C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240603-30)
Convocatoria competiciones deportivas – Orden 655/2024, de 5 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las actividades y competiciones del deporte en edad escolar de la Comunidad de Madrid para la temporada 2024-2025
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BOCM
Pág. 260
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 131
jamín, se inicien en la práctica deportiva. En categoría benjamín se priorizará las convocatorias de encuentros deportivos a través de formatos no competitivos.
Los deportistas de la categoría pre-benjamín podrán ser convocados por los responsables de sus ayuntamientos para participar en actividades deportivas no competitivas de carácter educativo, lúdico o de iniciación de las diversas modalidades de los deportes practicados en su entorno municipal.
Sexto
Fases de las actividades y competiciones del Deporte en Edad Escolar
de la Comunidad de Madrid
El desarrollo de las actividades y competiciones deportivas del Deporte en Edad Escolar de la Comunidad de Madrid, comprenderá la fase local, de área, zonal y final, que se decidan en función de la participación y de las edades de los participantes en el Comité de Seguimiento del Deporte en Edad Escolar de la Comunidad de Madrid.
Fase local: serán aquellas actividades deportivas y competiciones que se desarrollen
en ámbito de los municipios o, en su caso, de las agrupaciones de municipios, dentro de las
cuatro zonas que se detallan en el apartado séptimo de esta Orden.
Fase de área: comprenderá las actividades deportivas en forma de encuentros deportivos no competitivos y competiciones que se desarrollan entre diversos municipios previas
a las fases zonales.
La organización de las fases locales y de las fases de área será competencia de los
ayuntamientos que participen en las actividades y competiciones del Programa de Deporte
en Edad Escolar de la Comunidad de Madrid.
Fase zonal: comprenderá las actividades deportivas en forma de encuentros deportivos
no competitivos y competiciones en las que participen los deportistas o equipos clasificados en cada una de las áreas en que a su vez está dividida cada zona, igualmente detalladas
en el apartado séptimo de esta Orden.
Fase final: participarán en la fase final los equipos o deportistas clasificados para la
misma, en función de la normativa establecida por el Comité de Seguimiento del Deporte
en Edad Escolar de la Comunidad de Madrid.
Para la organización de la fase final se constituirá un comité organizador, en el que estarán integrados representantes de la Unidad Técnica del Deporte en Edad Escolar, del municipio sede, así como de las federaciones deportivas madrileñas afectadas.
Los municipios interesados en asumir la organización de las respectivas fases finales
y zonales de las distintas modalidades deportivas, deberán presentar su candidatura a la Dirección General de Deportes antes del 31 de enero de 2025.
Séptimo
Zona. Área: fase local o de mancomunidad:
1. Centro:
1. Villa de Madrid I.
2. Villa de Madrid II.
3. Villa de Madrid III.
4. Villa de Madrid IV.
2. Noreste:
— Subzona 2A:
5. San Sebastián de los Reyes, Sub-Área Colmenar Viejo, Alcobendas, SubÁrea de ADENI y Sub-Área de Sierra Norte.
6. Alcalá de Henares.
— Subzona 2B:
7. Sub-Área del Jarama, Sub-Área del Henares, San Fernando de Henares y
Coslada.
8. Torrejón de Ardoz, Sub-Área del Tajo, Arganda del Rey y Rivas Vaciamadrid.
BOCM-20240603-30
Distribución geográfica de las actividades deportivas y de competición
del Deporte en Edad Escolar de la Comunidad de Madrid
Pág. 260
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 131
jamín, se inicien en la práctica deportiva. En categoría benjamín se priorizará las convocatorias de encuentros deportivos a través de formatos no competitivos.
Los deportistas de la categoría pre-benjamín podrán ser convocados por los responsables de sus ayuntamientos para participar en actividades deportivas no competitivas de carácter educativo, lúdico o de iniciación de las diversas modalidades de los deportes practicados en su entorno municipal.
Sexto
Fases de las actividades y competiciones del Deporte en Edad Escolar
de la Comunidad de Madrid
El desarrollo de las actividades y competiciones deportivas del Deporte en Edad Escolar de la Comunidad de Madrid, comprenderá la fase local, de área, zonal y final, que se decidan en función de la participación y de las edades de los participantes en el Comité de Seguimiento del Deporte en Edad Escolar de la Comunidad de Madrid.
Fase local: serán aquellas actividades deportivas y competiciones que se desarrollen
en ámbito de los municipios o, en su caso, de las agrupaciones de municipios, dentro de las
cuatro zonas que se detallan en el apartado séptimo de esta Orden.
Fase de área: comprenderá las actividades deportivas en forma de encuentros deportivos no competitivos y competiciones que se desarrollan entre diversos municipios previas
a las fases zonales.
La organización de las fases locales y de las fases de área será competencia de los
ayuntamientos que participen en las actividades y competiciones del Programa de Deporte
en Edad Escolar de la Comunidad de Madrid.
Fase zonal: comprenderá las actividades deportivas en forma de encuentros deportivos
no competitivos y competiciones en las que participen los deportistas o equipos clasificados en cada una de las áreas en que a su vez está dividida cada zona, igualmente detalladas
en el apartado séptimo de esta Orden.
Fase final: participarán en la fase final los equipos o deportistas clasificados para la
misma, en función de la normativa establecida por el Comité de Seguimiento del Deporte
en Edad Escolar de la Comunidad de Madrid.
Para la organización de la fase final se constituirá un comité organizador, en el que estarán integrados representantes de la Unidad Técnica del Deporte en Edad Escolar, del municipio sede, así como de las federaciones deportivas madrileñas afectadas.
Los municipios interesados en asumir la organización de las respectivas fases finales
y zonales de las distintas modalidades deportivas, deberán presentar su candidatura a la Dirección General de Deportes antes del 31 de enero de 2025.
Séptimo
Zona. Área: fase local o de mancomunidad:
1. Centro:
1. Villa de Madrid I.
2. Villa de Madrid II.
3. Villa de Madrid III.
4. Villa de Madrid IV.
2. Noreste:
— Subzona 2A:
5. San Sebastián de los Reyes, Sub-Área Colmenar Viejo, Alcobendas, SubÁrea de ADENI y Sub-Área de Sierra Norte.
6. Alcalá de Henares.
— Subzona 2B:
7. Sub-Área del Jarama, Sub-Área del Henares, San Fernando de Henares y
Coslada.
8. Torrejón de Ardoz, Sub-Área del Tajo, Arganda del Rey y Rivas Vaciamadrid.
BOCM-20240603-30
Distribución geográfica de las actividades deportivas y de competición
del Deporte en Edad Escolar de la Comunidad de Madrid