Móstoles (BOCM-20240524-69)
Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Plan parcial
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 123
VIERNES 24 DE MAYO DE 2024
Pág. 205
Espacios libres que configuran el bulevar de la calle E y en las que se admite un porcentaje de
pavimentación siempre que ello no suponga la desaparición de especies vegetales de interés.
Así mismo son espacios libres públicos de acceso libre con carácter estancial, recreativo o de
esparcimiento.
Tipo 3. Parques de ciudad (elementos de la red general).
Son las reservas ZV- 3 y ZV-4.
Son parques, en su conjunto, de tamaño superior a las 5 Has. utilizables en jornadas de ocio, con
desplazamientos que ocupan un tiempo no residual. Pueden ser parques urbanos con altas dosis
de diseño pero que incluyen equipamientos singulares como estanques, foros, auditórium etc. o
parques rústicos que constituyen “pulmones” de la ciudad y tienen escaso tratamiento urbano.
Aquellas que se sitúen colindantes con las zonas de dominio público y servidumbre de los arroyos
deberán evitar las pavimentaciones impermeables y su diseño tendrá en cuenta las necesidades
de alimentación del curso de agua. Cualquier instalación deberá contar con la aprobación de la
Confederación Hidrográfica. (Ver Ordenanza ZU-RCP).
Determinaciones de Volumen.
Edificabilidad. El volumen máximo edificable para los usos admitidos en esta Ordenanza será el
resultado de la aplicación de la edificabilidad de 0,07 m2/m2 al ámbito de la zona en zonas del tipo
1, excepto en zonas de protección en que no se autoriza ninguna edificación y, de 0,03 m 2/m2 en
zonas del tipo 3.
En aquellas zonas que se sitúen colindantes con las zonas de dominio público y servidumbre de
los arroyos se estará a lo dispuesto en la ordenanza ZU-RCP.
Para el resto de las determinaciones de volumen se estará a lo dispuesto en las Normas Urbanísticas Generales.
Determinación sobre uso y destino de la edificación y el suelo.
Todos los usos cumplirán las determinaciones que para los mismos se establecen en las Normas
Urbanísticas Generales del Plan General.
a) Uso Genérico.
Equipamientos.
b) Usos Pormenorizados.
b.1) Predominantes.
Zonas verdes y espacios libres.
b.2) Compatibles.
2
-
Pequeños almacenes para guardería de herramientas, aperos y útiles de jardinería.
-
Invernaderos e instalaciones complementarias de la conservación del parque.
-
Quioscos de periódicos, puestos de flores y bares o restaurantes en tipos 2 y 3.
-
Instalaciones deportivas no consumidoras de volumen.
-
Instalaciones deportivas, recreativas y/o de ocio consumidoras de volumen en parques de
tipo 3 hasta un máximo del 10% de la superficie del parque.
-
Instalaciones de servicios a ser posible bajo rasante (transformador, punto limpio, depósitos
de basuras, etc.)
-
Aparcamientos subterráneos en tipo 1. En cualquier caso la solución constructiva permitirá
2
una plantación superficial en, al menos, el 80% de la extensión total de la reserva .
Los usos que puedan autorizarse bajo rasante garantizarán la conservación “in situ” o previo trasplante de los
ejemplares de árboles y plantas de valor existentes.
BOCM-20240524-69
Se permiten:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 123
VIERNES 24 DE MAYO DE 2024
Pág. 205
Espacios libres que configuran el bulevar de la calle E y en las que se admite un porcentaje de
pavimentación siempre que ello no suponga la desaparición de especies vegetales de interés.
Así mismo son espacios libres públicos de acceso libre con carácter estancial, recreativo o de
esparcimiento.
Tipo 3. Parques de ciudad (elementos de la red general).
Son las reservas ZV- 3 y ZV-4.
Son parques, en su conjunto, de tamaño superior a las 5 Has. utilizables en jornadas de ocio, con
desplazamientos que ocupan un tiempo no residual. Pueden ser parques urbanos con altas dosis
de diseño pero que incluyen equipamientos singulares como estanques, foros, auditórium etc. o
parques rústicos que constituyen “pulmones” de la ciudad y tienen escaso tratamiento urbano.
Aquellas que se sitúen colindantes con las zonas de dominio público y servidumbre de los arroyos
deberán evitar las pavimentaciones impermeables y su diseño tendrá en cuenta las necesidades
de alimentación del curso de agua. Cualquier instalación deberá contar con la aprobación de la
Confederación Hidrográfica. (Ver Ordenanza ZU-RCP).
Determinaciones de Volumen.
Edificabilidad. El volumen máximo edificable para los usos admitidos en esta Ordenanza será el
resultado de la aplicación de la edificabilidad de 0,07 m2/m2 al ámbito de la zona en zonas del tipo
1, excepto en zonas de protección en que no se autoriza ninguna edificación y, de 0,03 m 2/m2 en
zonas del tipo 3.
En aquellas zonas que se sitúen colindantes con las zonas de dominio público y servidumbre de
los arroyos se estará a lo dispuesto en la ordenanza ZU-RCP.
Para el resto de las determinaciones de volumen se estará a lo dispuesto en las Normas Urbanísticas Generales.
Determinación sobre uso y destino de la edificación y el suelo.
Todos los usos cumplirán las determinaciones que para los mismos se establecen en las Normas
Urbanísticas Generales del Plan General.
a) Uso Genérico.
Equipamientos.
b) Usos Pormenorizados.
b.1) Predominantes.
Zonas verdes y espacios libres.
b.2) Compatibles.
2
-
Pequeños almacenes para guardería de herramientas, aperos y útiles de jardinería.
-
Invernaderos e instalaciones complementarias de la conservación del parque.
-
Quioscos de periódicos, puestos de flores y bares o restaurantes en tipos 2 y 3.
-
Instalaciones deportivas no consumidoras de volumen.
-
Instalaciones deportivas, recreativas y/o de ocio consumidoras de volumen en parques de
tipo 3 hasta un máximo del 10% de la superficie del parque.
-
Instalaciones de servicios a ser posible bajo rasante (transformador, punto limpio, depósitos
de basuras, etc.)
-
Aparcamientos subterráneos en tipo 1. En cualquier caso la solución constructiva permitirá
2
una plantación superficial en, al menos, el 80% de la extensión total de la reserva .
Los usos que puedan autorizarse bajo rasante garantizarán la conservación “in situ” o previo trasplante de los
ejemplares de árboles y plantas de valor existentes.
BOCM-20240524-69
Se permiten: