Madrid (BOCM-20240520-50)
Régimen económico. Distrito de Puente de Vallecas. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 119
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de Puente de Vallecas
Extracto del Decreto de 26 de abril de 2024, del concejal-presidente del Distrito de
Puente de Vallecas, por el que se aprueban las bases por las que se regirá la Convocatoria
pública de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo en la anualidad 2024 para el Distrito de Puente de Vallecas.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones,
Id 760305 convocatoria ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Puente de Vallecas y estén inscritas en la Sección 1.a en el Censo Municipal de
Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y cumplan los requisitos
establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo
plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento
de Madrid, de 28 de noviembre de 2023, OBRGS.
Segundo. Objeto.—La promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo a consolidar la democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2024, así como paliar las posibles consecuencias negativas que se
puedan derivar de la situación económica y social actual. Para ello, a través de la presente
convocatoria, se les proporcionarán recursos a las entidades, al objeto de que fortalezcan
las relaciones entre las personas asociadas, puedan captar nuevas socias y socios, garanticen su correcto funcionamiento y desarrollen sus actividades, promoviendo así su implicación y participación en la actividad municipal y reforzándose así la intervención comunitaria, con el objetivo de dar respuesta a los requerimientos derivados de la situación
económica y social actual, fortalecer la capacidad de adaptación y superación de la ciudadanía madrileña ante la misma y contribuir a que la población más vulnerable no pase a convertirse, a corto plazo, en población más desfavorecida, con el consiguiente riesgo de deterioro de la vida comunitaria en todas sus vertientes.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
de 30 de octubre de 2013. Acuerdo de 28 de noviembre de 2023, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por
la que se modifica la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre
de 2013, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a la convocatoria del año 2024 asciende a 148.399,36 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 120.324,00 euros.
— Modalidad de Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios: 28.075,36 euros.
No obstante, la comisión de valoración queda facultada para adoptar cuantas decisiones considere pertinentes, a la vista de las solicitudes para la modalidad de gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios, así como de las solicitudes que se presenten a la modalidad de proyectos, en orden a una distribución eficaz de los créditos
BOCM-20240520-50
BDNS 760305
Pág. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 119
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de Puente de Vallecas
Extracto del Decreto de 26 de abril de 2024, del concejal-presidente del Distrito de
Puente de Vallecas, por el que se aprueban las bases por las que se regirá la Convocatoria
pública de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo en la anualidad 2024 para el Distrito de Puente de Vallecas.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones,
Id 760305 convocatoria ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Puente de Vallecas y estén inscritas en la Sección 1.a en el Censo Municipal de
Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y cumplan los requisitos
establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo
plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento
de Madrid, de 28 de noviembre de 2023, OBRGS.
Segundo. Objeto.—La promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo a consolidar la democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2024, así como paliar las posibles consecuencias negativas que se
puedan derivar de la situación económica y social actual. Para ello, a través de la presente
convocatoria, se les proporcionarán recursos a las entidades, al objeto de que fortalezcan
las relaciones entre las personas asociadas, puedan captar nuevas socias y socios, garanticen su correcto funcionamiento y desarrollen sus actividades, promoviendo así su implicación y participación en la actividad municipal y reforzándose así la intervención comunitaria, con el objetivo de dar respuesta a los requerimientos derivados de la situación
económica y social actual, fortalecer la capacidad de adaptación y superación de la ciudadanía madrileña ante la misma y contribuir a que la población más vulnerable no pase a convertirse, a corto plazo, en población más desfavorecida, con el consiguiente riesgo de deterioro de la vida comunitaria en todas sus vertientes.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
de 30 de octubre de 2013. Acuerdo de 28 de noviembre de 2023, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por
la que se modifica la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre
de 2013, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a la convocatoria del año 2024 asciende a 148.399,36 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 120.324,00 euros.
— Modalidad de Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios: 28.075,36 euros.
No obstante, la comisión de valoración queda facultada para adoptar cuantas decisiones considere pertinentes, a la vista de las solicitudes para la modalidad de gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios, así como de las solicitudes que se presenten a la modalidad de proyectos, en orden a una distribución eficaz de los créditos
BOCM-20240520-50
BDNS 760305