Mancomunidad 2016 (BOCM-20240603-91)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 131

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024

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cias previas en el párrafo anterior, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 24 de la
Ley 40/2015.
Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requiere la presencia de la mitad de sus miembros, y en todo
caso, la de quien ostente la Presidencia y la Secretaría.
El Tribunal queda autorizado a resolver cuantas dudas puedan plantearse y adoptar los
acuerdos precisos para el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por la presente convocatoria.
El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para aquellas
pruebas que lo estimen necesario, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en
sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá disponer de personal auxiliar colaborador en
tareas de vigilancia para la realización de las pruebas.
8. Sistema de selección
El procedimiento de selección estará integrado por una fase de concurso y una entrevista personal.
8.1. Fase de concurso:
La puntuación máxima de la fase de concurso será de 16 puntos. La valoración del concurso se realizará atendiendo al siguiente baremo:
a) Experiencia profesional (máximo 12 puntos):
1. Por servicios prestados como Educador/a Social en los Servicios Sociales de
Atención Social Primaria de cualquier Administración Pública, 0,15 puntos
por cada mes trabajado a jornada completa o parte proporcional en jornadas
parciales.
2. Por servicios prestados como Educador/a Social en los Servicios Sociales de
Atención Social Primaria de cualquier Administración Pública contratado a
través de organizaciones sin ánimo de lucro o entidades privadas, 0,10 puntos por cada mes trabajado a jornada completa o parte proporcional en jornadas parciales.
3. Por servicios prestados como Educador/a Social:
— En otras Administraciones públicas: 0,05 puntos por cada mes trabajado a
jornada completa o parte proporcional en jornadas parciales
— En organizaciones sin ánimo de lucro o entidades privadas: 0,025 puntos
por cada mes trabajado a jornada completa o parte proporcional en jornadas parciales.
b) Cursos de formación y perfeccionamiento (máximo 4 puntos): los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante títulos o certificados de realización o impartición de los mismos en los que figuren el número de horas de que ha
constado. Únicamente se valorarán los que estén debidamente homologados o bien
impartidos por Centros Oficiales o Instituciones Públicas y siempre que tengan relación directa con las funciones a desarrollar en la plaza solicitada y supongan una
mejor preparación para el desempeño del puesto de trabajo adscrito a la misma, debiendo ponderarse en este caso tanto la materia tratada como su vigencia.
PUNTOS POR CADA
CURSO

Cursos de 4 a 20 horas de duración

0,20

Cursos de 21 a 50 horas de duración

0,40

Cursos de 51 a 150 horas de duración

0,60

Cursos de 151 a 299 horas de duración

0,80

Cursos de más de 300 horas de duración

1,00

Los cursos en los que no se indique su duración de forma expresa no serán valorados.
En este apartado no se valorará la titulación académica exigida para el acceso a la plaza correspondiente (Grado en Educación Social). Los cursos de formación y perfeccionamiento deberán estar impartidos por Administraciones Públicas, Universidades, Centros de
Formación de Empleados Públicos y centros homologados o reconocidos por las organizaciones Sindicales y Patronales.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la instancia o no acreditados documentalmente en plazo.

BOCM-20240603-91

HORAS DE DURACIÓN DE LOS CURSOS