C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240606-17)
Concesión ayudas – Resolución 2965/2024, de 4 de junio, del Director General de Servicios Sociales e Integración, por la que se concede ayudas del bono social térmico 2022 a 1.974 beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2021 en la Comunidad de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta resolución al derecho de las ayudas del bono social térmico 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE JUNIO DE 2024
Pág. 49
sión directa en el año 2023 del bono social térmico 2022 y por la que se inicia el procedimiento para la gestión, concesión y pago del bono social térmico 2022 en la Comunidad de Madrid.
Séptimo
Por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 3 de abril de 2024, se autoriza un gasto por
importe dos millones quinientos noventa y nueve mil cuatrocientos veinticinco euros con
setenta y dos céntimos (2.599.425,72 euros) para el pago de las ayudas restantes del Bono
Social Térmico 2022 en la Comunidad de Madrid, con cargo a la partida presupuestaria 48399 del Programa 232E del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Octavo
Mediante Orden 1119/2024, de 5 de abril, de la Consejera de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se declara el importe de crédito presupuestario disponible para
la concesión directa de ayudas del Bono Social Térmico 2022 en el año 2024 por importe
de 2.599.425,72 euros.
Noveno
De conformidad al artículo 6 de la citada Orden 1478/2022, los comercializadores de
referencia han remitido a este centro gestor los archivos con los listados de los beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2021, que han sido debidamente tratados en la aplicación electrónica del bono social térmico.
La situación es la siguiente a fecha de la presente resolución:
Beneficiarios informados por la Secretaría de Estado de Energía
137.346
Beneficiarios informados por los Comercializadores
137.369
Beneficiarios fallecidos
3.055
Beneficiarios con renuncia
18
Beneficiarios duplicados
167
Expedientes completos
133.000
Expedientes incompletos
1.129
Décimo
La resolución de concesión de la subvención compete a la titular de Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en virtud de la normativa en materia de subvenciones.
De acuerdo con lo previsto en el dispongo tercero de la Orden 3147/2023, de 5 de diciembre, por la que delega el ejercicio de competencias en diferentes órganos de la Consejería y
se desconcentran las competencias en materia de protectorado de fundaciones, se delega en
los titulares de las Direcciones Generales los actos y resoluciones relativos a los procedimientos de concesión y ayudas, dentro de sus respectivos ámbitos competenciales.
Undécimo
RESUELVO
Primero
Conceder, en una sexta fase, las ayudas del bono social térmico de 2022 en la Comunidad de Madrid, por una cuantía total 1.072.415,07 euros para la relación de 1.974 beneficiarios de los 137.369 informados por los comercializadores de referencia, y por los importes fijados en la Orden 719/2023, de 10 de marzo de la Consejera de Familia, Juventud
y Política Social que figuran relacionados en el Anexo a esta resolución.
BOCM-20240606-17
Atendiendo al artículo 8 de la citada Orden 1478/2022, de 27 de junio, el beneficiario
podrá renunciar al pago de la ayuda en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución de concesión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, transcurrido el cual se entenderá aceptado. El modelo de renuncia
(2960FO1) se encuentra en el Anexo I de esta misma Orden.
( https://tramita.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/bono-social-termico-2 ).
En su virtud,
B.O.C.M. Núm. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE JUNIO DE 2024
Pág. 49
sión directa en el año 2023 del bono social térmico 2022 y por la que se inicia el procedimiento para la gestión, concesión y pago del bono social térmico 2022 en la Comunidad de Madrid.
Séptimo
Por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 3 de abril de 2024, se autoriza un gasto por
importe dos millones quinientos noventa y nueve mil cuatrocientos veinticinco euros con
setenta y dos céntimos (2.599.425,72 euros) para el pago de las ayudas restantes del Bono
Social Térmico 2022 en la Comunidad de Madrid, con cargo a la partida presupuestaria 48399 del Programa 232E del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Octavo
Mediante Orden 1119/2024, de 5 de abril, de la Consejera de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se declara el importe de crédito presupuestario disponible para
la concesión directa de ayudas del Bono Social Térmico 2022 en el año 2024 por importe
de 2.599.425,72 euros.
Noveno
De conformidad al artículo 6 de la citada Orden 1478/2022, los comercializadores de
referencia han remitido a este centro gestor los archivos con los listados de los beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2021, que han sido debidamente tratados en la aplicación electrónica del bono social térmico.
La situación es la siguiente a fecha de la presente resolución:
Beneficiarios informados por la Secretaría de Estado de Energía
137.346
Beneficiarios informados por los Comercializadores
137.369
Beneficiarios fallecidos
3.055
Beneficiarios con renuncia
18
Beneficiarios duplicados
167
Expedientes completos
133.000
Expedientes incompletos
1.129
Décimo
La resolución de concesión de la subvención compete a la titular de Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en virtud de la normativa en materia de subvenciones.
De acuerdo con lo previsto en el dispongo tercero de la Orden 3147/2023, de 5 de diciembre, por la que delega el ejercicio de competencias en diferentes órganos de la Consejería y
se desconcentran las competencias en materia de protectorado de fundaciones, se delega en
los titulares de las Direcciones Generales los actos y resoluciones relativos a los procedimientos de concesión y ayudas, dentro de sus respectivos ámbitos competenciales.
Undécimo
RESUELVO
Primero
Conceder, en una sexta fase, las ayudas del bono social térmico de 2022 en la Comunidad de Madrid, por una cuantía total 1.072.415,07 euros para la relación de 1.974 beneficiarios de los 137.369 informados por los comercializadores de referencia, y por los importes fijados en la Orden 719/2023, de 10 de marzo de la Consejera de Familia, Juventud
y Política Social que figuran relacionados en el Anexo a esta resolución.
BOCM-20240606-17
Atendiendo al artículo 8 de la citada Orden 1478/2022, de 27 de junio, el beneficiario
podrá renunciar al pago de la ayuda en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución de concesión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, transcurrido el cual se entenderá aceptado. El modelo de renuncia
(2960FO1) se encuentra en el Anexo I de esta misma Orden.
( https://tramita.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/bono-social-termico-2 ).
En su virtud,