Alcobendas (BOCM-20240527-48)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 125
e) Control de calidad de los productos relacionados en los Anexos I.b) y II del Real
Decreto 1507/2000, de 1 de septiembre, y sus posteriores modificaciones, y demás aplicables, por la que se actualizan los catálogos de productos y servicios de
uso o consumo común, ordinario y generalizado y de bienes de naturaleza duradera, para comprobar su origen, identidad, adaptación a la normativa vigente, etiquetado, presentación, publicidad y los demás requisitos o signos externos que hacen
referencia a sus condiciones de seguridad, dentro de las campañas y actuaciones
programadas que organice y ejecute directamente la Concejalía.
f) Promover y verificar la implantación de sistemas de autocontrol en las empresas y
actividades del sector no alimentario, en colaboración con las Juntas Municipales
de Distrito.
g) Promover, implantar y verificar sistemas de calidad, a nivel de consumo, en los
servicios municipales relacionados con sus competencias.
h) Ejercer las competencias legalmente atribuidas a la Junta Arbitral de Consumo del
Ayuntamiento de Alcobendas y en particular la designación de sus miembros y el
fomento del arbitraje de consumo a través de las asociaciones de consumidores y
de las organizaciones empresariales.
i) Adoptar en general cuantas medidas se consideren convenientes para la atención,
defensa y protección de los consumidores y usuarios. Apoyar y fomentar las acciones de consumidores y usuarios, así como concederles subvenciones, en su
caso, conforme al procedimiento establecido en las normas reguladoras de concesión de subvenciones en el ámbito territorial del municipio de Alcobendas, con
cargo a programas cuya gestión le corresponda.
j) Fomentar la formación y educación en materia de consumo de los empresarios y
ciudadanos.
k) Realizar o fomentar controles y análisis de los productos y servicios objeto de sus
competencias, de uso y consumo común, ordinario y generalizado, a través de los
medios del municipio o colaborando con otras entidades y organismos.
l) Adoptar las medidas urgentes y requerir las colaboraciones precisas en los supuestos de crisis y emergencia que afecten a la seguridad de los consumidores y usuarios, coordinando la red de alerta de consumo en el municipio de Alcobendas.
Turismo:
a) Impulso, coordinación, apoyo y supervisión de las actividades en materia de ordenación, promoción, planificación e información del turismo, en cualquiera de sus
modalidades, del municipio.
b) Promoción del municipio de Alcobendas en el exterior y desarrollo del sector turístico de la ciudad, mediante un adecuado servicio de información turística, encaminado a conseguir que la imagen de la ciudad sea la más adecuada para el visitante.
c) Planificación e información de las actividades de carácter turístico, que atendiendo a la oferta cultural, gastronómica, empresarial, deportiva o de otra índole, puedan desarrollarse en Alcobendas.
d) Gestión y dinamización del sector turístico en la ciudad, mediante una política de
promoción del mismo, incluidas sus infraestructuras, ferias, congresos, stands y
demás acciones promocionales.
e) Desarrollo de Proyectos turísticos y participación en Ferias de turismo.
Departamento de licencias:
a) Seguimiento de las actividades realizadas por la Dirección General de Licencias.
b) Establecimiento de criterios y directrices de ordenación de todos los procesos de
licencias y autorizaciones tramitadas en el Área, así como su seguimiento y control de plazos.
c) Tramitar y resolver los expedientes relativos a la conservación, rehabilitación y
estado ruinoso de las edificaciones, incluido el desalojo de los inmuebles en los
supuestos previstos legalmente.
d) Gestión de la Inspección Técnica de edificios.
e) Acometer actuaciones de emergencia derivadas de deficiencias en edificación privada en orden a garantizar la seguridad de terceros y cosas.
f) Tutela de los procedimientos de inspección, comprobación y control de los actos y
actividades sujetas a cualquier tipo de intervención administrativa, con exclusión
de las desarrolladas en la vía pública.
