Madrid (BOCM-20240524-48)
Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 123
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE MAYO DE 2024
Pág. 133
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
Extracto del Decreto de 26 de abril de 2024, del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, por el que aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2024/2025 a entidades e instituciones de carácter social
sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado, en materia de juventud.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Objeto.—Regular las condiciones de concesión de subvenciones a favor de
entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que
complementen las actuaciones de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado dentro de los créditos consignados en el presupuesto de 2025 y de acuerdo con las
prioridades establecidas en el PES del Área de Gobierno.
Segundo. Beneficiarios.—Entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de
lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado, en materia de juventud.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,
aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013 (en
adelante OBRS); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS); el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante RGS); la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, y, en virtud de lo establecido en el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de
subvenciones del ejercicio 2024/2025.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria se cifra
en 450.000,00 euros (cuatrocientos cincuenta mil euros) los cuales se imputarán a las aplicaciones presupuestarias del programa 001/180/337.02 “Actividades, ocio y tiempo libre
de juventud” del presupuesto del ejercicio 2025 de la Dirección General de Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado, que a continuación se relacionan:
a) 40.000,00 euros (cuarenta mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria. 001/180/337.02/480.99 " A otras fundaciones".
b) 410.000,00 euros (cuatrocientos diez mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 001/180/337.02/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines
de lucro”.
Los tramos de puntuación e importe correspondiente de subvención de esta convocatoria son los siguientes:
— Primer tramo: de 96 a 100 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 40.000,00
euros.
— Segundo tramo: de 89 a 95 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 30.000,00
euros.
— Tercer tramo: de 80 a 88 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 20.000,00
euros.
— Cuarto tramo: de 70 a 79 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 10.000,00
euros.
BOCM-20240524-48
BDNS IDENTIF: 760316
B.O.C.M. Núm. 123
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE MAYO DE 2024
Pág. 133
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
Extracto del Decreto de 26 de abril de 2024, del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, por el que aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2024/2025 a entidades e instituciones de carácter social
sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado, en materia de juventud.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Objeto.—Regular las condiciones de concesión de subvenciones a favor de
entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que
complementen las actuaciones de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado dentro de los créditos consignados en el presupuesto de 2025 y de acuerdo con las
prioridades establecidas en el PES del Área de Gobierno.
Segundo. Beneficiarios.—Entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de
lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado, en materia de juventud.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,
aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013 (en
adelante OBRS); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS); el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante RGS); la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, y, en virtud de lo establecido en el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de
subvenciones del ejercicio 2024/2025.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria se cifra
en 450.000,00 euros (cuatrocientos cincuenta mil euros) los cuales se imputarán a las aplicaciones presupuestarias del programa 001/180/337.02 “Actividades, ocio y tiempo libre
de juventud” del presupuesto del ejercicio 2025 de la Dirección General de Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado, que a continuación se relacionan:
a) 40.000,00 euros (cuarenta mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria. 001/180/337.02/480.99 " A otras fundaciones".
b) 410.000,00 euros (cuatrocientos diez mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 001/180/337.02/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines
de lucro”.
Los tramos de puntuación e importe correspondiente de subvención de esta convocatoria son los siguientes:
— Primer tramo: de 96 a 100 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 40.000,00
euros.
— Segundo tramo: de 89 a 95 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 30.000,00
euros.
— Tercer tramo: de 80 a 88 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 20.000,00
euros.
— Cuarto tramo: de 70 a 79 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de 10.000,00
euros.
BOCM-20240524-48
BDNS IDENTIF: 760316