C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240606-17)
Concesión ayudas – Resolución 2965/2024, de 4 de junio, del Director General de Servicios Sociales e Integración, por la que se concede ayudas del bono social térmico 2022 a 1.974 beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2021 en la Comunidad de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta resolución al derecho de las ayudas del bono social térmico 2022
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BOCM
Pág. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 134
Segundo
BOCM-20240606-17
Declarar el inicio del plazo de renuncia, otorgando 10 días hábiles a los interesados para
la presentación de la solicitud de la renuncia al derecho de la ayuda del bono social térmico 2022, desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid
( https://tramita.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/bono-social-termico-2 ). El
modelo de renuncia se encuentra en el Anexo I de la Orden 1478/2022, de 27 de junio.
Contra la resolución de concesión, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que
dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 4 de junio de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, P. D. (Orden 3147/2023, de 5 de diciembre), el Director General de Servicios Sociales
e Integración, Fernando Ignacio Ayres Janeiro.
(03/8.868/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 134
Segundo
BOCM-20240606-17
Declarar el inicio del plazo de renuncia, otorgando 10 días hábiles a los interesados para
la presentación de la solicitud de la renuncia al derecho de la ayuda del bono social térmico 2022, desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid
( https://tramita.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/bono-social-termico-2 ). El
modelo de renuncia se encuentra en el Anexo I de la Orden 1478/2022, de 27 de junio.
Contra la resolución de concesión, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que
dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 4 de junio de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, P. D. (Orden 3147/2023, de 5 de diciembre), el Director General de Servicios Sociales
e Integración, Fernando Ignacio Ayres Janeiro.
(03/8.868/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791