Alcobendas (BOCM-20240530-48)
Urbanismo. Plan especial
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
JUEVES 30 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 128
API-7 “Los Peñotes”.
Ordenanza “Zona TOC-Terciario de Oficinas y Comercial”.
Se incluye el uso industrial Clase E “Servicios Empresariales” como característico.
«Uso característico:
Uso terciario: En cada parcela el uso terciario será el pormenorizado característico, y
representará como mínimo el 50 por 100 de la superficie edificable total. Se incluyen como
uso característico el dotacional-equipamiento. Clase 4 “Administrativo” y el industrial Clase E “Servicios Empresariales” por su similitud con el uso terciario-oficinas».
Se podrá implantar el uso-Clase E: Servicios Empresariales:
Como uso característico:
— Situación 4.a. En edificios exclusivos aislados o compartidos con otros usos distintos de vivienda, sin limitación de superficie.
Como uso permitido:
— Situación 4.a. En edificio compartido con otros usos, inferior al 50 por 100 de la
superficie edificable.
Ámbito territorial:
Corresponde a las Unidades de Edificación denominadas “TOC”.
Áreas de Suelo Urbanizable Régimen Transitorio-SURT
SURT-1 “El Juncal”.
Ordenanza T “Edificación para uso terciario específico”.
Se podrá implantar el uso-Clase E: Servicios Empresariales:
Como uso alternativo:
— Situación 4.a. En edificios exclusivos aislados o compartidos con otros usos distintos de vivienda, sin limitación de superficie.
— Situación 4.a. En edificio compartido con otros usos, inferior al 50 por 100 de la
superficie edificable.
Ámbito territorial:
Corresponde a las Unidades de Edificación denominadas “T”, en sus grados 1.o y 3.o (parcelas H, T1 y T2).
SURT-2 “Valdelacasa”.
— Ordenanza: “Zona Mixta: Industria-terciario (M)”.
En la zona mixta para la edificabilidad de uso terciario:
Se podrá implantar el uso-Clase E: Servicios Empresariales:
Como uso característico:
d Situación 4.a. En edificios exclusivos aislados o compartidos con otros usos
distintos de vivienda, sin limitación de superficie.
Como uso permitido:
d Situación 4.a. En edificio compartido con otros usos, inferior al 50 por 100 de la
superficie edificable.
Ámbito territorial:
Corresponde a las Unidades de Edificación denominadas “M”.
— Ordenanza: “Zona Terciaria (T)”.
Se incluye el uso industrial Clase E “Servicios Empresariales” como característico.
«Uso característico:
Uso terciario: En cada parcela el uso terciario será el pormenorizado característico, y representará como mínimo el 50 por 100 de la superficie edificable total. Se
incluyen como uso característico el dotacional-equipamiento. Clase 4 “Administrativo” y el industrial Clase E “Servicios Empresariales” por su similitud con el
uso terciario-oficinas».
BOCM-20240530-48
Pág. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 128
API-7 “Los Peñotes”.
Ordenanza “Zona TOC-Terciario de Oficinas y Comercial”.
Se incluye el uso industrial Clase E “Servicios Empresariales” como característico.
«Uso característico:
Uso terciario: En cada parcela el uso terciario será el pormenorizado característico, y
representará como mínimo el 50 por 100 de la superficie edificable total. Se incluyen como
uso característico el dotacional-equipamiento. Clase 4 “Administrativo” y el industrial Clase E “Servicios Empresariales” por su similitud con el uso terciario-oficinas».
Se podrá implantar el uso-Clase E: Servicios Empresariales:
Como uso característico:
— Situación 4.a. En edificios exclusivos aislados o compartidos con otros usos distintos de vivienda, sin limitación de superficie.
Como uso permitido:
— Situación 4.a. En edificio compartido con otros usos, inferior al 50 por 100 de la
superficie edificable.
Ámbito territorial:
Corresponde a las Unidades de Edificación denominadas “TOC”.
Áreas de Suelo Urbanizable Régimen Transitorio-SURT
SURT-1 “El Juncal”.
Ordenanza T “Edificación para uso terciario específico”.
Se podrá implantar el uso-Clase E: Servicios Empresariales:
Como uso alternativo:
— Situación 4.a. En edificios exclusivos aislados o compartidos con otros usos distintos de vivienda, sin limitación de superficie.
— Situación 4.a. En edificio compartido con otros usos, inferior al 50 por 100 de la
superficie edificable.
Ámbito territorial:
Corresponde a las Unidades de Edificación denominadas “T”, en sus grados 1.o y 3.o (parcelas H, T1 y T2).
SURT-2 “Valdelacasa”.
— Ordenanza: “Zona Mixta: Industria-terciario (M)”.
En la zona mixta para la edificabilidad de uso terciario:
Se podrá implantar el uso-Clase E: Servicios Empresariales:
Como uso característico:
d Situación 4.a. En edificios exclusivos aislados o compartidos con otros usos
distintos de vivienda, sin limitación de superficie.
Como uso permitido:
d Situación 4.a. En edificio compartido con otros usos, inferior al 50 por 100 de la
superficie edificable.
Ámbito territorial:
Corresponde a las Unidades de Edificación denominadas “M”.
— Ordenanza: “Zona Terciaria (T)”.
Se incluye el uso industrial Clase E “Servicios Empresariales” como característico.
«Uso característico:
Uso terciario: En cada parcela el uso terciario será el pormenorizado característico, y representará como mínimo el 50 por 100 de la superficie edificable total. Se
incluyen como uso característico el dotacional-equipamiento. Clase 4 “Administrativo” y el industrial Clase E “Servicios Empresariales” por su similitud con el
uso terciario-oficinas».
BOCM-20240530-48
Pág. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID