C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240522-20)
Plan estratégico de subvenciones –  Orden 52/2024, de 9 de mayo, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2024
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B.O.C.M. Núm. 121

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE MAYO DE 2024

B. Objetivos y efectos perseguidos:
El objetivo de esta línea de subvenciones es apoyar iniciativas orientadas al desarrollo de
programas formativos de talento actual y futuro en el uso y aplicación de la Inteligencia Artificial en entornos industriales. Se trata de facilitar la capacitación del personal y de esta forma aportar flexibilidad a las empresas para adaptarse a las disrupciones tecnológicas.
De forma especial se apoyarán los programas formativos dirigidos a colectivos necesitados o infrarrepresentados, con la finalidad de reducir la brecha digital y su infra-capacitación.
C. Plazo de consecución:
Los objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para los años 2024 y 2025.
D. Costes previsibles y fuente de financiación:
El crédito disponible será de 2.237.777,78 euros.
La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 928M, subconcepto 47300 “Transferencias corrientes a empresas privadas”, financiado en un 75 por 100 con el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia dentro del Componente 16 R1 y el resto con fondos de la Comunidad de Madrid.
Su distribución por anualidades será:
— 2024: 559.444,00 euros.
— 2025: 1.678.333,78 euros.
E. Plan de acción:
Se trata de conseguir una mayor capacitación de los ciudadanos y como consecuencia
una mejora en la competitividad de las empresas de la región mediante el empleo de tecnologías disruptivas como la Inteligencia Artificial.
Esta línea de subvenciones se concede mediante el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva a tenor de lo establecido en el artículo 4.3.a) de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, mediante el cual no existe la necesidad de órgano colegiado.
El órgano concedente será el Consejero de Digitalización siendo el órgano instructor
de los expedientes la Dirección General de Estrategia Digital.
F. Seguimiento y evaluación:
La evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos que se persiguen con estas
ayudas se realizará teniendo en cuenta los siguientes indicadores: Grado de ejecución presupuestaria, número de personas formadas y número de horas de formación impartidas.
I.5. Subvenciones dirigidas a colectivos vulnerables para la adquisición de bonos digitales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:
A. Área competencial y sectores a los que se dirige.
El Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización, establece, entre las competencias de la Dirección General de Estrategia Digital, la de favorecer la implantación de
infraestructuras claves para el desarrollo digital de la Comunidad de Madrid y garantizar la
conectividad digital a los ciudadanos.
El Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la
ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la
ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
B. Objetivos y efectos:
El objetivo de esta línea de subvenciones es financiar los gastos necesarios para que
los colectivos vulnerables accedan a la banda ancha a través de un bono digital, contemplado en la inversión I3 del componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

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