B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240604-1)
Calendario laboral –  Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que aprueba el calendario laboral del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid para el año 2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 12

MARTES 4 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 132

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
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RESOLUCIÓN de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que aprueba el calendario laboral del personal funcionario al servicio de la Administración de
Justicia en la Comunidad de Madrid para el año 2024.

De conformidad con el apartado 4 del artículo 500 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, de medidas de eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia, corresponde a la Comunidad de Madrid, conforme a las competencias asumidas, aprobar la distribución de la jornada y la fijación de los horarios a través del calendario laboral.
En el Apartado Séptimo del Acuerdo Sectorial para el personal funcionario de la Comunidad de Madrid al servicio de la Administración de Justicia, para los años 2024-2027,
se recogen las cuestiones básicas en materia de jornada y calendario laboral.
En consecuencia, esta Dirección General, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, y tras negociación con las Organizaciones Sindicales representadas en la Mesa
Sectorial de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid, conforme a las competencias atribuidas por el Artículo 16 del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,
RESUELVE
Primero
Objeto
Aprobar para el año 2024 la distribución de la jornada y horarios según el calendario
laboral, que figura en Anexo a esta Resolución, en el que se establece el horario mensual
que se debe realizar, la parte fija del mismo y la parte flexible, así como los descansos de
carácter nacional y autonómico.
Segundo
Ámbito de aplicación
Esta Resolución será de aplicación al personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia del ámbito de la Comunidad de Madrid.
Tercero

1. Duración de la jornada
1.1. La duración de la jornada ordinaria de trabajo tendrá un promedio semanal en
cómputo anual, será de 37 horas y 30 minutos, salvo lo dispuesto para los horarios especiales que se establezcan. La jornada en cómputo anual será equivalente a 1.642 horas, salvo
que por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con la Cortes se fije un cómputo distinto con arreglo a las competencias que le atribuye el artículo 500.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. La Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones con la Administración de Justicia adoptará las medidas necesarias para el
cumplimento de dicha jornada en cómputo anual.
1.2. El cumplimiento de los horarios establecidos no justificará, en ningún caso, la
interrupción de diligencias y actuaciones procesales o la suspensión de las que tengan carácter urgente e inaplazable.

BOCM-20240604-1

Jornada y horarios generales