Morata de Tajuña (BOCM-20240527-73)
Régimen económico. Plan estratégico subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 125
Capítulo IX
Subvenciones en materia de ayudas sociales
Art. 14.—En materia de ayudas sociales, el Ayuntamiento establecerá, durante el período de vigencia del Plan, la siguiente subvención:
1. Ayudas sociales para la colaboración en el pago del impuesto de bienes inmuebles
de naturaleza urbana de la vivienda habitual:
— Denominación/CIF: Ayudas sociales para la colaboración en el pago del impuesto
de bienes inmuebles de naturaleza urbana de la vivienda habitual.
— Partida presupuestaria: 23148901.
— Objeto: estas ayudas sociales tienen por objeto la colaboración pública en los gastos por vivienda habitual de aquellas personas y/o familias con menos recursos,
mediante el pago de la obligación tributaria derivada del Impuesto sobres bienes
Inmuebles de naturaleza urbana.
— Efectos:
• Favorecer el derecho a la vivienda recogido en el artículo 47 de la Constitución
Española.
• Proteger a aquellas personas que, detentando su vivienda habitual en el municipio de Morata de Tajuña, tienen dificultades para llegar a fin de mes y para hacer frente al pago de este impuesto.
• Amortiguar el efecto que el Impuesto de Bienes Inmuebles tiene sobre la economía de aquellas personas y/o familias con ingresos más bajos y/o con características que les exponen a situaciones de riesgo y vulnerabilidad.
— Plazo: las actividades subvencionadas deberán ser ejecutadas conforme a lo establecido en las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas sociales para la
colaboración en el pago del IBI.
— Coste/cuantía: 16.000,00 euros.
— Fuentes de financiación: recursos corrientes.
2. Asociación Sureste del Trastorno del Espectro Autista (SURESTEA):
— Denominación/CIF: Asociación Sureste del Trastorno del Espectro Autista
(SURESTEA) (G-86849320).
— Partida presupuestaria: 23148903.
— Objeto: contribuir a la integración social y la mejora de la calidad de vida de las
personas con TEA y sus familias.
— Efectos:
• Contribuir al conocimiento y sensibilización de nuestros vecinos en relación al
Trastorno del Espectro Autista y las necesidades que esta población presenta.
• Mejorar la accesibilidad de estas personas a los principales espacios municipales mediante la instalación de pictogramas y la adaptación de estos espacios públicos.
• Formar a los agentes sociales y/o a los miembros de los Cuerpos de Seguridad
del Estado de nuestro municipio en el Trastorno del Espectro Autista para adaptar y mejorar la atención a estas personas.
• Colaborar con la Concejalía de Servicios Sociales en actividades relacionadas
con su ámbito de actuación.
— Plazo: las actividades subvencionadas deberán ser ejecutadas entre el 1 de enero
de 2024 y la fecha final de justificación recogida en el convenio de colaboración
firmado con la entidad para el año 2024.
— Coste/cuantía: 5.000,00 euros.
— Fuentes de financiación: recursos corrientes.
3. Cruz Roja Española:
— Denominación/CIF: Cruz Roja Española (Q-2866001G).
— Partida presupuestaria: 23148902.
— Objeto: mejorar la calidad de vida de las personas mayores de 65 años con una situación de soledad y aislamiento en su proceso de envejecimiento.
BOCM-20240527-73
Pág. 246
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 125
Capítulo IX
Subvenciones en materia de ayudas sociales
Art. 14.—En materia de ayudas sociales, el Ayuntamiento establecerá, durante el período de vigencia del Plan, la siguiente subvención:
1. Ayudas sociales para la colaboración en el pago del impuesto de bienes inmuebles
de naturaleza urbana de la vivienda habitual:
— Denominación/CIF: Ayudas sociales para la colaboración en el pago del impuesto
de bienes inmuebles de naturaleza urbana de la vivienda habitual.
— Partida presupuestaria: 23148901.
— Objeto: estas ayudas sociales tienen por objeto la colaboración pública en los gastos por vivienda habitual de aquellas personas y/o familias con menos recursos,
mediante el pago de la obligación tributaria derivada del Impuesto sobres bienes
Inmuebles de naturaleza urbana.
— Efectos:
• Favorecer el derecho a la vivienda recogido en el artículo 47 de la Constitución
Española.
• Proteger a aquellas personas que, detentando su vivienda habitual en el municipio de Morata de Tajuña, tienen dificultades para llegar a fin de mes y para hacer frente al pago de este impuesto.
• Amortiguar el efecto que el Impuesto de Bienes Inmuebles tiene sobre la economía de aquellas personas y/o familias con ingresos más bajos y/o con características que les exponen a situaciones de riesgo y vulnerabilidad.
— Plazo: las actividades subvencionadas deberán ser ejecutadas conforme a lo establecido en las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas sociales para la
colaboración en el pago del IBI.
— Coste/cuantía: 16.000,00 euros.
— Fuentes de financiación: recursos corrientes.
2. Asociación Sureste del Trastorno del Espectro Autista (SURESTEA):
— Denominación/CIF: Asociación Sureste del Trastorno del Espectro Autista
(SURESTEA) (G-86849320).
— Partida presupuestaria: 23148903.
— Objeto: contribuir a la integración social y la mejora de la calidad de vida de las
personas con TEA y sus familias.
— Efectos:
• Contribuir al conocimiento y sensibilización de nuestros vecinos en relación al
Trastorno del Espectro Autista y las necesidades que esta población presenta.
• Mejorar la accesibilidad de estas personas a los principales espacios municipales mediante la instalación de pictogramas y la adaptación de estos espacios públicos.
• Formar a los agentes sociales y/o a los miembros de los Cuerpos de Seguridad
del Estado de nuestro municipio en el Trastorno del Espectro Autista para adaptar y mejorar la atención a estas personas.
• Colaborar con la Concejalía de Servicios Sociales en actividades relacionadas
con su ámbito de actuación.
— Plazo: las actividades subvencionadas deberán ser ejecutadas entre el 1 de enero
de 2024 y la fecha final de justificación recogida en el convenio de colaboración
firmado con la entidad para el año 2024.
— Coste/cuantía: 5.000,00 euros.
— Fuentes de financiación: recursos corrientes.
3. Cruz Roja Española:
— Denominación/CIF: Cruz Roja Española (Q-2866001G).
— Partida presupuestaria: 23148902.
— Objeto: mejorar la calidad de vida de las personas mayores de 65 años con una situación de soledad y aislamiento en su proceso de envejecimiento.
BOCM-20240527-73
Pág. 246
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