Griñón (BOCM-20240529-63)
Régimen económico. Ordenanza precio espectáculos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 222

MIÉRCOLES 29 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 127

que soliciten la inscripción en cualquier actividad descrita en el artículo segundo de la presente ordenanza.
2. Las cuotas líquidas por la efectividad de esta tasa recaerán sobre los padres, tutores o encargados de los/as participantes menores de edad, así como los propios adultos que
se asistan a los espectáculos.
3. El sujeto pasivo deberá:
a) Formalizar cuantas declaraciones, comunicaciones se le exijan para el precio público.
b) Facilitar la práctica de comprobaciones e inspecciones, así como la entrega de datos,
antecedentes y justificantes que le sean solicitados.
Art. 5. Cuota.—La cuota a pagar será la siguiente:
CURSO

CUOTA

1. Uso del Teatro Municipal

1. Jornada laborable (lunes a viernes) Æ 50 €/Sesión
2. Sábados, domingos y festivos Æ 75 €/Sesión

2. Uso de instalaciones del Centro Cultural, del Teatro
Municipal, del Centro de la Tercera Edad, Centro
Juvenil y Centro de Recursos Juveniles

5 €/hora mensual

3. Actividades recreativas y de festejos
a) Obras musicales, teatrales, cine y similares en el
Teatro Municipal

Entrada general de 3 a 12 €
Mayores de 65 años 50 %

b) Fiesta Fin de Año

Entrada única de 10 a 20 €

c) Espectáculos taurinos

General: según festejo de 6 a 30 €
Jubilados: según festejo de 3 a 15 €

4. Espectáculos musicales en recintos municipales

Según evento, de 5 a 35 €

Art. 6. Bonificaciones.—Se reconocerá una bonificación del 100 por 100 de la cuota a satisfacer en aquellos casos en los que, el cesionario del espacio municipal, lo utilice
para actividades que no le supongan un rendimiento económico, tenga su sede o domicilio
en Griñón, y además, en el caso de asociaciones, estén inscritas en el Registro municipal
creado al efecto, así como las ONG.
Art. 7. Infracciones y sanciones.—En todo lo relativo a la calificación de las posibles
infracciones y sanciones que pudieran darse, además de lo previsto en esta ordenanza, se
estará a lo dispuesto en los artículos 178 y siguientes de la Ley General Tributaria y demás
normativa aplicable.
DISPOSICIÓN FINAL

BOCM-20240529-63

Esta ordenanza fue aprobada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento en sesión
celebrada el día 20 de octubre de 2016.
Lo que se hace público para conocimiento general y a los efectos indicados.
En Griñón, a 15 de mayo de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda, Amalio
Rodríguez Martín.
(03/7.815/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791