C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240523-40)
Bases ayudas –  Orden de 10 de mayo de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras en materia de concesión de ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción y de proyectos para la digitalización del comercio minorista y los servicios
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

JUEVES 23 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 122

No obstante lo anterior, la dimensión empresarial más pequeña cuenta aún con importantes déficits que cubrir en esta materia, como lo pone de manifiesto, de manera reiterada,
el Estudio de Seguimiento del Diagnóstico del Comercio minorista de la Comunidad de
Madrid 2022, realizado en diciembre de 2023.
Así la edad media del empresario es de 52 años, el número medio de personas que trabajan en el comercio es de 2,5 personas, siendo la antigüedad media del comercio de 17 años.
Por su parte, el 91 por 100 son propietarios del negocio.
Desde un punto de vista tecnológico, la mayoría de comercios participantes en el estudio
tienen presencia en RRSS (82 por 100) y algo más de la mitad (56 por 100) disponen de una
web. También es relevante la proporción de comercios que ya operan en e-commerce en portal
de venta propio (22 por 100). En cuanto al canal de distribución de sus ventas, el 96 por 100 sigue siendo la venta presencial y el 4 por 100 restante, venta online a través de web.
La necesidad que ha experimentado el sector de afrontar situaciones críticas en los últimos años, ha puesto de manifiesto la necesidad de prepararlo para combinar las bondades
de la venta presencial con las innegables ventajas de competir más globalmente a través de
la incorporación de procesos de digitalización en sus promociones, acciones de venta y también en su gestión empresarial.
De esta forma, con el apoyo directo al fomento de actividades de promoción comercial y a la digitalización e incorporación del comercio minorista y los servicios de nuestra
región a los procesos que integran tecnología de información y comunicación, contribuimos a la mayor competitividad, facilitando el acceso a un mercado cada vez más global y
exigente, acorde con las nuevas demandas de sus clientes y consumidores.
III
Por ello, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y, dada la demanda del propio sector, habilita el presente programa de ayudas,
en el que se contempla como objetivo el desarrollo de acciones para el fomento de actividades
de promoción y de actividades de digitalización del pequeño comercio minorista y los servicios,
y la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) al sector.
El plan estratégico fue aprobado por Orden de 23 de enero de 2024 y publicado en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 5 de febrero.
Conforme al mismo, su objetivo es la concesión de ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de
promoción y de proyectos para la digitalización del comercio minorista y los servicios descritos como entidades beneficiarias en el mismo, persiguiendo, por un lado, potenciar las
ventas y revitalizar la actividad comercial y de servicios, y por otro lado, preparar al sector
comercial y de servicios para combinar la venta presencial, con las ventajas de incorporar
procesos de digitalización en sus acciones de venta.
Respecto al plazo previsto para la consecución del objetivo definido en el plan estratégico, se considera que el fomento de las actividades descritas en el apartado anterior debe
extender su duración para el período 2024-2026. Para el año 2024 se destinarán hasta un
máximo de 600.000 euros, si bien la partida recoge una dotación inicial de 500.000 euros,
con cargo al Subconcepto 49000 del programa 431A “Comercio” del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Por otro lado, esta Orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en
el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es decir, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
En virtud de los principios de necesidad y eficacia, la orden está justificada por una razón de interés general, dados los fines perseguidos, en la medida que redunda en una mejora de los servicios comerciales y de servicios y del tejido productivo de la región, aportando mayor modernidad y competitividad. En virtud del principio de proporcionalidad, la
orden contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir, tras constatar que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos o que impongan menos
obligaciones a los destinatarios. En virtud del principio de seguridad jurídica, la orden se
ejerce de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión
Europea, generando un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y
toma de decisiones. En virtud del principio de transparencia, se posibilita el acceso sencillo y universal a las ayudas, mediante un sistema de concurrencia competitiva, así como el

BOCM-20240523-40

Pág. 164

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID