Móstoles (BOCM-20240524-69)
Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Plan parcial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 123

VIERNES 24 DE MAYO DE 2024

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viable siempre que no superara el 10% de la superficie construida y condicionando su existencia a
la de la titular general de la nave.
a) Uso Genérico.
Productivo. Que deberá consumir al menos un 51% de la edificabilidad total de la zona de
ordenanza (total 45.925,41 m2c conforme al cuadro de edificabilidades.
b) Usos Pormenorizados.
b.1) Predominante:
Industria, talleres y almacenes. excepto PI-1 y PI-5.
b.2) Compatibles en edificio exclusivo:
b2.1)

Del uso genérico estancia y residencia.
Hotelero. (Previo estudio de viabilidad)

b2.2)

Del uso genérico abastecimiento y consumo.
(Previo estudio de viabilidad)
Restaurantes. y bares-restaurantes. (epígrafes 10.4. y 10.5.1. del Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones. D 40/2019, de 30 de abril del Consejo de Gobierno de la CM)
En minipolígonos y edificios multiempresas se admiten restaurantes y baresrestaurantes en una unidad o nave completa (epígrafes 10.4. y 10.5.1. del Catálogo
de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e
Instalaciones. D 40/2019, de 30 de abril del Consejo de Gobierno de la CM), siempre que no superen el 10% del total de mininaves o de unidades de la multiempresa (se trata de no facilitar la concentración de estas actividades, pero se puede
aumentar o incluso no permitir nada en este caso)
Comercial PC-3.

b2.3)

Del uso genérico productivo.
Industria, Talleres y Almacenes. PI-1 Gran industria/ almacén grande.
Terciario productivo y de servicios- PT-2- oficinas unitarias (no conjunto de despachos profesionales o pequeñas oficinas en alquiler o propiedad-loft). PT- 3 Terciario Industrial.
Comercio Industrial.
Abastecimiento de combustibles. Previa autorización expresa de la Comisión de
Gobierno Municipal.

b2.4)

Del uso genérico equipamientos.
(Previo estudio de viabilidad)
Deportivo. Gimnasio, pistas deportivas lúdicas (pistas cubiertas, karts, juegos juveniles).
Docente. Guarderías al servicio del polígono, centros de investigación, enseñanzas de formación profesional relacionadas con la actividad del polígono. Centros y
talleres de formación, centros de ensayos musicales, estudios de grabación y similares.
Servicios Administrativos. Oficinas de la Administración y bomberos. Servicios funerarios. Tanatorios y Crematorios.

b.2.5) Del uso genérico red viaria.

b.2.6) Del uso genérico infraestructuras.
Servicios urbanos. Centros de transformación, subestaciones y, previo estudio de
viabilidad, que establezca la compatibilidad con el tejido urbano, los servicios de infraestructuras energéticas (estaciones de cogeneración y similares), de telecomunicaciones. etc.
Transporte. Estaciones de autobuses y estaciones de mercancías.

BOCM-20240524-69

Aparcamientos. Podrán adscribirse aparcamientos como uso exclusivo a parcelas
del entorno situadas a una distancia no superior a 200 m. con objeto de cumplir las
exigencias de los usos en ellas instalados. Debiendo hacerse constar en el Registro de la Propiedad.