Madrid (BOCM-20240604-59)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 132

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE JUNIO DE 2024

Pág. 177

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto de la convocatoria pública de subvenciones 2024 para incentivar el emprendimiento en los mercados municipales, la instalación de determinadas actividades de interés público en los mismos y la modernización o sustitución de los quioscos de prensa, aprobada por Decreto de 20 de mayo de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ):

Primero. Objeto.—Conceder una subvención para incentivar el emprendimiento en
los mercados municipales, la instalación de determinadas actividades de interés público en
los mismos y la modernización o sustitución de los quioscos de prensa, a través de tres líneas de subvención:
Línea 1 Incentivar el emprendimiento en locales comerciales en los mercados municipales, mejorando con ello la tasa de ocupación de estos equipamientos, mediante el abono
de un porcentaje de la tarifa establecida como máximo a veinticuatro mensualidades desde
que se suscriba el contrato correspondiente con la entidad concesionaria.
Línea 2 Facilitar e incentivar, mediante el abono de la tarifa correspondiente, sin límite mensual, la utilización de locales en los mercados municipales para los siguientes tipos
de usos, actividades e instalaciones y equipamientos de interés público:
1. Actividades de formación, reglada o no, en oficios, profesiones, o perfiles especializados vinculados al desarrollo de la actividad en los mercados, el comercio o la hostelería.
2. Centros públicos de innovación agroalimentaria y/o gastronómica.
3. Puntos de atención al cliente orientados a facilitar la compra en el mercado a personas
de más de 70 años y colectivos vulnerables o el reparto domiciliario de los puestos del mercado.
4. Bibliotecas públicas.
Línea 3 Incentivar la mejora, modernización o sustitución de los quioscos de prensa,
siempre que hayan obtenido su homologación con posterioridad al 15 de febrero de 2024
mediante el abono de estas actuaciones con un límite de treinta mil euros por quiosco.
El período subvencionable comprende desde el 1 de enero 2020, hasta el 15 de julio
de 2024, ambos incluidos para las líneas 1 y 2 y desde el 1 de enero de 2023, hasta el 30 de
septiembre de 2024 para la línea 3.
El plazo de presentación de solicitudes es el establecido en la base 10.3 de la convocatoria.
Con base a lo establecido en el artículo 26.5 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos
Públicos, de 30 de octubre de 2013, el procedimiento de concesión de las ayudas será en régimen simplificado de concurrencia competitiva sin necesidad de Comisión de Valoración.
Segundo. Personas o entidades beneficiarias y requisitos de los mismos
Línea 1 y 2.
2.1. Podrán obtener la condición de persona o entidad beneficiaria de estas ayudas
las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que la actividad empresarial sea desarrollada por una persona autónoma o una
empresa en un mercado municipal.

BOCM-20240604-59

BDNS (identif): 762912-762913 y 762914