BOCM-20240527-48
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 125
e) Control de calidad de los productos relacionados en los Anexos I.b) y II del Real
Decreto 1507/2000, de 1 de septiembre, y sus posteriores modificaciones, y demás aplicables, por la que se actualizan los catálogos de productos y servicios de
uso o consumo común, ordinario y generalizado y de bienes de naturaleza duradera, para comprobar su origen, identidad, adaptación a la normativa vigente, etiquetado, presentación, publicidad y los demás requisitos o signos externos que hacen
referencia a sus condiciones de seguridad, dentro de las campañas y actuaciones
programadas que organice y ejecute directamente la Concejalía.
f) Promover y verificar la implantación de sistemas de autocontrol en las empresas y
actividades del sector no alimentario, en colaboración con las Juntas Municipales
de Distrito.
g) Promover, implantar y verificar sistemas de calidad, a nivel de consumo, en los
servicios municipales relacionados con sus competencias.
h) Ejercer las competencias legalmente atribuidas a la Junta Arbitral de Consumo del
Ayuntamiento de Alcobendas y en particular la designación de sus miembros y el
fomento del arbitraje de consumo a través de las asociaciones de consumidores y
de las organizaciones empresariales.
i) Adoptar en general cuantas medidas se consideren convenientes para la atención,
defensa y protección de los consumidores y usuarios. Apoyar y fomentar las acciones de consumidores y usuarios, así como concederles subvenciones, en su
caso, conforme al procedimiento establecido en las normas reguladoras de concesión de subvenciones en el ámbito territorial del municipio de Alcobendas, con
cargo a programas cuya gestión le corresponda.
j) Fomentar la formación y educación en materia de consumo de los empresarios y
ciudadanos.
k) Realizar o fomentar controles y análisis de los productos y servicios objeto de sus
competencias, de uso y consumo común, ordinario y generalizado, a través de los
medios del municipio o colaborando con otras entidades y organismos.
l) Adoptar las medidas urgentes y requerir las colaboraciones precisas en los supuestos de crisis y emergencia que afecten a la seguridad de los consumidores y usuarios, coordinando la red de alerta de consumo en el municipio de Alcobendas.
Turismo:
a) Impulso, coordinación, apoyo y supervisión de las actividades en materia de ordenación, promoción, planificación e información del turismo, en cualquiera de sus
modalidades, del municipio.
b) Promoción del municipio de Alcobendas en el exterior y desarrollo del sector turístico de la ciudad, mediante un adecuado servicio de información turística, encaminado a conseguir que la imagen de la ciudad sea la más adecuada para el visitante.
c) Planificación e información de las actividades de carácter turístico, que atendiendo a la oferta cultural, gastronómica, empresarial, deportiva o de otra índole, puedan desarrollarse en Alcobendas.
d) Gestión y dinamización del sector turístico en la ciudad, mediante una política de
promoción del mismo, incluidas sus infraestructuras, ferias, congresos, stands y
demás acciones promocionales.
e) Desarrollo de Proyectos turísticos y participación en Ferias de turismo.
Departamento de licencias:
a) Seguimiento de las actividades realizadas por la Dirección General de Licencias.
b) Establecimiento de criterios y directrices de ordenación de todos los procesos de
licencias y autorizaciones tramitadas en el Área, así como su seguimiento y control de plazos.
c) Tramitar y resolver los expedientes relativos a la conservación, rehabilitación y
estado ruinoso de las edificaciones, incluido el desalojo de los inmuebles en los
supuestos previstos legalmente.
d) Gestión de la Inspección Técnica de edificios.
e) Acometer actuaciones de emergencia derivadas de deficiencias en edificación privada en orden a garantizar la seguridad de terceros y cosas.
f) Tutela de los procedimientos de inspección, comprobación y control de los actos y
actividades sujetas a cualquier tipo de intervención administrativa, con exclusión
de las desarrolladas en la vía pública.
BOCM-20240527-48
BOCM