C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240604-34)
Regulación comedores sociales – Resolución 2773/2024, de 22 de mayo, de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se regula la concesión de plazas en la Red Abierta de Comedores Sociales de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE JUNIO DE 2024
Pág. 99
Decimonoveno
Promoción de programas inclusión social y laboral
1. La dirección general competente en materia de asignación de plazas en comedores sociales podrá promover el acceso de los usuarios de los comedores sociales a talleres,
estudios, proyectos y programas destinados a mejorar su inclusión social, laboral y situación sociosanitaria.
2. El acceso a estos talleres, estudios, proyectos y programas se realizará mediante
la cumplimentación del Anexo VI y/o Anexo VII que se hará entrega al usuario, previa explicación de la acción a desarrollar.
La dirección general competente en la asignación de plazas en comedores sociales de
la Comunidad de Madrid podrá determinar de oficio la necesidad de cumplimentación de
un modelo normalizado de solicitud diseñado para tal efecto.
El acceso a talleres y programas se realizaría atendiendo a la fecha de la solicitud presentada por registro por el interesado.
3. En el supuesto de talleres o programas de inserción laboral, los usuarios deberán
cumplimentar el Anexo VI y/o Anexo VII y reunir los siguientes requisitos:
a) Estar en edad laboral activa.
b) No tener reconocida incapacidad laboral temporal o permanente absoluta.
Vigésimo
Protección de datos de carácter personal
1. Los datos personales de los beneficiarios se integrarán en el tratamiento de datos
personales “Gestión de comedores sociales”.
2. El tratamiento de datos se realizará bajo la responsabilidad de la dirección general con competencias en materia asignación de plazas en los comedores sociales, calle
O’Donnell, número 50, de Madrid, pudiendo consultar más información al respecto en
https://www.comunidad.madrid/gobierno/informacion-juridica-legislacion/protecciondatos
3. La información sobre protección de datos que aparece al dorso de los formularios
recogidos en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII de la presente resolución se corresponde
con los términos actualmente publicados en Registro de Actividades de Tratamiento de la
Comunidad de Madrid, y se entenderá automáticamente actualizada cada vez que se modifique la información declarada en la actividad de tratamiento “Gestión de comedores sociales” en dicho Registro.
4. Los datos personales que se obtengan de los beneficiarios del servicio de comedores sociales serán tratados o en su caso, comunicados a los órganos de esta Administración y
otras Administraciones para la finalidad declarada. Se mantendrán durante el tiempo que sea
necesario para cumplir con la finalidad para que se recabaron, así como el período en el que
pudieran derivarse responsabilidades jurídicas y deberán conservarse durante los períodos establecidos en la normativa de archivos y patrimonio documental de la Comunidad de Madrid.
5. Para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y los demás que le
otorga la normativa vigente ha de dirigir al responsable de tratamiento una solicitud firmada, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia
de protección de datos personales” por cualquier medio admitido en derecho, donde conste copia de DNI o consintiendo su consulta.
Datos de contacto del delegado de protección de datos: acceder a protecciondatospsociales@madrid.org , o bien a la dirección postal calle O’Donnell, número 50, Madrid.
Convenios con Entidades Locales
La consejería competente en materia de servicios sociales podrá celebrar convenios
con las entidades locales del territorio de la Comunidad de Madrid para la gestión de plazas en los comedores sociales.
En estos supuestos, el acceso al servicio de comedor se realizará de acuerdo a las especificaciones señaladas en los citados convenios.
BOCM-20240604-34
Vigesimoprimero
B.O.C.M. Núm. 132
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MARTES 4 DE JUNIO DE 2024
Pág. 99
Decimonoveno
Promoción de programas inclusión social y laboral
1. La dirección general competente en materia de asignación de plazas en comedores sociales podrá promover el acceso de los usuarios de los comedores sociales a talleres,
estudios, proyectos y programas destinados a mejorar su inclusión social, laboral y situación sociosanitaria.
2. El acceso a estos talleres, estudios, proyectos y programas se realizará mediante
la cumplimentación del Anexo VI y/o Anexo VII que se hará entrega al usuario, previa explicación de la acción a desarrollar.
La dirección general competente en la asignación de plazas en comedores sociales de
la Comunidad de Madrid podrá determinar de oficio la necesidad de cumplimentación de
un modelo normalizado de solicitud diseñado para tal efecto.
El acceso a talleres y programas se realizaría atendiendo a la fecha de la solicitud presentada por registro por el interesado.
3. En el supuesto de talleres o programas de inserción laboral, los usuarios deberán
cumplimentar el Anexo VI y/o Anexo VII y reunir los siguientes requisitos:
a) Estar en edad laboral activa.
b) No tener reconocida incapacidad laboral temporal o permanente absoluta.
Vigésimo
Protección de datos de carácter personal
1. Los datos personales de los beneficiarios se integrarán en el tratamiento de datos
personales “Gestión de comedores sociales”.
2. El tratamiento de datos se realizará bajo la responsabilidad de la dirección general con competencias en materia asignación de plazas en los comedores sociales, calle
O’Donnell, número 50, de Madrid, pudiendo consultar más información al respecto en
https://www.comunidad.madrid/gobierno/informacion-juridica-legislacion/protecciondatos
3. La información sobre protección de datos que aparece al dorso de los formularios
recogidos en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII de la presente resolución se corresponde
con los términos actualmente publicados en Registro de Actividades de Tratamiento de la
Comunidad de Madrid, y se entenderá automáticamente actualizada cada vez que se modifique la información declarada en la actividad de tratamiento “Gestión de comedores sociales” en dicho Registro.
4. Los datos personales que se obtengan de los beneficiarios del servicio de comedores sociales serán tratados o en su caso, comunicados a los órganos de esta Administración y
otras Administraciones para la finalidad declarada. Se mantendrán durante el tiempo que sea
necesario para cumplir con la finalidad para que se recabaron, así como el período en el que
pudieran derivarse responsabilidades jurídicas y deberán conservarse durante los períodos establecidos en la normativa de archivos y patrimonio documental de la Comunidad de Madrid.
5. Para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y los demás que le
otorga la normativa vigente ha de dirigir al responsable de tratamiento una solicitud firmada, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia
de protección de datos personales” por cualquier medio admitido en derecho, donde conste copia de DNI o consintiendo su consulta.
Datos de contacto del delegado de protección de datos: acceder a protecciondatospsociales@madrid.org , o bien a la dirección postal calle O’Donnell, número 50, Madrid.
Convenios con Entidades Locales
La consejería competente en materia de servicios sociales podrá celebrar convenios
con las entidades locales del territorio de la Comunidad de Madrid para la gestión de plazas en los comedores sociales.
En estos supuestos, el acceso al servicio de comedor se realizará de acuerdo a las especificaciones señaladas en los citados convenios.
BOCM-20240604-34
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