Fresno de Torote (BOCM-20240521-51)
Régimen económico. Ordenanza fiscal tasas cementerio
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 120
Art. 9. Infracciones y sanciones.—En todo lo referente a infracciones y sanciones,
será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los
artículos 181 y siguientes, así como sus disposiciones de desarrollo, según lo dispuesto en
el artículo 11 el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Art. 10. Legislación aplicable.—En todo lo no previsto en la presente ordenanza se
estará a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, así como en la
ordenanza fiscal general aprobada por este Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
BOCM-20240521-51
La presente ordenanza fiscal, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno
del Ayuntamiento, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
En Fresno de Torote, a 9 de mayo de 2024.—La alcaldesa, Ana Isabel Arias López.
(03/7.160/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MARTES 21 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 120
Art. 9. Infracciones y sanciones.—En todo lo referente a infracciones y sanciones,
será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los
artículos 181 y siguientes, así como sus disposiciones de desarrollo, según lo dispuesto en
el artículo 11 el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Art. 10. Legislación aplicable.—En todo lo no previsto en la presente ordenanza se
estará a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, así como en la
ordenanza fiscal general aprobada por este Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
BOCM-20240521-51
La presente ordenanza fiscal, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno
del Ayuntamiento, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
En Fresno de Torote, a 9 de mayo de 2024.—La alcaldesa, Ana Isabel Arias López.
(03/7.160/24)
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