Villalbilla (BOCM-20240527-88)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 125
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
Pág. 289
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88
VILLALBILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Al no haberse presentado reclamación durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Villalbilla, de 15 de marzo de 2024 sobre modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la concesión de licencia y tenencia de armas de 4.a categoría.
Los acuerdos provisionales elevados a definitivos y los textos íntegros de las ordenanzas y de las modificaciones se hacen públicos en cumplimiento del artículo 17.4 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA CONCESIÓN
DE LICENCIA Y TENENCIA DE ARMAS DE 4.a CATEGORÍA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 105 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas establece que para poder llevar y usar las armas de la categoría 4.a fuera del domicilio habrán de estar documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas,
que las acompañarán en todo caso. Asimismo, determina que las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración de la conducta y antecedentes de
los mismos, quedando su validez limitada a los respectivos términos municipales.
Es por ello que, desde el Ayuntamiento de Villalbilla, y en concreto desde Policía Local, se considera necesario establecer, mediante Ordenanza, el marco legal al cual se adecuará la expedición de tarjetas de armas de 4.a categoría en el municipio de Villalbilla, así como
su renovación, el régimen de tenencia y de uso y, el correspondiente régimen sancionador,
ajustándose en todo momento a lo dispuesto en el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero,
por el que se aprueba el Reglamento de Armas y a la Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball.
La expedición o renovación de tarjetas de armas de 4.a categoría por parte del Ayuntamiento de Villalbilla lleva implícitos trámites administrativos, es por ello que, en ejercicio de lo dispuesto en el artículo 20.4.a) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
se cobrará una tasa por la realización de la actividad administrativa, teniendo la presente ordenanza el carácter de ordenanza fiscal, conteniendo lo dispuesto en el artículo 16 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, mediante el que se concreta el contenido de las
ordenanzas fiscales.
Capítulo 1
Artículo 1. Constituye el objeto de la presente Ordenanza la regulación de la expedición de la tarjeta de armas por el Ayuntamiento de Villalbilla (Madrid), con arreglo a lo
dispuesto en el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas y en la Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el
régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft
y paintball.
BOCM-20240527-88
Disposiciones generales
B.O.C.M. Núm. 125
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
Pág. 289
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88
VILLALBILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Al no haberse presentado reclamación durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Villalbilla, de 15 de marzo de 2024 sobre modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la concesión de licencia y tenencia de armas de 4.a categoría.
Los acuerdos provisionales elevados a definitivos y los textos íntegros de las ordenanzas y de las modificaciones se hacen públicos en cumplimiento del artículo 17.4 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA CONCESIÓN
DE LICENCIA Y TENENCIA DE ARMAS DE 4.a CATEGORÍA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 105 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas establece que para poder llevar y usar las armas de la categoría 4.a fuera del domicilio habrán de estar documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas,
que las acompañarán en todo caso. Asimismo, determina que las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración de la conducta y antecedentes de
los mismos, quedando su validez limitada a los respectivos términos municipales.
Es por ello que, desde el Ayuntamiento de Villalbilla, y en concreto desde Policía Local, se considera necesario establecer, mediante Ordenanza, el marco legal al cual se adecuará la expedición de tarjetas de armas de 4.a categoría en el municipio de Villalbilla, así como
su renovación, el régimen de tenencia y de uso y, el correspondiente régimen sancionador,
ajustándose en todo momento a lo dispuesto en el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero,
por el que se aprueba el Reglamento de Armas y a la Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball.
La expedición o renovación de tarjetas de armas de 4.a categoría por parte del Ayuntamiento de Villalbilla lleva implícitos trámites administrativos, es por ello que, en ejercicio de lo dispuesto en el artículo 20.4.a) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
se cobrará una tasa por la realización de la actividad administrativa, teniendo la presente ordenanza el carácter de ordenanza fiscal, conteniendo lo dispuesto en el artículo 16 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, mediante el que se concreta el contenido de las
ordenanzas fiscales.
Capítulo 1
Artículo 1. Constituye el objeto de la presente Ordenanza la regulación de la expedición de la tarjeta de armas por el Ayuntamiento de Villalbilla (Madrid), con arreglo a lo
dispuesto en el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas y en la Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el
régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft
y paintball.
BOCM-20240527-88
Disposiciones generales