Alcobendas (BOCM-20240529-51)
Organización y funcionamiento. Ordenanza residuos construcción y demolición
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 127
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE MAYO DE 2024
Pág. 201
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Esta Ordenanza no se aplicará a los RCD de aquellas obras que, a la fecha de entrada
en vigor de la misma, dispongan de licencia, a obras de titularidad pública adjudicadas o
aquellas otras con proyecto de construcción aprobado, todo ello siempre que dichas obras
se inicien en el plazo máximo establecido en la correspondiente licencia o en el de seis meses desde su obtención o comunicación al Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Queda derogada la Ordenanza municipal reguladora de los residuos de construcción y
demolición en el término municipal de Alcobendas, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 4, de fecha 6 de enero de 2011, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan a lo establecido en esta norma.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La Alcaldía-Presidencia queda facultada para dictar cuantas órdenes e instrucciones
resulten necesarias para la adecuada interpretación y aplicación de esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
BOCM-20240529-51
La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince días de la publicación completa
de su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con
los dispuesto en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, reguladora de las Base del régimen Local.
Alcobendas, a 17 de mayo de 2024.—La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez
Marcos.
(03/7.779/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 127
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE MAYO DE 2024
Pág. 201
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Esta Ordenanza no se aplicará a los RCD de aquellas obras que, a la fecha de entrada
en vigor de la misma, dispongan de licencia, a obras de titularidad pública adjudicadas o
aquellas otras con proyecto de construcción aprobado, todo ello siempre que dichas obras
se inicien en el plazo máximo establecido en la correspondiente licencia o en el de seis meses desde su obtención o comunicación al Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Queda derogada la Ordenanza municipal reguladora de los residuos de construcción y
demolición en el término municipal de Alcobendas, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 4, de fecha 6 de enero de 2011, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan a lo establecido en esta norma.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La Alcaldía-Presidencia queda facultada para dictar cuantas órdenes e instrucciones
resulten necesarias para la adecuada interpretación y aplicación de esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
BOCM-20240529-51
La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince días de la publicación completa
de su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con
los dispuesto en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, reguladora de las Base del régimen Local.
Alcobendas, a 17 de mayo de 2024.—La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez
Marcos.
(03/7.779/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791