C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20240607-26)
Convenio ejecución infraestructuras –  Convenio de 27 de mayo de 2024, para la gestión del servicio de distribución con renovación de las infraestructuras internas de la Urbanización “Prado Grande-Prado de La Navata”, entre Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., M. P., el Ayuntamiento de Galapagar y la Urbanización “Prado Grande-Prado de La Navata”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 135

Undécimo
En virtud del presente Convenio las partes desarrollan una cooperación entre ellas con
la finalidad de garantizar que los servicios públicos que les incumben, en este supuesto, la
prestación eficaz, eficiente y sostenible del servicio de abastecimiento de agua en la Urbanización “Prado Grande-Prado de La Navata”, se prestan de modo que se logren los objetivos que tienen en común, estando guiada dicha cooperación, únicamente, por consideraciones relacionadas con el interés público. La ejecución de las obras contenidas en el
Expositivo Octavo permitirá el cumplimiento del objetivo común de las partes relativo a la
renovación de la red de distribución de agua de consumo humano de la Urbanización que
permita una gestión óptima del servicio de abastecimiento y su prestación con los adecuados estándares de calidad, todo ello de conformidad con la Normativa Técnica que aplica
la Sociedad Canal a este tipo de instalaciones.
Duodécimo
La Urbanización, mediante Acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 8 de marzo de 2023, aprueba la firma del presente Convenio y la forma de financiación de las obras de la nueva red de distribución y faculta a su Presidente para que, en su
nombre y representación, lo suscriba.
Decimotercero
El Ayuntamiento, mediante Acuerdo del Pleno de fecha de 21 de diciembre de 2023,
aprueba el presente Convenio y la forma de financiación, mediante cuota suplementaria, así
como el diseño y establecimiento de las infraestructuras hidráulicas que permitan una gestión óptima del servicio de abastecimiento de agua de consumo humano en el ámbito de la
Urbanización “Prado Grande-Prado de La Navata” y su prestación con los adecuados estándares de calidad.
Decimocuarto
Con la finalidad de que los vecinos de la Urbanización puedan disfrutar de la prestación del servicio público de abastecimiento domiciliario de agua de consumo humano de
calidad, resulta necesario diseñar y establecer una red de infraestructuras hidráulicas que
permita una gestión óptima del servicio y su prestación con los adecuados estándares de calidad, de conformidad con las competencias que sobre la prestación del servicio de distribución de agua ostentan las Partes. Como consecuencia de lo expuesto, las Partes deciden
celebrar el presente Convenio, que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
Capítulo I
Objeto y ámbito de aplicación
Primera

El presente Convenio tiene por objeto establecer una cooperación entre las partes dirigida a la regulación del servicio de distribución de agua de consumo humano en el ámbito
de la Urbanización “Prado Grande-Prado de La Navata”.
Igualmente, tiene por objeto la ejecución de las obras de renovación de la red de distribución de agua de consumo humano en el ámbito de la Urbanización “Prado Grande-Prado de La Navata” previstas en el Expositivo Octavo del Presente Convenio.
El presente Convenio establece el régimen de regulación del servicio de distribución
de agua de consumo humano diferenciando el período que transcurrirá desde el inicio de
efectos del Convenio hasta la completa ejecución de las obras; y, posteriormente, desde ese
último momento hasta la total recuperación de la inversión por parte de la Sociedad Canal.
Los Anexos al presente Convenio forman parte inseparable del mismo, vinculan igualmente a las Partes y están sujetos a los mismos presupuestos de inicio y finalización de efectos.

BOCM-20240607-26

Objeto del Convenio