C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240522-20)
Plan estratégico de subvenciones – Orden 52/2024, de 9 de mayo, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 121
las competencias de la Dirección General de Estrategia Digital en materia de impulso de la
economía digital y digitalización de la sociedad, en concreto, el impulso y apoyo a las empresas, así como el desarrollo de programas para facilitar su transformación digital, en el
uso de las tecnologías y en la promoción de la capacitación digital en el tejido empresarial,
sin perjuicio de las competencias de otras consejerías.
Esta subvención va dirigida a pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de
Madrid.
B. Objetivos y efectos perseguidos:
El objetivo de esta línea de subvenciones es apoyar proyectos de aplicación de la Inteligencia Artificial en entornos industriales en empresas de la Comunidad de Madrid, que
tengan un efecto de demostración y que permitan activar la oferta y la demanda de esta tecnología en la región, para lograr mejorar la competitividad de las empresas.
C. Plazo de consecución:
Los objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para los años 2024 y 2025.
D. Costes previsibles y fuente de financiación:
El crédito disponible será de 7.695.000 euros.
La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 928M, subconcepto 77301 “A pequeñas y medianas empresas”, financiado en un 75 por 100 con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del Componente 16 R1 y el resto con
fondos de la Comunidad de Madrid.
Su distribución por anualidades será:
— 2024: 1.923.750 euros.
— 2025: 5.771.250 euros.
E. Plan de acción:
Se trata de conseguir una mayor competitividad de las empresas de la región mediante el empleo de tecnologías disruptivas como la Inteligencia Artificial.
Esta línea de subvenciones se concede mediante el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva a tenor de lo establecido en el artículo 4.3.a) de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, mediante el cual no existe la necesidad de órgano colegiado.
El órgano concedente será el Consejero de Digitalización siendo el órgano instructor
de los expedientes la Dirección General de Estrategia Digital.
F. Seguimiento y evaluación:
La evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos que se persiguen con estas
ayudas se realizará teniendo en cuenta los siguientes indicadores: Grado de ejecución presupuestaria, número de empresas beneficiarias y número de casos de uso implantados.
I.4. Subvenciones destinadas al desarrollo de programas formativos en el ámbito de
la Inteligencia Artificial, dentro del programa de Redes Territoriales de Especialización
Tecnológica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU:
A. Área de competencia y sectores a los que se dirige:
El Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización establece en su artículo 6.1
las competencias de la Dirección General de Estrategia Digital en materia de impulso de la
economía digital y digitalización de la sociedad, en concreto, el impulso y apoyo a las empresas, así como el desarrollo de programas para facilitar su transformación digital, en el
uso de las tecnologías y en la promoción de la capacitación digital en el tejido empresarial,
la promoción del desarrollo del sector digital en la Comunidad de Madrid, establecimiento
de las políticas que fomenten el desarrollo y la atracción del talento digital y el fomento del
conocimiento y la utilización, en las empresas de la Comunidad de Madrid, de tecnologías
informáticas disruptivas para la mejora de la competitividad, sin perjuicio de las competencias de otras consejerías.
Esta subvención va dirigida a las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de
Madrid.
BOCM-20240522-20
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 121
las competencias de la Dirección General de Estrategia Digital en materia de impulso de la
economía digital y digitalización de la sociedad, en concreto, el impulso y apoyo a las empresas, así como el desarrollo de programas para facilitar su transformación digital, en el
uso de las tecnologías y en la promoción de la capacitación digital en el tejido empresarial,
sin perjuicio de las competencias de otras consejerías.
Esta subvención va dirigida a pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de
Madrid.
B. Objetivos y efectos perseguidos:
El objetivo de esta línea de subvenciones es apoyar proyectos de aplicación de la Inteligencia Artificial en entornos industriales en empresas de la Comunidad de Madrid, que
tengan un efecto de demostración y que permitan activar la oferta y la demanda de esta tecnología en la región, para lograr mejorar la competitividad de las empresas.
C. Plazo de consecución:
Los objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para los años 2024 y 2025.
D. Costes previsibles y fuente de financiación:
El crédito disponible será de 7.695.000 euros.
La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 928M, subconcepto 77301 “A pequeñas y medianas empresas”, financiado en un 75 por 100 con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del Componente 16 R1 y el resto con
fondos de la Comunidad de Madrid.
Su distribución por anualidades será:
— 2024: 1.923.750 euros.
— 2025: 5.771.250 euros.
E. Plan de acción:
Se trata de conseguir una mayor competitividad de las empresas de la región mediante el empleo de tecnologías disruptivas como la Inteligencia Artificial.
Esta línea de subvenciones se concede mediante el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva a tenor de lo establecido en el artículo 4.3.a) de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, mediante el cual no existe la necesidad de órgano colegiado.
El órgano concedente será el Consejero de Digitalización siendo el órgano instructor
de los expedientes la Dirección General de Estrategia Digital.
F. Seguimiento y evaluación:
La evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos que se persiguen con estas
ayudas se realizará teniendo en cuenta los siguientes indicadores: Grado de ejecución presupuestaria, número de empresas beneficiarias y número de casos de uso implantados.
I.4. Subvenciones destinadas al desarrollo de programas formativos en el ámbito de
la Inteligencia Artificial, dentro del programa de Redes Territoriales de Especialización
Tecnológica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU:
A. Área de competencia y sectores a los que se dirige:
El Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización establece en su artículo 6.1
las competencias de la Dirección General de Estrategia Digital en materia de impulso de la
economía digital y digitalización de la sociedad, en concreto, el impulso y apoyo a las empresas, así como el desarrollo de programas para facilitar su transformación digital, en el
uso de las tecnologías y en la promoción de la capacitación digital en el tejido empresarial,
la promoción del desarrollo del sector digital en la Comunidad de Madrid, establecimiento
de las políticas que fomenten el desarrollo y la atracción del talento digital y el fomento del
conocimiento y la utilización, en las empresas de la Comunidad de Madrid, de tecnologías
informáticas disruptivas para la mejora de la competitividad, sin perjuicio de las competencias de otras consejerías.
Esta subvención va dirigida a las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de
Madrid.
BOCM-20240522-20
BOCM