C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240601-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa KCI Clinic Spain, S. L. (Código número 28103852012024)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 130

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE JUNIO DE 2024

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b) Plan de Pensiones de KCI Clinic Spain, S.L., que es un Plan de Pensiones de Empleo para toda
la plantilla cuya fecha de ingreso fuera posterior al 1 de enero 2007, y para aquellos trabajadores
y trabajadoras que habiendo ingresado con anterioridad a la citada fecha se adhirieron
voluntariamente a dicho plan. Para estos últimos, se cuantificaron y se transfirieron a este plan
los derechos adquiridos en el Plan de Protección. El funcionamiento y objeto de este plan se
encuentra recogido en las Especificaciones del Plan de Pensiones KCI Clinic Spain, S.L.
Las especificaciones del Plan serán acordadas por una Comisión de Control paritaria, formada por
cuatro representantes de KCI ESPAÑA (Promotor) y cuatro representantes de la RLPT (Partícipes),
que será a su vez responsable de supervisar el funcionamiento y ejecución del Plan.
Para el caso de recaer resolución por la Seguridad Social, por la que se conceda a una persona la
Incapacidad Permanente Total o Absoluta derivada de Accidente de Trabajo (con la excepción de
accidente «in itinere») se complementaría la cantidad reconocida como pensión hasta el límite del
80% del salario bruto anual y con tope del 100% neto.
Este sistema de previsión social que regula la totalidad de las prestaciones recogidas en sus
diferentes planes permanece como beneficio personal de toda la Plantilla actual de la Compañía que
reúnan los requisitos establecidos para ser participantes.
VIII. Gastos para viajes profesionales
1. Los gastos en los que se incurran en la realización de tareas profesionales serán objeto de abono
previa justificación documental de los mismos.
Los importes correspondientes a gastos de manutención tendrán el límite cuantitativo diario que fije
la normativa de IRPF como exentos en cada momento.
Sobre los límites fijados, se incrementa en 5€ diarios la manutención para gastos puntuales (agua,
café, snacks) que no sean propios de comida o cena independientemente de que sea media dieta o
dieta completa.
2. Compensación por utilización del vehículo particular en gestiones de la Compañía.
La Compañía revisará la cuantía por gastos variables de kilometraje en el momento en que sea
modificado el precio de combustible.
IX. Disciplina
En cuestión de disciplina, regirá la normativa vigente garantizándose las prerrogativas definidas en el art.
64 del Estatuto de los Trabajadores en lo referente al derecho de Información y consulta de la RLPT.
X. Seguridad y salud en el trabajo

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Promover y fomentar la cooperación y participación de los trabajadores en el cumplimiento de la
legislación ambiental y de los requisitos de las normas UNE-EN-ISO 14001 y el Reglamento
EMAS u otras de rango similar o superior.
Ejercer una labor de seguimiento sobre el cumplimiento de la normativa ambiental, de las
políticas y participar en la planificación objetivos ambientales de la empresa.

BOCM-20240601-2

1. En cuantas materias afecten a Seguridad y Salud en el trabajo, serán de aplicación las
disposiciones contenidas en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales
y su Normativa Complementaria y de Desarrollo.
2. Se establecen las siguientes Normas de Funcionamiento de los Comités de Seguridad y Salud.
Primera: Composición.
El Comité de Seguridad y Salud estará formado por los delegados, delegadas de Prevención, y
delegado/a de medio ambiente de una parte, y por los Representantes de la Compañía en igual
número a los delegadas y delegados de Prevención, de la otra.
Los delegados y delegadas de Prevención serán designados por y entre la RLPT y de acuerdo con
la escala recogida en el artículo 35 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos
Laborales.
En las reuniones del Comité de Seguridad y Salud podrán participar, con voz pero sin voto, las
Secciones Sindicales y las personas responsables técnicas de la prevención en la Compañía que
no estén incluidas en la composición anterior.
También podrán participar las personas ajenas al Comité de Seguridad y Salud, según se recoge en
el artículo 38.2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Se incluye la figura del delegado/a de Sostenibilidad y Medio Ambiente por centro, esta figura no
conllevará un crédito horario adicional al existente, cuyas funciones serán:
- Colaborar con la empresa en la mejora del comportamiento ambiental de la empresa.