Las Rozas de Madrid (BOCM-20240603-58)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
Pág. 320
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 131
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
LAS ROZAS DE MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Con fecha 20 de mayo de 2024, y número de registro en el libro de decretos 3093/2024,
el alcalde-presidente, ha dictado el siguiente:
Expediente número: 10/2024.
Resolución con número y fecha establecidos al margen.
Procedimiento: Delegaciones y avocaciones de competencias.
Con objeto de que durante el período de vacaciones del concejal-delegado de Seguridad Ciudadana las competencias en materia de seguridad ciudadana sean ejercidas de modo
efectivo, por medio del presente vengo en delegar las mismas, durante el citado período, en
el vicealcalde. Por ello, he resuelto:
Efectuar en el vicealcalde la delegación genérica que se indica; delegación que incluye la facultad de dirigir los servicios correspondientes, así como la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, comprendiendo, en todo caso, la delegación de
firma de los documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación, sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la Administración Municipal
que, mediante este decreto, se asignan:
Primero.—A D. Gustavo Adolfo Rico Pérez, se le delega el ámbito de los asuntos relativos a Seguridad Ciudadana, y, en concreto, las siguientes facultades:
1. Dirección y gestión de los servicios derivados de las competencias legalmente
atribuidas a la Policía Local, señalando las directrices generales y el programa de actuación
de la misma.
2. Circulación y estacionamiento de vehículos (con excepción de la modificación de
cambio de sentido de circulación de tráfico), señalización de tráfico e inmovilización, retirada, depósito y custodia de vehículos.
3. Retirada de vehículos abandonados en la vía pública.
4. Proponer las ordenanzas de tráfico, así como la ordenación del tráfico urbano.
5. Mantener las relaciones con entidades o particulares que dentro de la esfera local
puedan afectar a las competencias de Policía Local.
6. Formar parte de la Junta Local de Seguridad.
7. Analizar y valorar la situación de la seguridad pública en el municipio, formulando planes o propuestas que tengan como objeto la coordinación de los distintos Cuerpos de
Seguridad y la prevención de delitos.
8. Coordinar la seguridad y el control de accesos a los edificios municipales y sus
instalaciones, incluida la vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros
públicos de Educación Infantil, Primaria o Especial.
9. Incoación y resolución de expedientes sancionadores en materia de tráfico, circulación y seguridad viaria.
10. La tramitación de los informes correspondientes a su delegación, que sean necesario para el otorgamiento de cualquier tipo licencia, autorizaciones o procedimiento
administrativo.
11. Coordinar y regular las relaciones con la Guardia Civil.
BOCM-20240603-58
“DECRETO
Pág. 320
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 131
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58
LAS ROZAS DE MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Con fecha 20 de mayo de 2024, y número de registro en el libro de decretos 3093/2024,
el alcalde-presidente, ha dictado el siguiente:
Expediente número: 10/2024.
Resolución con número y fecha establecidos al margen.
Procedimiento: Delegaciones y avocaciones de competencias.
Con objeto de que durante el período de vacaciones del concejal-delegado de Seguridad Ciudadana las competencias en materia de seguridad ciudadana sean ejercidas de modo
efectivo, por medio del presente vengo en delegar las mismas, durante el citado período, en
el vicealcalde. Por ello, he resuelto:
Efectuar en el vicealcalde la delegación genérica que se indica; delegación que incluye la facultad de dirigir los servicios correspondientes, así como la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, comprendiendo, en todo caso, la delegación de
firma de los documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación, sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la Administración Municipal
que, mediante este decreto, se asignan:
Primero.—A D. Gustavo Adolfo Rico Pérez, se le delega el ámbito de los asuntos relativos a Seguridad Ciudadana, y, en concreto, las siguientes facultades:
1. Dirección y gestión de los servicios derivados de las competencias legalmente
atribuidas a la Policía Local, señalando las directrices generales y el programa de actuación
de la misma.
2. Circulación y estacionamiento de vehículos (con excepción de la modificación de
cambio de sentido de circulación de tráfico), señalización de tráfico e inmovilización, retirada, depósito y custodia de vehículos.
3. Retirada de vehículos abandonados en la vía pública.
4. Proponer las ordenanzas de tráfico, así como la ordenación del tráfico urbano.
5. Mantener las relaciones con entidades o particulares que dentro de la esfera local
puedan afectar a las competencias de Policía Local.
6. Formar parte de la Junta Local de Seguridad.
7. Analizar y valorar la situación de la seguridad pública en el municipio, formulando planes o propuestas que tengan como objeto la coordinación de los distintos Cuerpos de
Seguridad y la prevención de delitos.
8. Coordinar la seguridad y el control de accesos a los edificios municipales y sus
instalaciones, incluida la vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros
públicos de Educación Infantil, Primaria o Especial.
9. Incoación y resolución de expedientes sancionadores en materia de tráfico, circulación y seguridad viaria.
10. La tramitación de los informes correspondientes a su delegación, que sean necesario para el otorgamiento de cualquier tipo licencia, autorizaciones o procedimiento
administrativo.
11. Coordinar y regular las relaciones con la Guardia Civil.
BOCM-20240603-58
“DECRETO