Alcalá de Henares (BOCM-20240527-47)
Urbanismo. Plan especial
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 125

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024

cesarias o la puesta en marcha y la prestación de los servicios resultantes, así como
la suficiencia y la adecuación del suelo destinado a usos productivos”.
— Guía metodológica para la redacción de Informes de Sostenibilidad Económica.
Ministerio de Fomento.
INFORME
El objeto del presente informe es evaluar el impacto económico y financiero que
para la Hacienda Municipal tenga el desarrollo de dicha actuación, analizando los
costes de puesta en marcha y mantenimiento de la prestación de los servicios públicos resultantes, así como, la estimación de la cuantía económica de los ingresos municipales derivados de los tributos locales que puedan devengarse como
consecuencia de la actuación.
Se trata de evaluar el impacto de la actuación en la Hacienda Municipal. Para ello
se deberá cuantificar el gasto público destinado al mantenimiento de las infraestructuras de nueva creación y a la prestación de los servicios resultantes, y los
ingresos previsibles por los distintos gravámenes municipales que afecten a las
distintas actividades que allí se desarrollen.
d Cuantificación de la sostenibilidad económica del proyecto, según su repercusión en la Hacienda Municipal.
– Incidencia en los gastos de inversión: No habría lugar a impacto por este
concepto, puesto que todas las redes de servicios públicos necesarios ya están disponibles.
– Incidencia en los gastos corrientes: No habrá variación en ningún elemento
susceptible de generar gasto público, por lo que esta modificación de planeamiento tendrá una incidencia directa nula.
– Incidencia en los gastos corrientes: Sería posible concebir alguna en tanto
que una de las actuaciones a llevar a cabo se corresponde con la modificación de la calificación asignada a cuatro edificaciones del Casco Histórico,
dado que conlleva la división de una serie de propiedades en más de una vivienda, y cabe pensar alguna repercusión sobre las recaudaciones de los impuestos municipales.
— Conclusión.
En conclusión, al no conllevar la actuación gastos corrientes y de inversión a soportar
por parte del Ayuntamiento, se desprende que la propuesta de Modificación Puntal del Plan
Especial de Protección del Casco Histórico para la Incorporación del Bien de Interés Cultural de la manzana Cisneriana de la Universidad de Alcalá y otros aspectos normativos es
sostenible en cuanto a la Hacienda Municipal se refiere, razón por la que no existen reparos de esta naturaleza para su ejecución.
Es lo que se tiene a bien informar, salvo error u omisión no intencionados, a los efectos oportunos, en Alcalá de Henares.
3.2.4.2 Viabilidad económica y financiera.
Se redacta la presente memoria de viabilidad económica en cumplimiento del artículo 22.5 del RD Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
Recordamos que el objeto principal de la presente Modificación del Plan Especial de
Protección del Casco Histórico de Alcalá de Henares consiste en la inclusión de la declaración de Bien de Interés Cultural en la categoría de Monumento de la Manzana Fundacional
Cisneriana de la Universidad de Alcalá y del entorno de protección de este BIC.
Adicionalmente, a lo largo de los años de ejecución del PEPCH de Alcalá de Henares
se han detectado una serie de errores, disfunciones u otros aspectos que han quedado obsoletos con la entrada en vigor de normativa de rango superior, que se consideran conveniente modificar y que son enumerados a continuación:
— Se ha procedido a actualizar el catálogo completo de bienes protegidos subsanando algunos errores formales en las descripciones o nomenclaturas,
— Se modifica la calificación erróneamente asignada a cuatro edificaciones de las
calles Gallo, Almazán, Bedel y Mayor,
— Se incorporan cambios normativos sobre condiciones estéticas de la edificación y
sobre las condiciones de uso de la edificación y las viviendas, sustituyendo las
normas derogadas por las vigentes del Código Técnico de la Edificación,

Pág. 159

BOCM-20240527-47

BOCM