Alcobendas (BOCM-20240530-48)
Urbanismo. Plan especial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 128

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE MAYO DE 2024

Pág. 161

Se podrá implantar el uso-Clase E: Servicios Empresariales:
Como uso característico:
d Situación 4.a. En edificios exclusivos aislados o compartidos con otros usos
distintos de vivienda, sin limitación de superficie.
Como uso permitido:
d Situación 4.a. En edificio compartido con otros usos, inferior al 50 por 100 de la
superficie edificable.
Ámbito territorial:
Corresponde a las Unidades de Edificación denominadas “T”.
Áreas de Suelo Urbanizable Sectorizado-SUS
El régimen de compatibilidad del uso Servicios Empresariales quedará regulado en las
correspondientes ordenanzas de cada uno de los documentos de desarrollo (Plan Parcial).
El uso de Servicios Empresariales se podrá implantar en las parcelas que determine el Plan
Parcial, como uso característico, alternativo y como permitido compartido con otros usos.
— S-2 “Escobares I”.
— S-3 “Escobares II”.
— S-4 “Ampliación de Red Eléctrica”.

BOCM-20240530-48

Dotación de aparcamiento en el caso particular de centros de proceso de datos
La superficie edificada destinada propiamente al centro de proceso de datos para el
alojamiento de servidores y equipamiento IT (Information Technology) diverso en una
zona exclusiva estanca y climatizada con acceso restringido, no entrará en el cómputo de
superficie a los efectos del cálculo de la dotación de plazas de aparcamiento.
El resto de superficie edificada del edificio tendrá una dotación de servicio de aparcamiento de una plaza por cada 35 m2 construidos.
Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el acuerdo plenario y como
complemento al anuncio publicado el pasado 16 de mayo del año en curso, significando que
el citado acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer
cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos.
Alcobendas, a 20 de mayo de 2024.—La directora general de Urbanismo, Vivienda y
Licencias, María del Mar Morales Baeza.—La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez
Marcos.
(03/7.831/24)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791