Velilla de San Antonio (BOCM-20240605-86)
Régimen económico. Ordenanza tasa escuela música
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 133
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
86
VELILLA DE SAN ANTONIO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Siendo definitivo el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de las
siguientes tasas municipales, y transcurrido el plazo de alegaciones sin que se haya presentado ninguna, y en cumplimiento de los dispuesto en los art 14.4 de la Ley 39/1988, de 28
de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, y el 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
de las Bases de Régimen Local, se publica a continuación el texto íntegro de los artículos
modificados:
EXP. 608/2024
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA N.o 12
POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA ESCUELA DE MÚSICA,
DANZA Y TEATRO
Nota Común: Todos aquellos alumnos que requieran una preparación específica para
ingresar en el Conservatorio, abonarán un incremento de 15,00 euros/mes.
Nota: La práctica instrumental de 6 a 8 años es opcional, siendo obligatoria a partir de
los 8 años.
Todos aquellos alumnos y alumnas que tengan instrumento de préstamo deberán entregar el instrumento a final de curso con un informe técnico de mantenimiento elaborado
por un luthier, donde indique que está en perfecto uso. De no entregar el instrumento, se le
cobrará el importe de este (precio actualizado del modelo) y no podrá matricularse en la Escuela. En el caso de que el instrumento sea devuelto en mal estado o sin informe técnico, al
alumno/a o responsable del mismo se le cobrará el coste del mantenimiento.
Artículo 5. Forma de pago.
[…]
1.2. Si el alumno tuviera que causar alta o baja en cualquier actividad, lo tendrá que
notificar mediante registro en dependencias municipales antes del día 20 del mes en curso.
Los alumnos que presenten baja deberán formalizar una nueva matrícula en caso de presentar nueva alta, tanto sea para el mismo curso o un nuevo curso.
BOCM-20240605-86
Artículo 3. Cuantía.—Las tarifas de esta tasa serán las siguientes:
Matrícula 16,00 euros.
Música:
— Música y Movimiento (3 a 7 años): 30,00 euros/mes.
— Lenguaje musical: 25,00 euros/mes.
— Práctica Instrumental: 24,00 euros/mes.
Los menores de 14 que cursen práctica instrumental deberán cursar obligatoriamente lenguaje Musical y el precio total será de 45 euros, así como aquellos alumnos adultos que cursen las dos disciplinas.
— Segundo Instrumento: 20,00 euros/mes.
— Musicoterapia: 20,00 euros/mes.
— Técnicas de voz: 24,00 euros/mes.
Orquesta y Coro: Gratuito, solo se abonará la matrícula.
— Cesión de espacio y material instrumental para grupos instrumentales ajenos a la
Escuela, siempre que tengan un interés económico: 40,00 euros/mes.
Danza:
— Danza Española: 24,00 euros/mes.
— Danza Clásica: 24,00 euros/mes.
— Danza Contemporánea: 24,00 euros/mes.
Teatro: 24,00 euros/mes.
Pág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 133
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
86
VELILLA DE SAN ANTONIO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Siendo definitivo el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de las
siguientes tasas municipales, y transcurrido el plazo de alegaciones sin que se haya presentado ninguna, y en cumplimiento de los dispuesto en los art 14.4 de la Ley 39/1988, de 28
de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, y el 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
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modificados:
EXP. 608/2024
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA N.o 12
POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA ESCUELA DE MÚSICA,
DANZA Y TEATRO
Nota Común: Todos aquellos alumnos que requieran una preparación específica para
ingresar en el Conservatorio, abonarán un incremento de 15,00 euros/mes.
Nota: La práctica instrumental de 6 a 8 años es opcional, siendo obligatoria a partir de
los 8 años.
Todos aquellos alumnos y alumnas que tengan instrumento de préstamo deberán entregar el instrumento a final de curso con un informe técnico de mantenimiento elaborado
por un luthier, donde indique que está en perfecto uso. De no entregar el instrumento, se le
cobrará el importe de este (precio actualizado del modelo) y no podrá matricularse en la Escuela. En el caso de que el instrumento sea devuelto en mal estado o sin informe técnico, al
alumno/a o responsable del mismo se le cobrará el coste del mantenimiento.
Artículo 5. Forma de pago.
[…]
1.2. Si el alumno tuviera que causar alta o baja en cualquier actividad, lo tendrá que
notificar mediante registro en dependencias municipales antes del día 20 del mes en curso.
Los alumnos que presenten baja deberán formalizar una nueva matrícula en caso de presentar nueva alta, tanto sea para el mismo curso o un nuevo curso.
BOCM-20240605-86
Artículo 3. Cuantía.—Las tarifas de esta tasa serán las siguientes:
Matrícula 16,00 euros.
Música:
— Música y Movimiento (3 a 7 años): 30,00 euros/mes.
— Lenguaje musical: 25,00 euros/mes.
— Práctica Instrumental: 24,00 euros/mes.
Los menores de 14 que cursen práctica instrumental deberán cursar obligatoriamente lenguaje Musical y el precio total será de 45 euros, así como aquellos alumnos adultos que cursen las dos disciplinas.
— Segundo Instrumento: 20,00 euros/mes.
— Musicoterapia: 20,00 euros/mes.
— Técnicas de voz: 24,00 euros/mes.
Orquesta y Coro: Gratuito, solo se abonará la matrícula.
— Cesión de espacio y material instrumental para grupos instrumentales ajenos a la
Escuela, siempre que tengan un interés económico: 40,00 euros/mes.
Danza:
— Danza Española: 24,00 euros/mes.
— Danza Clásica: 24,00 euros/mes.
— Danza Contemporánea: 24,00 euros/mes.
Teatro: 24,00 euros/mes.