informe de evaluación ambiental estratégi-

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