C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240603-26)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 1776/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a entidades locales y municipios de la Comunidad de Madrid para la implantación de zonas de bajas emisiones y la adaptación al cambio climático
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 131
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
Pág. 249
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
26
EXTRACTO de la Orden 1776/2024, de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a entidades locales y municipios de la Comunidad de Madrid
para la implantación de zonas de bajas emisiones y la adaptación al cambio
climático.
BDNS: 764918
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a), de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pag.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Entidades beneficiarias
1. En el caso de la primera línea, destinada al diseño y la implantación de ZBE, serán beneficiarios los municipios de la Comunidad de Madrid con una población comprendida entre 50.000 y 250.000 habitantes, de acuerdo a los últimos datos publicados en el
“Boletín Oficial del Estado” en el Real Decreto por el que se declaran oficiales las cifras de
población resultantes de la revisión del padrón municipal.
2. En el caso de la segunda línea, destinada a actuaciones piloto de carácter innovador para la adaptación al cambio climático, serán beneficiarias las entidades locales de la
Comunidad de Madrid con una población inferior a 100.000 habitantes, de acuerdo a los últimos datos publicados en el “Boletín Oficial del Estado” en el Real Decreto por el que se
declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal. En
el caso de mancomunidades se considerará la suma de las poblaciones de derecho de los
municipios que las conformen.
Segundo
El objeto de la presente Orden es aprobar la convocatoria de subvenciones en el
año 2024, destinadas al diseño y la implantación de Zonas de Bajas Emisiones en municipios de la Comunidad de Madrid, así como a la ejecución de actuaciones piloto de carácter
innovador para la adaptación al cambio climático de espacios urbanos y periurbanos, de
conformidad con la Orden 83/2023, de 27 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
ayudas a entidades locales y municipios de la Comunidad de Madrid para la implantación
de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y la adaptación al cambio climático.
Serán objeto de subvención, mediante procedimiento simplificado de concurrencia
competitiva, las siguientes actuaciones:
1. Primera línea: el diseño y la implantación de Zonas de Bajas Emisiones en municipios de la Comunidad de Madrid con una población comprendida entre 50.000 y 250.000
habitantes.
2. Segunda línea: las actuaciones piloto de carácter innovador para la adaptación al
cambio climático de espacios urbanos y periurbanos en municipios y entidades locales de
la Comunidad de Madrid con una población inferior a 100.000 habitantes. Son actuaciones
subvencionables:
a. Intervenciones en espacios públicos orientadas a atenuar el efecto isla de calor urbana (sombreado natural o artificial de calles y plazas, reducción de la impermea-
BOCM-20240603-26
Objeto y actuaciones subvencionables
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B.O.C.M. Núm. 131
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
Pág. 249
I. COMUNIDAD DE MADRID
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26
EXTRACTO de la Orden 1776/2024, de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a entidades locales y municipios de la Comunidad de Madrid
para la implantación de zonas de bajas emisiones y la adaptación al cambio
climático.
BDNS: 764918
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a), de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pag.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Entidades beneficiarias
1. En el caso de la primera línea, destinada al diseño y la implantación de ZBE, serán beneficiarios los municipios de la Comunidad de Madrid con una población comprendida entre 50.000 y 250.000 habitantes, de acuerdo a los últimos datos publicados en el
“Boletín Oficial del Estado” en el Real Decreto por el que se declaran oficiales las cifras de
población resultantes de la revisión del padrón municipal.
2. En el caso de la segunda línea, destinada a actuaciones piloto de carácter innovador para la adaptación al cambio climático, serán beneficiarias las entidades locales de la
Comunidad de Madrid con una población inferior a 100.000 habitantes, de acuerdo a los últimos datos publicados en el “Boletín Oficial del Estado” en el Real Decreto por el que se
declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal. En
el caso de mancomunidades se considerará la suma de las poblaciones de derecho de los
municipios que las conformen.
Segundo
El objeto de la presente Orden es aprobar la convocatoria de subvenciones en el
año 2024, destinadas al diseño y la implantación de Zonas de Bajas Emisiones en municipios de la Comunidad de Madrid, así como a la ejecución de actuaciones piloto de carácter
innovador para la adaptación al cambio climático de espacios urbanos y periurbanos, de
conformidad con la Orden 83/2023, de 27 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
ayudas a entidades locales y municipios de la Comunidad de Madrid para la implantación
de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y la adaptación al cambio climático.
Serán objeto de subvención, mediante procedimiento simplificado de concurrencia
competitiva, las siguientes actuaciones:
1. Primera línea: el diseño y la implantación de Zonas de Bajas Emisiones en municipios de la Comunidad de Madrid con una población comprendida entre 50.000 y 250.000
habitantes.
2. Segunda línea: las actuaciones piloto de carácter innovador para la adaptación al
cambio climático de espacios urbanos y periurbanos en municipios y entidades locales de
la Comunidad de Madrid con una población inferior a 100.000 habitantes. Son actuaciones
subvencionables:
a. Intervenciones en espacios públicos orientadas a atenuar el efecto isla de calor urbana (sombreado natural o artificial de calles y plazas, reducción de la impermea-
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Objeto y actuaciones subvencionables